ONPE Inició Pago de la Compensación Económica a Miembros de Mesa
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que los ciudadanos que ejercieron el cargo de miembro de mesa en las Elecciones Generales (EG) 2026, podrán cobrar, desde ayer martes 28 de abril la compensación económica equivalente al 3 % de una UIT (165,00 soles).
Para este efecto, el organismo electoral ha establecido lo siguiente:
Si el ciudadano fue sorteado y ejerció el cargo de miembro de mesa, y eligió como modalidad de pago la billetera digital o depósito en cuenta, el pago está disponible desde ayer.
Los desembolsos que por algún motivo fueran rechazados por las instituciones bancarias podrán cobrarse de manera presencial en el Banco de la Nación.
Las denominaciones o conceptos de abono en las diferentes entidades bancarias serán los siguientes: BCP (MOVILIDAD), BBVA (A/TR OFICINA NACIONAL DE PROCE), Scotiabank: Tbk-pagos varios), Banco de la Nación (ABONO/CARGO POR REGULARIZACION).
Si el ciudadano seleccionó la modalidad de pago presencial o se trata de un ciudadano de la cola que asumió la función de miembro de mesa, se podrá cobrar en el Banco de la Nación desde el miércoles 29 de abril hasta el 31 de diciembre del presente año.
Para registrarse y recibir la compensación económica, la ONPE habilitó un enlace en el cual se debía escoger una modalidad de pago, entre estas tres opciones:
-Depósito en cuenta de ahorros del Banco de la Nación, BCP, BBVA o Scotiabank.
-Cobro presencial en una agencia del Banco de la Nación.
-Depósito a través de la billetera digital YAPE.
Si fuera el caso que el miembro de mesa que cumplió con ejercer el cargo no llegó a registrarse en ninguna de las tres modalidades, deberán hacer el cobro, de manera presencial, en cualquier agencia del Banco de la Nación.
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Elegidos mediante sorteo público, los ciudadanos que ejercieron como miembros de mesa permitieron la instalación, el sufragio y el escrutinio en cada una de las mesas de sufragio durante los comicios generales.
El cargo de miembro de mesa (titular y suplente) es obligatorio e irrenunciable, salvo los casos especiales regulados por la Ley Orgánica de Elecciones (n. ° 26859).
Los miembros de mesa que no asistieron recibirán una multa de S/ 275,00.
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