Gobierno Decreta la Reorganización de la Autoridad Nacional del Agua
El gobierno decretó la reorganización de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) para lo cual creó la Comisión Reorganizadora que debe evaluar la situación administrativa, organizacional y de gestión de la ANA, organismo adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).
La reorganización fue dispuesta con el Decreto Supremo 013-2024-MIDAGRI, que firman la presidenta Dina Boluarte y el ministro de Agricultura, Angel Manero, norma publicada en El Peruano, ayer.
La versión oficial justifica la intervención “con el objeto de evaluar su situación administrativa, organizacional y de gestión, así como de proponer y ejecutar las acciones y/o medidas de reforma que correspondan”.
En el dispositivo legal se establece la creación de la Comisión Reorganizadora encargada de evaluar la situación administrativa, organizacional y de gestión, así como de proponer las acciones y/o medidas de reforma en la ANA. Estará integrada por un representante del despacho ministerial del Midagri, que presidirá la comisión reorganizadora; un representante del despacho viceministerial de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; un representante del despacho viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; un representante de la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, y un representante de la ANA.
La comisión interventora tendrá como funciones, efectuar la evaluación de la situación administrativa, organizacional y de gestión de la ANA, y elaborar un informe con las propuestas de acciones y/o medidas de reforma para la reorganización.
El grupo de trabajo cuenta con 60 días, contados desde el día hábil siguiente de su instalación. En dicho plazo presenta su informe final al Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, para la implementación correspondiente
La secretaría técnica de la comisión reorganizadora estará a cargo de la oficina de Planeamiento y Presupuesto de la ANA, siendo responsable de brindar el apoyo técnico y administrativo a dicha comisión.
El funcionamiento de la Comisión Reorganizadora se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, los gastos que involucre la participación de los integrantes y/o representantes que la conforman, se financian con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público
Dato
Según el artículo 7, "La Comisión Reorganizadora se instala dentro del plazo de siete (7) días hábiles" contado a partir de la vigencia del citado Decreto Supremo.
A continuación el Decreto Supremo 013-2024-MIDAGRI.
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