Nacional  |  

JNE Confirma que No Procede Pedido de Nulidad de Actas 900,000

1122b

Mediante la Resolución N° 1122-2026-JNE el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por el personero legal alterno de Renovación Popular y confirmó la Resolución N.º 02474-2026-JEE-PCYO/JNE, del 7 de mayo de 2026, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo, que declaró improcedente la solicitud de "nulidad de todas las actas de sufragio con serie 900000, por constituir una violación flagrante, insubsanable y de máxima gravedad al artículo 201 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones", que había tramitado el candidato Rafael López Aliaga, quien ha cuestionado el resultado de las Elecciones Generales 2026.

La resolución del JNE se emitió en el marco del Expediente N.º EG.2026111192 que se originó en el 
JEE PACASMAYO (EG.2026109534) y llegó en apelación al JNE en Lima. La decisión está fechada 12 de mayo de 2026.

Se tiene en cuenta que el 5 de mayo del 2026, RP solicitó la "nulidad de todas las actas de sufragio con serie 900000, por constituir una violación flagrante, insubsanable y de máxima gravedad al articulo 201 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones". Así como se descalifican los argumentos del impugnante y se confirma la resolución del JEE Pacasmayo "toda vez que fue emitida con arreglo a ley".

1122b

Sobre el autor

Prensa

Somos un equipo de periodistas trabajando de la mano de nuestros aliados, los ciudadanos.

Escríbenos a [email protected] y síguenos en @UNDiario