JNE Emitió Resolución con Miras a Comicios Regionales y Municipales 2018
Fuente: TVPeru
El JNE hizo pública la Resolución Nº 0459-2017-JNE por la cual establece plazo para que Reniec le remita, en formato electrónico, la lista de padrón inicial para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2018.
La resolución fue publicada este jueves 26, en el diario oficial El Peruano y se ha dictado en vista de la aprobación de algunas normas referidas al tema electoral.
En los considerandos se explica que la Ley N° 30673, publicada el 20 de octubre de 2017, “modifica el cronograma electoral correspondiente a las Elecciones Generales, Elecciones Regionales y Elecciones Municipales, (…) uniformiza la oportunidad de la convocatoria estableciendo que, en estos procesos electorales, las elecciones se convocan con una anticipación no menor de doscientos setenta (270) días calendario a la fecha de los comicios”.
Indica que la modificación de diversos hitos del cronograma electoral, entre ellos, el referido al cierre del padrón electoral, hace necesario que el JNE adopte medidas con relación a las actividades que deben desarrollarse antes de la convocatoria a las ERM 2018, las que deberán ser convocadas como máximo el 10 de enero de 2018, es decir, 270 días antes del domingo 7 de octubre de 2018, fecha prevista para los comicios.
Explica que una de las principales actividades a cargo del JNE es la fiscalización de la elaboración del padrón electoral que será utilizado en los comicios. Agrega que con la modificación del artículo 201 de la LOE hay una variación sustancial.
Así por ejemplo, ahora se ha normado que el Reniec remite el padrón electoral preliminar al JNE, con 240 días de anticipación a la fecha de la elección. El JNE fiscaliza y aprueba el padrón electoral definitivo dentro de los 30 días calendario siguientes.
QUIÉNES VOTARÁN
Con relación al padrón electoral correspondiente al proceso de ERM 2018, la Ley N° 30673, mediante la Única Disposición Complementaria Transitoria dispone que el padrón electoral para el 2018 se cierra 350 días calendario “antes de la fecha del citado proceso, y comprende a todas aquellas personas que cumplan la mayoría de edad hasta la fecha de realización del acto electoral correspondiente”.
Precisa que para las ERM 2018, el Reniec ha cerrado el padrón electoral el 22 de octubre de 2017.
FISCALIZACIÓN
Agrega que en ese orden de ideas y haciendo "una interpretación literal del modificado artículo 201 sería que el padrón electoral podría ser fiscalizado desde su remisión como padrón preliminar, por parte del Reniec, para su aprobación por el Jurado Nacional de Elecciones, es decir, que las labores de fiscalización se tendrían que realizar entre los 240 y 210 días antes de la elección, plazo que resulta insuficiente, máxime la envergadura y complejidad del próximo proceso electoral".
Otro considerando dice: "Por tal motivo, a efectos de ejercer la fiscalización que compete a este organismo electoral, en tiempo oportuno y en la forma adecuada, es necesario contar con la información que permita verificar el estado del padrón electoral al cierre de este, el mismo que deberá comprender a todas las personas que cumplan la mayoría de edad hasta el día 7 de octubre de 2018, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 201 de la LOE, por lo que es preciso determinar un plazo para la entrega de la lista del padrón inicial".
ORGANIZACIONES POLÍTICAS
Respecto de las organizaciones políticas que deseen participar en el proceso 2018 deben contar con inscripción vigente en el ROP del JNE, como máximo, a la fecha de la convocatoria al proceso electoral correspondiente.
"El cumplimiento de esta disposición implica que los procedimientos de inscripción de las organizaciones políticas sean estas de alcance nacional, regional o local, debe estar culminado a la fecha de la convocatoria, por lo que, asumiendo que esta puede producirse hasta el 10 de enero de 2018 (270 días antes de las elecciones), es necesario que se brinde a la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas los recursos necesarios para el desarrollo oportuno de las actividades registrales, debiéndose instalar oficinas registrales en distintas ciudades del territorio nacional durante los meses de noviembre y diciembre del año 2017, a fin de garantizar el derecho de participación ciudadana consagrado en el artículo 31 de la Carta Constitucional".
En mérito a estas consideraciones es que el colegiado electoral resolvió estableciendo que en un plazo máximo de siete días hábiles, contados a partir del cierre del padrón electoral para el proceso de ERM 2018, el Reniec le remita en formato electrónico información detallada de los electores.
Resuelve, además, solicitar al MEF la asignación de recursos, dentro del ejercicio presupuestal 2017, que financien las actividades electorales registrales y de fiscalización anteriores a la convocatoria al proceso de ERM 2018.
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