Exalcalde Buchelli y Funcionarios Fueron Absueltos en Juicio
Juicio oral, 3 noviembre 2015
SAN PEDRO DE LLOC, (ULTIMAS NOTICIAS DIARIO). El juez Juan Iván Vojvodich Tocón absolvió a los acusados en el proceso por presunto delito de negociación incompatible en la construcción de la obra de mejoramiento de la calle y plazuela Unión, entre jirones Rázuri y Dos de Mayo (ADS 020-2010-MPP).
Los absueltos son los exmiembros del Comité especial de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo - San Pedro de Lloc:
- Enrico Castañeda Casanova
- Alejandro Merino Huamán
- Jorge Alfredo Ulfe Javier
- Y Antenor Julio Sánchez Velásquez, de la empresa J&J Constructores y Consultores SAC, ganadora de la buena pro.
El Ministerio Público les imputó ser presuntos coautores y cómplice primario del delito de negociación incompatible, respectivamente.
Fiscalía retira acusación
El Ministerio Público retiró la acusación contra el exalcalde Frederihs Buchelli Torres como presunto autor de delito de desobediencia a la autoridad por no haber tomado en cuenta un oficio del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (Osce).
El fiscal Gustavo Espinola Carrillo justificó su decisión por falta de pruebas, pues la recomendación del Osce está contenida en un oficio no en una resolución.
El juicio concluyó el martes 3. La sentencia ha quedado consentida ya que tanto el fiscal Espinola como el procurador público anticorrupción, Carlos Fernando Valverde Valderrama, decidieron no apelarla.
Juez dispone proceder por falsa declaración de testigos
El juez decidió que copias de la sentencia sean remitidas a la Dirección Técnica del Osce y a la Fiscalía Provincial Penal de Pacasmayo. En el segundo caso “para que proceda conforme al artículo 409 del Código Penal por falsa declaración en juicio por parte de los testigos”.
Los testigos aludidos son Henry Mori Villena y Rosa Tiznado Rojo de las empresas Corporación Sagrado Corazón SAC e Inversiones Sagrado Corazón SRL, respectivamente. Durante la audiencia del lunes 26 de octubre, dichos testigos cayeron en contradicciones por lo que fueron advertidos por el juez que podrían ser denunciados por perjurio.
La obra que se denunció
La obra fue adjudicada a J&J Constructores y Consultores SAC, por S/. 345,338.02, y fue el primer proceso de selección de precios del segundo gobierno del alcalde Frederihs Buchelli Torres.
Mori Villena, gerente de Corporación Sagrado Corazón SAC, denunció irregularidades ante la Fiscalía Anticorrupción. En el gobierno 2007-2010, bajo la dirección de Roland Aldea, el contratista Mori Villena había obtenido la buena pro de esa obra. Ingresado el gobierno de Buchelli Torres (2011-2014) la administración municipal declaró la nulidad de ese proceso y convocó a uno nuevo.
El juzgador indicó que los fundamentos para dicha nulidad, son graves porque existirían algunos documentos que no se ajustan a la realidad.
Pasaje Unión
La sentencia
En la última audiencia, celebrada el martes 3, declaró el acusado Enrico Castañeda, exgerente municipal y expresidente del Comité especial de contrataciones, quien luego fue interrogado ampliamente por el fiscal Espinola. Enseguida se pasó a la etapa de lectura de piezas de ambas partes. Esta etapa se prolongó por cerca de dos horas entre 10.15 y 12 del día. Tras un receso de 40 minutos para atender un caso de reo contumaz por proceso de alimentos, se continuó para ingresar a los alegatos finales y la sentencia, finalizando pasada las 2.30 de la tarde.
El juez Vojvodich hizo una introducción para recordar que el Código Procesal Penal, en su art. 4º, indica que el Ministerio Público está obligado a actuar con objetividad. Si bien tiene la facultad de investigar, perseguir el delito, esto no puede ser de manera arbitraria. Comentó: No hay que perder de vista que el art. 44 de la Constitución Política del Estado dice que son deberes del Estado velar por los derechos fundamentales y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral de la Nación. El Poder Judicial es parte del Estado y está obligado a hacer cumplir esto.
Luego comenzó a analizar las pruebas presentadas por la Fiscalía indicando que no estaba obligado a pronunciarse sobre todas lo cual ya ha quedado establecido por Sala Superior. Indicó que el Ministerio Público traía como imputación que el Comité habría declarado a los postores Sagrado Corazón e Inversiones Sagrado Corazón bajo la presunción de “proveedores maliciosos” para entregar la buena pro al otro partícipe y amparaba su teoría en tres presupuestos como indicios de la presunta comisión del delito.
Algunos de los fundamentos del juzgador y analizando algunas pruebas de la acusación fueron que el Tribunal Constitucional ha señalado que impugnar es un derecho fundamental, pero se desarrolla a través de la ley y obliga a pagar una tasa establecida. Lo que no hizo Mori Villena, precisó. Referente a un oficio del Osce sobre el proceso destacó que -como lo dijo el procurador- fue una sugerencia, no un pronunciamiento que obligue al alcalde a anular.
Juez Iván Vojvodich
La resolución del juez incluye además otros puntos.
En cuanto a la conformación del Comité Especial se incorporó a Merino porque el propio testigo Erasmo Román Tandeypan Marcos dijo, en juicio, que el día que se instaló el Comité no estaba presente porque su intención era irse de la Municipalidad porque tenía otra propuesta mejor. Enfatizó el juez: La norma, no prohíbe que sea llamado cualquiera de los suplentes para formar el Comité.
Sobre la observación del postor denunciante de que su queja no se elevó a órgano superior fue porque no pagó la tasa. El juez añadió: Es posible exista una irregularidad por no colgar la buena pro el mismo día de la adjudicación, puede ser una falta administrativa, pero no un indicio negativo. (Castañeda había dicho que el operador del sistema, Roger Urbina, fue sancionado con diez días de suspensión por esa falta).
Este caso fue investigado por el ahora exfiscal Carlos Avalos Rodríguez. El fiscal Gustavo Espinola Carrillo lo asumió en la etapa del juicio oral.
Respecto a que no se dio respuesta a las cartas de Inversiones Sagrado Corazón y Corporación Sagrado Corazón donde pedían la propuesta económica para hacer las observaciones, precisó que si el Tupa establece que para que se otorgue copias se debe pagar un derecho, se debe cumplir. El juez señaló que pese a eso, el Ministerio Público a través del fiscal de prevención del delito intervino y después que pagó la tasa se le remitió la información.
En el juicio, el testigo Mori Villena dijo que nunca recibió lo que estaba pidiendo, sino que se le entregó a una empleada de su empresa. Pero su conviviente (Rosa Tiznado Rojo) declaró en el juicio que quien recibió los documentos fue Olga Taboada, su socia.
El juez destacó: La Fiscalía dispuso se le entregue las copias, y se hizo dentro del plazo que manda la ley. La intervención del Ministerio Público, por el tema de las cartas, no puede demostrar que ha habido contubernio, un interés por parte del Comité como coautores y el cómplice.
El juez concluyó que no hay prueba que haga llegar al grado de certeza de que efectivamente el Comité en forma directa o indirecta se haya interesado en otorgar la buena pro al ganador. Agregó que los medios probatorios del Ministerio Público son insuficientes por lo que subsiste el principio de inocencia que les asiste a los acusados a los cuales absolvió.
Detalles
Este caso fue investigado por el ahora exfiscal Carlos Avalos Rodríguez. El doctor Espinola lo asumió en la etapa del juicio oral. De los acusados estuvieron ausentes Ulfe y Sánchez. En la audiencia final hablaron Castañeda y Merino. El primero en retirarse de la sala fue el exalcalde Buchelli luego que el juez declarara procedente el retiro de la acusación fiscal en su contra.
Los abogados de la defensa técnica fueron: Rosa Ledesma Alcántara (por Sánchez); Francis Ruiz Castañeda (por Merino y Ulfe); el defensor público Salvador Domínguez (por Castañeda y Buchelli).
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