JNE Anuncia que Continuará con su Labor para Asegurar Principio de Neutralidad
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) reafirmó su compromiso con el respeto y la defensa irrestricta del principio de neutralidad.
El principio de neutralidad, reconocido en el artículo 31 de la Constitución Política del Perú, es de cumplimiento obligatorio para todas las autoridades elegidas por voto popular, así como para funcionarios y servidores del Estado, sin excepción.
Este mandato constitucional impone a dichas autoridades y servidores públicos la obligación de no interferir, de ninguna forma, en el normal desarrollo de los procesos electorales ni en la participación política de la ciudadanía.
En esa línea, el Pleno del JNE ha señalado recientemente que:
“(..) en la jurisprudencia de los Jurados Electorales Especiales y el JNE se han podido advertir casos en los que los órganos electorales han señalado su plena competencia para pronunciarse sobre las denuncias contra los parlamentarios por vulneraciones al deber de neutralidad estatal” (Acuerdo del Pleno del 10/6/2025).
Asimismo, las disposiciones específicas sobre la neutralidad durante los procesos electorales se encuentran reguladas en la Ley Orgánica de Elecciones y en el reglamento aprobado por el Pleno del JNE. Dichas normas mantienen plena vigencia durante todo el proceso electoral y son aplicables a todas las autoridades y servidores públicos, ya sean de elección popular o designados.
El recordatorio del JNE coincide con la modificación del reglamento del Congreso, una medida que busca que los congresistas puedan hacer campaña política, en distintas modalidades, en pleno ejercicio del cargo, durante el actual proceso electoral, una medida que ha sido muy criticada.
El JNE reafirmó su compromiso de asegurar que las elecciones se desarrollen con imparcialidad, transparencia y respeto a la voluntad ciudadana.
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