Juzgado Civil de Pacasmayo Declaró “Improcedente” Inscripción Registral de Dirigencia de Quilcate
Un nuevo revés tuvo, en la vía judicial, la lista que encabeza Hugo Herminio Quilcate Sánchez, "elegida" en el cuestionado proceso celebrado el 5 de marzo para renovar consejos directivos de comisiones y Junta de Usuarios del Valle Jequetepeque. La titular del Juzgado Especializado Civil de la provincia de Pacasmayo, Victoria Ramírez Pezo, declaró “improcedente” la demanda de inscripción registral de la dirigencia de Quilcate.
Esta decisión, contenida en la Resolución número 3 (Exp. 00137-2017-71-1614-JR-CI-01) es de fecha 5 de julio.
Con esto se ratifica la firmeza legal de la posición de la registradora provincial de Sunarp, en San Pedro de Lloc, Patricia Morales Chanamé, quien ha formulado observaciones que no han podido ser levantadas por el grupo que lidera Quilcate.
Con la resolución conocida este jueves 6, Quilcate Sánchez sufre otra derrota en la vía jurisdiccional. La primera fue por el Auto que declaró “inadmisible” la demanda formulada solicitando se ordene judicialmente la inscripción registral.
A raíz de esa declaratoria, Quilcate recurrió al Juzgado Civil Transitorio de Descarga de San Pedro de Lloc, donde obtuvo una temporal y pírrica victoria, que celebró con eufórico entusiasmo. El lunes 3, el juez David Cabrera Huamán, admitía la demanda y ordenaba la inscripción de la lista que lidera Quilcate, como consejo directivo de la Junta de Usuarios. La alegría duró poco porque el martes 4, el mismo juez dio marcha atrás y de oficio anuló su resolución de la víspera.
La resolución 3 de la jueza Ramírez Pezo declarando “improcedente” la demanda de Quilcate por “contener una pretensión jurídicamente imposible. En consecuencia carece de objeto emitir pronunciamiento respecto a la solicitud cautelar presentada por el demandante”.
Aparte de Quilcate, también se había apersonado al proceso, en calidad de litis consorte jurídico, Pedro Gregorio Romero Medina y otro. En la Hoja de seguimiento del expediente en referencia encontramos la siguiente sumilla:
“Por lo expuesto y de conformidad con el artículo 427º inciso 5 del Código Procesal Civil se resuelve declarar improcedente la demanda interpuesta por Hugo Herminio Quilcate Sánchez sobre inscripción registral contra la Oficina Registral Nº V. Notifíquese al demandante con las formalidades de ley. Al escrito presentado por Pedro Gregorio Romero Medina no ha lugar su intervención por no ser parte en el proceso”.
DETALLES
El 26 de junio, la jueza Ramírez Pezo emitió el Auto número uno. La sumilla reza: “Declarar inadmisible la demanda sobre inscripción de mandato de junta directiva interpuesta por Hugo Herminio Quilcate Sánchez. En consecuencia concédase el plazo perentorio de tres días hábiles a fin de que cumpla con subsanar las omisiones observadas bajo apercibimiento de rechazarse su demanda y ordenarse su archivo definitivo en caso de incumplimiento. Notifíquese”.
Según la versión de Quilcate, para ayer había sido convocada una reunión en Lima, con el fin de uniformizar criterios y facilitar la inscripción registral de las juntas de usuarios, porque supuestamente la gran mayoría no podía inscribirse debido a problemas similares a los que se viven en el valle Jequetepeque.
Los dirigentes de facto tienen la situación completamente adversa debido a las irregularidades del proceso electoral: ONPE Trujillo ya sentó posición aclarando varios puntos respecto al supuesto padrón que se usó; Sunarp (Registros Públicos) ha observado reiteradamente la solicitud de registro por lo que la Junta se encuentra acéfala; la propia Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque Zarumilla ha anulado el proceso electoral disponiendo nuevas elecciones y ahora el poder judicial ha confirmado la ilegalidad de la pretensión.
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