Gobierno declara en emergencia los subsectores de pesca y Acuicultura por Inminente Impacto del FEN 2026-2027
El Poder Ejecutivo dispuso una medida de urgencia que pretende proteger y mantener operativas las actividades extractivas y productivas del mar y ríos peruanos ante las anomalías climáticas que se avecinan. A través del Ministerio de la Producción, el gobierno emitió el Decreto Supremo N.° 012-2026-PRODUCE, que establece una declaratoria de emergencia administrativa para los subsectores de pesca y acuicultura a nivel nacional. Esta disposición busca hacer frente a las proyecciones técnicas que alertan sobre los efectos del Fenómeno El Niño durante el periodo 2026 y 2027. El propósito de la norma es generar condiciones para mitigar los posibles daños a la infraestructura física, proteger las cadenas de suministro y asegurar la continuidad del trabajo de miles de pescadores y acuicultores a nivel nacional.
La disposición central de esta norma legal busca otorgar un margen de acción rápida al Estado para implementar soluciones de contingencia. El documento publicado el 23 de agosto en las normas legales de El Peruano señala textualmente: "Declarar en emergencia los Subsectores Pesca y Acuicultura, por el período de ciento veinte (120) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y de reactivación económica que correspondan, por los efectos generados por la ocurrencia del Fenómeno 'El Niño' 2026-2027". Esta ventana de ciento veinte días habilitará a las autoridades competentes a enfocar de manera prioritaria sus recursos en la protección de los trabajadores y de toda la cadena de valor asociada a los recursos hidrobiológicos.
La decisión del Ejecutivo no es aislada, sino que se sustenta en los informes técnicos emitidos por la Comisión Multisectorial encargada del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño. En su comunicado oficial número 14 del año 2026, dicha comisión técnica decidió mantener el estado de alerta por El Niño Costero, proyectando una magnitud que variaría entre niveles fuertes y extraordinarios hasta la llegada de la temporada de verano. Asimismo, las entidades científicas advirtieron que el fenómeno en el Pacífico ecuatorial central podría extenderse hasta los primeros meses de otoño del 2027. Un dato oceanográfico crucial que motivó esta norma preventiva es la situación de las especies marinas comerciales. Los reportes indican que el stock de anchoveta en la zona norte y centro del litoral se mantendrá replegado muy cerca de la costa, específicamente dentro de las primeras diez millas náuticas, y a una profundidad mayor a la que registra en condiciones climáticas habituales.
Para hacer efectiva la ayuda y las acciones de prevención, el decreto supremo ordena la creación de un instrumento de gestión sectorial. El Ministerio de la Producción tiene el mandato de aprobar, mediante una resolución ministerial, el denominado Plan de Emergencia de los Subsectores Pesca y Acuicultura. La aprobación de este plan deberá concretarse en un plazo estricto de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la norma en el diario oficial El Peruano. Sobre el objetivo de este documento, la norma establece que su finalidad es "alcanzar una respuesta eficiente por parte del Estado, ante las eventuales afectaciones, por la ocurrencia del Fenómeno 'El Niño' 2026-2027, con la finalidad de generar prioritariamente las condiciones necesarias para el fortalecimiento y respuesta de las cadenas productivas pesqueras y acuícolas y sus actores vinculados".
El plan de emergencia mencionado deberá estructurarse en base a líneas de acción concretas orientadas a la economía, la ciencia y la administración. En primer lugar, se impulsará la investigación científica para asegurar el aprovechamiento responsable de las especies marinas ante el cambio de temperatura del agua. Además, se dictarán medidas de ordenamiento pesquero enfocadas en aprovechar los recursos de oportunidad que suelen aparecer durante estos eventos cálidos. En el ámbito burocrático, el Estado brindará facilidades administrativas y sanitarias para que las actividades de procesamiento puedan seguir trabajando sin paralizaciones. Para aliviar la carga económica de los operadores pesqueros, se otorgarán facilidades para el pago de multas administrativas, pesqueras, acuícolas y de sanidad. Finalmente, se promoverá la comercialización de productos pesqueros en el mercado interno y se abrirán canales para que el sector acceda a un financiamiento adecuado.
La ejecución de todas estas medidas contará con supervisión interna. El texto de la norma precisa que la Dirección de Seguimiento y Evaluación, adscrita a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, será la dependencia responsable de realizar el monitoreo de los avances. Dicha oficina evaluará la eficacia de las acciones y formulará recomendaciones para corregir estrategias de ser necesario. El decreto supremo, promulgado en la Casa de Gobierno el veintidós de agosto de 2026, lleva las firmas de la presidenta de la República, Keiko Sofía Fujimori Higuchi, y del ministro de la Producción, Juan Carlos Requejo Alemán.
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