Pacasmayo  |  

Incidente en Aprobación de Balance de Junta de Usuarios Jequetepeque

Nuevamente ganó espacio caso de destituida contadora que presta servicios a Junta de Usuarios

Exigencia junta de usuarios jequetepeque

El lunes 30 de marzo fue aprobado en asamblea general ordinaria el balance de los estados financieros del segundo semestre del año 2025 de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Jequetepeque Clase “A”, sin embargo la asamblea tuvo un episodio accidentado cuando en el inicio mismo de la revisión se planteó un nuevo cuestionamiento a la contadora de la institución, la CPC Araceli Maribel Bueno Urbina.

Esta no es la primera vez que se cuestiona la idoneidad de la profesional que labora para la JUJ, y se ha resaltado en este extremo la destitución impuesta sobre la profesional por la Autoridad Nacional del Agua, por transgresión a la Ley del Código de Ética de la Función Pública.

Cuestionamiento

En la asamblea, el usuario y ex presidente de la JUJ, Esteban Marín Tantaleán, inició cuestionando la habilitación de la contadora en el balance del primer semestre 2025. 

Cuando el ciudadano empezaba a comentar el contexto de la sanción y las implicancias en su desempeño como contadora de la JUJ, fue interrumpido por la presidenta de la entidad, Nancy Palacios Linares, quien le reclamaba centrarse en el balance.

El momento se prolongó por varios minutos en los que a viva voz, cruzaron posiciones a favor de que se continúe con la asamblea, en tanto otros asistentes apoyaban que se permita expresarse a los usuarios que cuestionaban.

En medio de los gritos de uno y otro lado, continuó la exposición y se terminó aprobando el balance presentado por la cuestionada profesional.

El caso invocado

Esta situación que se arrastra desde la anterior junta directiva, que también presidía Palacios Linares, tuvo reclamos similares en la asamblea del 3 de octubre de 2025, en la exposición y aprobación de los estados financieros de la Comisión de Usuarios de San José.

Lo que no se le permitió exponer a Esteban Marín Tantaleán en la asamblea del 30 de marzo, cuestionando la idoneidad de la contadora de la Junta de Usuarios Jequetepeque, se remonta al 2024.

En el 2024, el Tribunal del Servicio Civil, mediante Resolución Nº 001915-2024-SERVIR/TSC-Segunda Sala, confirmó la Resolución de Gerencia General Nº 0106-2023-ANA-GG, del 8 de septiembre de 2023, emitida por la Gerencia General de la Autoridad Nacional del Agua, que acreditó la comisión de una falta imputada a Bueno Urbina por lo que la sanciona con la destitución.

Efectivamente, la resolución de Servir, del 5 de abril de 2024, repasa los hechos en los que el 10 de agosto de 2022, la Unidad de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Agua, dispuso instaurar procedimiento administrativo disciplinario a Bueno Urbina, en su condición de Especialista en Supervisión Contable a Organizaciones de Usuarios de Agua para la Zona Norte del País.

El procedimiento sancionador se instauraba por presuntamente haber ingresado a laborar a la Autoridad Nacional del Agua valiéndose de documentación falsa al resultar ganadora del Proceso CAS Nº 219-2021-ANA/CAS, suscribiendo el Contrato Administrativo de Servicios Nº 100-2021-ANA-OA-URH.

La ANA resolvió el proceso sancionando a la contadora con la medida disciplinaria de destitución, argumentando que “al encontrarse acreditada la comisión de la falta disciplinaria”.

La Unidad de Recursos Humanos de ANA durante la comprobación de la documentación presentada por Bueno Urbina, requirió a la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, realizar la verificación del Certificado de Trabajo Nº 048 del 31 de octubre de 2017. La respuesta de la Gerencia de Administración de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar informó que “(…) realizada la búsqueda en el acervo documentario del año 2017 de la mencionada oficina, se ha observado que no existe el mencionado certificado…”.

Agrega que en “los legajos de personal planillas de pago, boletas de pago, entre otros; así como el software de control de Asistencia y Permanencia de Personal (SIAMSOFT) de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, no se encontró información que indique que la señora Araceli Maribel Bueno Urbina haya laborado durante el periodo del 10 de octubre de 2016 al 31 de octubre del 2017 en la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, bajo ninguna modalidad o régimen laboral”.

Aunque Bueno Urbina apeló ante la Autoridad del Servicio Civil (Servir) esta entidad ratificó la responsabilidad administrativa disciplinaria, señalando que, “la impugnante no actuó con honestidad, tampoco con aptitud legal y moral en el ejercicio de la función pública, ni se expresó con autenticidad, lo que configura la transgresión de los principios de probidad, idoneidad y veracidad, previstos en los numerales 2, 4 y 5 del artículo 6º de la Ley Nº 27815… la impugnante en sus descargos ha reconocido la comisión de la falta imputada al adjuntar el Certificado de Trabajo Nº 048 del 31 de octubre de 2017 para ingresar a laborar a la Entidad, señalando además que dicho documento no se ajusta a la realidad”.

Servir concluyó que “en virtud al principio de probidad, previsto en el numeral 2 del artículo 6º de la Ley del Código de Ética en la Función Pública, existe el deber de actuar con rectitud, honradez y honestidad, desechando todo provecho o ventaja personal; por lo que la conducta de la impugnante efectivamente infringió tal principio, toda vez que laboró en la Entidad a sabiendas de que la documentación presentada era falsa; por lo que con tal hecho ha denotado una conducta contraria a la honestidad, requisito exigido en el mencionado principio”.

En opinión del ciudadano Esteban Marín Tantaleán, este antecedente es suficiente motivo para que la Junta de Usuarios Jequetepeque prescinda de los servicios de la sancionada.

El balance, como se ha señalado en el párrafo inicial de esta nota, fue aprobado.

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