Ejecutivo y Legislativo Modifican Ley en Pleno Proceso Electoral Para Salvar a sus Partidos
Pese a que lo que dispone la ley, y que el Tribunal Constitucional refrendó que las normas que rigen los procesos electorales no deben modificarse cuando un proceso se encuentra en marcha, el Ejecutivo y el Legislativo acaban de dictar la Ley 32657 que impacta directamente en las Elecciones Regionales y Municipales 2026, que se encuentran en curso.
Publicada el 15 de junio de 2026, en El Peruano, dicha ley modifica la Ley 26864 Ley de Elecciones Municipales y la Ley 28094 Ley de Organizaciones Políticas.
Modifica el artículo 36 de la Ley 26864, decretando que “el Jurado Nacional de Elecciones, de oficio o a pedido de parte, puede declarar la nulidad de las elecciones realizadas en uno o más distritos electorales cuando: a. Se comprueben graves irregularidades, por infracción de la ley, que hubiesen modificado los resultados de la votación. b. La inasistencia de votantes al acto electoral supere el cincuenta por ciento. c. Los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen los dos tercios del número de votos emitidos. Declarada la nulidad se procede a la realización de Elecciones Municipales Complementarias. De declararse nula la elección municipal por no superar el umbral de participación regulado en el literal b. se procede a una única elección complementaria, proclamándose los resultados de dicha elección de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23, indistintamente al porcentaje de asistencia de votantes que concurran al acto electoral.”
Asimismo mediante la modificación del artículo 13 de la Ley 28094, se rebajó de 3/5 (60%) a 30% el porcentaje mínimo de participación que se exige a las organizaciones políticas en las elecciones regionales para que se mantengan vigentes. Es decir, si antes debían participar en por lo menos 15 regiones, ahora podrán hacerlo solo en 8.
La norma salvará a más de un partido y le permitirá seguir vigente pese a su escasa participación.
La nueva ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, el 16 de junio de 2026. Su aplicación es inmediata y afecta directamente el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales que se encuentran actualmente en curso.
Igualmente el gobierno estableció que la ONPE y el JNE, conforme a sus competencias, deberán reglamentar lo dispuesto en dicha ley “en un plazo no mayor de treinta días calendario”.
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