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Pacasmayo: sin convenio con municipalidad, la autoridad de aviación civil autorizó a Espac operar taller hasta fin de mes

Señala que es “de carácter excepcional y por última vez” 

Oma spac

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), otorgó una autorización excepcional para el uso de la franja de aterrizaje y despegue del aeródromo municipal de Pacasmayo hasta el 30 de septiembre de 2026. La medida fue comunicada el 10 de septiembre al alcalde distrital, Ricardo Guanilo Ayala, mediante el Oficio N° 1950-2026-MTC/12.07.

La decisión de la autoridad aeronáutica responde a una solicitud presentada el pasado 4 de septiembre por la Escuela Peruana de Aviación Civil S.A. (ESPAC), que pidió emplear la pista por última vez y de manera exclusiva durante el presente mes. Ya al cierre del mes de agosto, la autorización para la operación del taller de mantenimiento de Espac, completamente distinta a la autorización de la escuela, había fenecido.

La emisión de esta autorización de un mes, según el oficio, tiene como objetivo brindar a Espac un periodo de transición que le permita adecuar y trasladar progresivamente sus operaciones de mantenimiento aeronáutico hacia una nueva ubicación, sin perjudicar los servicios brindados a sus alumnos ni generar impactos negativos en sus trabajadores.

Tras evaluar las circunstancias, la autoridad aeronáutica concluyó que alterar repentinamente las condiciones bajo las cuales se desarrollan estas labores requiere un manejo ordenado. Según indicó la DGAC en su evaluación técnica, un cambio abrupto "puede afectar la seguridad operacional, así como la continuidad de las actividades y el proceso de reubicación" de la escuela.

Para emitir esta resolución también se tomó en cuenta la postura de la Municipalidad Distrital de Pacasmayo, entidad que ha mostrado su disposición para ceder la franja al Estado a fin de que sea utilizada como zona de vuelos ante eventuales situaciones de emergencia ocasionadas por el Fenómeno El Niño (FEN).

El documento oficial emitido por la entidad de transportes subraya que este permiso se aprueba "con carácter excepcional y por última vez", amparado en el artículo 22 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil. El uso del terreno, bajo esta excepcional autorización, queda restringido únicamente a las operaciones de traslado de aeronaves necesarias para la atención de los servicios de mantenimiento de la escuela de aviación.

Una vez culminado el plazo a fines de septiembre, los interesados deberán haber adoptado todas las medidas necesarias para que sus labores se desarrollen de manera definitiva en una nueva locación.

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