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Fenómeno El Niño: Ejecutivo Asigna 179 Millones a ANA para Atender 82 Puntos en Ríos y Quebradas pero Olvidan al Valle Jequetepeque

Quebrada nino

El Ejecutivo emitió el Decreto de Urgencia 008-2026 que asigna 179.5 millones de soles para intervenir 82 puntos en ríos y quebradas de las regiones de la costa norte, desde Tumbes hasta Lima. Sin embargo, no está considerada ninguna quebrada, ni río del Valle Jequetepeque, es decir ningún punto de la provincia de Pacasmayo, ni la provincia de Chepén, a pesar de que tienen a la agricultura como una de sus principales actividades económicas, y de que sus ocho distritos están en emergencia, por peligro inminente por el Fenómeno de El Niño, según el DS 097-2026-PCM.

Con el DU 008-2026, el Ejecutivo que dirige la presidenta Keiko Fujimori, asigna los 179.5 millones de soles a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) para que actúe en algunos distritos de Áncash, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura y Tumbes, declarados en estado de emergencia, ante el peligro inminente por intensas precipitaciones pluviales asociadas al Fenómeno El Niño 2026-2027.

La norma dispone la ejecución de trabajos de limpieza, descolmatación y conformación de bordos en cauces de ríos y quebradas identificados como puntos críticos ante inundaciones o movimientos en masa. 

Para financiar estas intervenciones, el Ejecutivo autorizó una transferencia de hasta S/ 129.4 millones a favor de la ANA, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Según el decreto, la ANA identificó 70 puntos críticos de alta vulnerabilidad en ríos y quebradas ubicadas en seis regiones, “los cuales requieren de una intervención urgente para reducir el muy alto riesgo existente para la población, infraestructura y áreas productivas ante las intensas precipitaciones pluviales asociadas al Fenómeno El Niño 2026-2027”.

El Decreto de Urgencia 008-2026, publicado ayer, en El Peruano, pretende “intervenir de manera inmediata en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Ancash, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura y Tumbes, declarados en Estado de Emergencia por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales mediante el Decreto Supremo N° 097-2026-PCM, y sus eventuales prórrogas”.

Cabe anotar que el Decreto Supremo 097-2026-PCM fue dictado el 1 de julio de 2026, durante el gobierno de José María Balcázar, declarando en estado de emergencia 796 distritos de varias regiones del país por un plazo de 60 días calendario, es decir durante julio y agosto. En este decreto, entre los 796 distritos  figuran los ocho distritos de las provincias de Chepén y Pacasmayo: Chepén, Pacanga, Pueblo Nuevo, Pacasmayo, San Pedro de Lloc, Guadalupe, Jequetepeque, San José.

Sin embargo, en el Decreto de Urgencia 008-2026, publicado ayer, que contiene el “Listado de Puntos Críticos a intervenir” no figuran ni uno de los distritos en alto riesgo de las provincias de Chepén y Pacasmayo. Esto pese a la existencia de quebradas que no han sido atendidas, tal y como han denunciado ciudadanos de San Pedro de Lloc, en el caso de la quebrada Cupisnique que pone no solo en riesgo a la población, sino que de activarse afectaría a todo el norte peruano, como ha ocurrido en los años 1997-1998, 2017, por citar algunos.

En el DU 008-2026 se ha dispuesto 70 intervenciones en ríos y quebradas de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash e incluso Lima (Anexo 1). 

De La Libertad solo se han incluido los siguientes sectores: Cerro Loreto-Tanguche (Chao, Virú); El Pozo-Tanguche (Chao, Virú), Sarcope-Tanguche (Guadalupito, Virú); San Carlos Bajo II (Chao, Virú); Cerro Loreto (Chao, Virú); Toma Antigua Tanguche (Chao, Virú); Quebrada El Brujo-Pampa Blanca Tanguche (Chao, Virú). 

Como puede verse, se está omitiendo la atención de la ANA a las poblaciones de las provincias de Chepén y Pacasmayo, pese al alto riesgo por la presencia del río Jequetepeque, el río Chamán (conocido como río Loco) y el Chilco que se alimenta principalmente por la quebrada Cupisnique. Estos dos últimos se activan con el fenómeno de El Niño; mientras que el Jequetepeque suele alcanzar caudales históricos superiores a los 500 m3/s cuando suele presentar un caudal de 150 m3/s.

Los daños que han causado otros fenómenos de El Niño no se han limitado a la población local, ni al sector agrario, sino que sus efectos se extienden afectando todo el norte, al bloquear la Panamericana, por el daño que causan los ríos en estas provincias.

50 MILLONES PARA LIMA

En el DU 008-2026, además de los puntos a atender en Lima según el anexo 1, se autoriza a la ANA a ejecutar actividades de emergencia en quebradas vulnerables de determinados distritos de las provincias de Lima y Huarochirí, que incluyen la instalación de barreras dinámicas destinadas a reducir riesgos y mitigar posibles daños por las precipitaciones.

Para estas acciones se aprobó una transferencia adicional de hasta S/ 50.1 millones a favor de la ANA, también con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF.

En este punto se contemplan 12 intervenciones en la cuenca del Rímac.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Como parte de las disposiciones complementarias finales, el decreto autoriza durante el presente año a las entidades del Gobierno Nacional y a los gobiernos regionales a realizar modificaciones presupuestarias con cargo a sus recursos ordinarios.

Ello con el fin de financiar gastos destinados a resguardar la infraestructura pública frente al peligro inminente por intensas lluvias y garantizar la continuidad de sus operaciones esenciales.

Asimismo, las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales que reciban financiamiento o efectúen modificaciones presupuestarias para intervenciones de reducción del riesgo, preparación y respuesta deberán remitir mensualmente a la Comisión Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno El Niño información sobre el avance físico y financiero de las acciones ejecutadas. Al término de estas deberán presentar también un informe final, con la georreferenciación correspondiente.

El decreto establece además que los recursos transferidos no podrán destinarse a fines distintos de aquellos para los cuales fueron autorizados y dispone que la ANA deberá asegurar la eficiencia del gasto y evitar duplicidades con intervenciones de los tres niveles de gobierno.

El Decreto de Urgencia N.° 008-2026 tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del 2026.

Está firmado por la presidenta Keiko Fujimori, el presidente del consejo de ministros, Luis Galarreta; el ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba; y el ministro de Desarrollo Agrario y Riego, Marco Vinelli.

A continuación el El Decreto de Urgencia N.° 008-2026.

Decreto de Urgencia N.° 008-2026

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