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Fiscal Dispuso Reparación de S/ 550 y Archivó Investigación por Uso de Título Falso para Trabajar en el Pejeza

Fiscal villegas viganzoni

Además fiscal se dirigió al Pejeza para que se abstenga de ejercer acción penal contra extrabajador.

La fiscal provincial Sandra Janett Villegas Viganzoni, de la Fiscalía Provincial Mixta de Yonán - Tembladera, Cajamarca, emitió la Disposición de Abstención N° 03-2024, mediante la cual se dirige al Proyecto Especial Jequetepeque Zaña a fin de que esta institución, a través de la procuraduría pública del Ministerio de Agricultura y Riego, se abstenga de ejercer acción penal contra Anthony Francisco Ramírez Palacios, por el delito contra la fé pública, falsificación de documento público.

La disposición fiscal resuelve y archiva el caso mediante el cual Ramírez Palacios, hijo de la presidenta de la Junta de Usuarios Jequetepeque, Nancy Palacios Linares, fue denunciado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Agricultura.

Detalla la disposición que la denuncia fue “por haber utilizado un documento falso consistente en un título profesional y así aparentar una condición académica que nunca tuvo, logrando obtener beneficios que no le corresponde, pues prestó servicios bajo la modalidad de locación de servicios entre el 01 de junio de 2014 al 31 de marzo de 2017 en el Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña y a fin de cumplir con los términos de referencia para su contratación llegó a presentar un título profesional como técnico en computación e informática supuestamente que fue emitido por el Instituto Superior Público Ciro Alegría Bazán de la ciudad de Chepén…”

Añade la disposición que durante la investigación preliminar se tuvo que “mediante Carta N° 004-2023-ME-GRLL/IESTP-CAB-DG, la dirección de dicha entidad ha informado que teniendo en cuenta los informes académicos emitidos por el secretario académico, luego de la búsqueda que realizaron en los archivos documentados han advertido que Anthony Francisco Ramírez Palacios no ha cursado estudios superiores en dcha institución”.

El Ministerio Público tipificó el delito como falsificación de documentos, previsto en el Art. 427 del Código Penal que señala,

“El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligación o servir para probar un hecho, con el propósito de utilizar el documento, será reprimido, si de su uso puede resultar algún perjuicio, con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de diez años y con treinta a noventa días-multa si se trata de un documento público, registro público, título auténtico o cualquier otro trasmisible por endoso o al portador y con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años, y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa, si se trata de un documento privado. El que hace uso de un documento falso o falsificado, como si fuese legítimo, siempre que de su uso pueda resultar algún perjuicio, será reprimido, en su caso, con las mismas penas”.

En este contexto, el imputado se acogió al principio de oportunidad, aceptó su responsabilidad, y la fiscal programó la audiencia para determinar la reparación civil que se hubiese producido en este caso contra el Estado Peruano.

El imputado percibió sueldos por 34 meses, del 01 de junio de 2014 al 31 de marzo de 2017, obteniendo un beneficio económico en un cargo para el que no estaba realmente calificado.

Por ese agravio al Estado, la fiscal celebró la audiencia de manera virtual el 2 de diciembre con presencia del imputado, su abogado y solo con conocimiento del representante de la parte agraviada. En esa audiencia la fiscal Villegas Viganzoni estableció la reparación civil en S/ 500, más la suma de S/ 50. En total S/ 550 soles.

Así, la fiscal dispuso el archivamiento definitivo de la investigación.

Disposicion de abstencion

Concluido el proceso, la fiscal comunicó a la Procuraduría Pública del MIDAGRI, a través del Pejeza, se abstenga de ejercer acción penal contra Ramírez Palacios. La disposición fiscal fue recibida por la Unidad de Asesoría Jurídica del Proyecto Especial Jequetepeque Zaña el día 20 de diciembre e inmediatamente el titular de esta oficina, abogado, Víctor Jesús Díaz Rodríguez, trasladó dicha notificación a la procuradora pública del MIDAGRI, Katty Mariella Aquize Cáceres a fin de que su despacho, como órgano responsable de la representación y defensa jurídica de los derechos e intereses del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, sus programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos, conforme a la Constitución Política del Perú y al Texto Integrado de Organización y Funciones del MIDAGRI, proceda con presentar la queja de derecho correspondiente, ejerciendo la defensa del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña en el caso 1706195000-2016-2024-0, contra Ramírez Palacios.

Según se ha tenido conocimiento, la queja se ha formulado y está en revisión de nivel jerárquico superior del Distrito Fiscal de Cajamarca.

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