Chepén  |  

No se Presentó Postor para Supervisión de Obra del GRLL en Estadio de Chepén

Proceso fue declarado desierto, pese a que participaron 29 empresas

Desierto estadio

Fue declarado desierto el proceso de selección para la contratación del supervisor de la obra “Mejoramiento del servicio deportivo de competencia en estadio municipal de Chepén Juan Noriega Salazar, distrito de Chepén de la provincia de Chepén del departamento de La Libertad - CUI 2657134”.

Bajo estas circunstancias, no se puede superar la observación hecha por la Contraloría General de la República que en un informe de hito de control determinó que la obra se ejecutaba al margen de las normas de contrataciones del Estado.

Como se recuerda, la Contraloría, a través del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional La Libertad, advirtió el 6 de mayo en el informe de control simultáneo 023-2026-OCI/5342-SVC cuatro situaciones adversas. Una de ellas señalaba que la obra se estaba ejecutando, “sin la debida supervisión exigida en la normativa aplicable, generando el riesgo de que no se garantice la participación de profesionales especialistas, que coadyuven al control de la obra, en desmedro del correcto diseño y correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra”. 

Ante esta situación, el 14 de mayo, el Gobierno Regional La Libertad convocó al proceso de selección CP-ABR-11-2026-GRLL-GRCO-1 para la contratación de la supervisión.

El día 15 de mayo se registraron 29 empresas al concurso. El 1 de junio estaba previsto que se presenten las propuestas y el 4 de junio se otorgaría la buena pro.

Sin embargo, el día 2 de junio, el comité de selección, integrado por Dianita Katerine Saldaña Pereyra, Presidente; Elmo Alberto Villacorta Esteves y María Alejandra Maya Méndez, miembros titulares, suscribieron el acta de verificación de documentación de presentación obligatoria para admisión, calificación y evaluación de ofertas. En el documento se consignó que de las 29 empresas inscritas para participar, ninguna presentó oferta.

El comité, ante esta situación, concluyó que, “al no existir oferta válida, por unanimidad se declara desierto el procedimiento de selección concurso público abreviado para consultoría de obra N° 011-2026-GRLL-GRCO - I Convocatoria, derivado del concurso público para consultoría de obra N° 08-2025-GRLL-GRCO-I, de la contratación del servicio de consultoría de obra para la supervisión de la elaboración del diseño (expediente técnico) y construcción con fast track de la obra, equipamiento y mobiliario del proyecto: mejoramiento del servicio deportivo de competencia en estadio municipal de Chepén Juan Noriega Salazar, distrito de Chepén de la provincia de Chepén del departamento de La Libertad”, con CUI N° 2657134”.

Debe recordarse que entre el 15 de septiembre y 21 de octubre de 2025, se convocó a similar concurso por el monto de S/ 942 029,40, sin embargo el concurso fue declarado desierto. En ese proceso se registraron 28 empresas, pero igual que en el concurso reciente, nadie presentó propuesta para tentar la buena pro.

Para el concurso de este año, el presupuesto, o reserva Mype para el concurso subió a S/1 millón 211 855,28, sin embargo nuevamente pese a la cantidad de participantes registrados, ninguno se animó a presentar propuesta.

La obra, que tuvo ceremonia de entrega de terreno el 10 de julio del 2025, se inició bajo contrato con el Consorcio Olímpico, integrado por Benito Uribe Román Vásquez (Lima - RUC 10082789371), Maquinaria Construcción y Minería SAC (Lima - RUC 20481265704), Ingenieros Contratistas De Pavimentos SAC (Trujillo - 20481605491), y KOMACV SAC (Lima - RUC 20602429670). El monto por el que se adjudicó la buena pro al Consorcio Olímpico fue de S/28 millones 874 mil 441,38.

La ejecución inició sin un supervisor contratado por concurso público. En su lugar, el GRLL designó un inspector, que con su equipo realizó las veces del supervisor, hasta que la Contraloría advirtió que esto era irregular, y debía cumplirse con la ley, contratando supervisión previo concurso.

Durante las visitas de inspección a obra, desarrollado del 20 al 22 de abril de 2026, la Contraloría, verificó que la obra cuenta con un Inspector de Obra, designado con Memorando N.° 000174-2025- GRLL-GGR-GRI-SGOS de 2 de noviembre de 2025; no obstante, la normativa exige que, para las características de la obra, le corresponde la contratación de una Supervisión de Obra.

Añade que, la Ley n.° 32513, Ley de Presupuesto del sector público para el año fiscal 2026, establece en su artículo 14° que, cuando el valor referencial de una obra pública sea igual o mayor a S/4 300 000,00, la entidad debe contratar la supervisión de obra. Siendo así, y teniendo en cuenta que el GRLL y el Contratista suscribieron el Contrato de Obra por el monto de S/ 24 874 411,38, la Entidad debería contratar obligatoriamente un supervisor para la ejecución de la Obra.

Remataba señalando que la situación expuesta, genera el riesgo de que al contarse con un inspector de obra y no una supervisión de Obra, no se garantice la participación de profesionales especialistas, que coadyuven al control de la obra, en desmedro del correcto diseño y correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra.

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