JUJ Apeló Resolución que le Negó Operar Infraestructura Hidráulica Mayor
La Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Jequetepeque Clase A interpuso recurso de apelación ante la Autoridad Administrativa del Agua, tras el rechazo de su solicitud para administrar la infraestructura hidráulica mayor del sistema Jequetepeque. Como se recuerda, la Resolución Directoral 0703-2026-ANA, del 17 de junio de 2026, declaró improcedente el pedido de la organización agraria para asumir el control del sistema mayor, operado actualmente por el Proyecto Especial Jequetepeque Zaña (PEJEZA).
El principal argumento legal de la junta, radica en el cambio normativo ocurrido durante el proceso. Señalan que la entrada en vigencia de la Ley 31801 y su reglamento reconocen el derecho de las organizaciones de usuarios a gestionar estos sistemas. En el recurso de apelación, los representantes destacan textualmente que la normativa establece como función de las Juntas de Usuarios el "Operar, mantener y desarrollar la infraestructura hidráulica, menor, mayor o de aguas subterráneas en el ámbito del sector hidráulico a su cargo".
Consideran que la resolución impugnada, se basó en que el Proyecto Especial Jequetepeque Zaña ya posee un título habilitante de vigencia indeterminada otorgado en un contexto legal anterior. La junta de usuarios sostiene que la base legal que justificaba dicha operación ha desaparecido. Para sustentar este punto, el documento subraya que "la autoridad puede revocar un acto administrativo cuando sobrevenga la desaparición de las condiciones exigidas legalmente para la emisión del acto administrativo cuya permanencia sea indispensable para la existencia de la relación jurídica creada".
Otro cuestionamiento es la excesiva demora en la tramitación del procedimiento administrativo. Según el expediente, la solicitud se presentó el dos de septiembre de dos mil veinticuatro, pero la autoridad tardó casi dos años en resolver, vulnerando el plazo máximo de treinta días hábiles. Sobre este aspecto, la organización de usuarios advierte responsabilidades e indica que "el funcionario público que a sabiendas o por ignorancia inexcusable emite resoluciones de manifiesta injusticia, debe ser sancionado administrativamente".
La JUJ solicita que el caso sea elevado al Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas. Piden se revoque la decisión inicial o, en su defecto, que se declare la nulidad de la resolución administrativa debido a que presenta una fundamentación insuficiente que presuntamente vulnera el principio de legalidad y el debido procedimiento.
Artículos Relacionados
Adultos Mayores Visitaron Pejeza
El Proyecto Especial Jequetepeque Zaña (Pejeza) recibió la visita de los integrantes del “Programa de Saberes Productivos del Adulto Mayor” de la Municipalidad Distrital de Pacasmayo. Leer Más
Piden a Autoridad del Agua Fiscalizar a la Junta de Usuarios Jequetepeque por Transferencias de Tarifa de Agua
El presidente de la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico San Pedro de Lloc, Ronald Américo Espinoza Yengle, presentó un requerimiento formal ante el Administrador Local del Agua Jequetepeque, exigiendo el cumplimiento de un mandato emitido por el Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas. Leer Más
Manuel Barreno Asume Jefatura de ANA Luego de 10 Meses de Haber Sido Retirado de la Dirección del Pejeza
La designación se oficializó con Resolución Suprema N° 004-2026-MIDAGRI, norma publicada en el diario oficial El Peruano, que dispone dar por concluidas las funciones de José Genaro Musayón Ayala, quien se venía desempeñando en el cargo desde el 2024. Leer Más

