San Pedro de Lloc  |  

MPP en Guerra Judicial Contra Transportistas

No tiene Procurador Público. Concejo Aprobó que Externo Haga Sus Veces.

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Una verdadera guerra judicial se ha desatado entre la Municipalidad Provincial de Pacasmayo San Pedro de Lloc (MPP) y algunos transportistas. Pero, también está comprometiendo a la Municipalidad Distrital de Guadalupe, en tanto en Chepén hay otra batalla similar.

Lo curioso de esto es que la Municipalidad sampedrana no cuenta con procurador público, es decir el encargado de la defensa judicial de la entidad. Llama la atención porque se ha dicho que la entidad enfrenta numerosos procesos judiciales desde la gestión anterior.
Alberto Solares Zarpán, gerente de la empresa interprovincial de pasajeros Chepén SAC - que cubre la ruta Chepén- Guadalupe, bajo el régimen de gestión común- culpó a la actual administración de la MPP de haber generado una serie de problemas por favorecer a otra empresa de la misma ruta.
El dirigente declaró a Ultimas Noticias que no existe Plan Regulador de Rutas, por lo que es imposible el otorgamiento de nuevos  permisos de operaciones. Pero, la Unidad de Tránsito y Transportes (UTT) de la MPP lo ha otorgado a la empresa 5 de Agosto, cuyos dirigentes se han favorecido por el silencio administrativo positivo en que ha incurrido la administración del alcalde Roland Aldea Huamán.
Añade Solares que la municipalidad de Guadalupe se ha visto involucrada en el problema por haber otorgado paradero a la empresa 5 de Agosto, desconociendo el que tenía su representada.
Solares ha formulado otras denuncias afirmando que en la UTT de la MPP se estaría realizando cobros que no están previstos en el Tupa. Además denuncia a la MPP por incumplir con las normas al no responder a los escritos que se le presentan. Frente a esa violación de la normatividad  administrativa, Solares ha decidido recurrir a la vía judicial.
MPP SIN PROCURADOR
En sesión de concejo realizada a comienzos de junio, el Pleno, por mayoría y con la abstención de tres regidores, aprobó el informe 043-2016-ALE-UTT-MPP  de la abogada Carolina María Delgado Arista, nueva asesora legal externa de la UTT-MPP, sobre inicio de una acción de lesividad contra la empresa de transporte de pasajeros Chepén SAC. El informe es del 25 de abril 2016 y fue dirigido al jefe de Tránsito, Hans Alvarado Moncada, quien lo derivó a secretaría general dos días después.
El informe, en síntesis, refiere que con RA 654-2015-MPP (11 setiembre 2015) se resolvió declarar “el inicio de la Acción de Lesividad en contra” de Chepén SAC y mediante acción contencioso-administrativa que el juez declare la nulidad de actos administrativos contenidos en las resoluciones jefaturales de la UTT números 251-2013, 017-2014 y 055-2014. A partir de allí detalla la serie de acontecimientos referidos al conflicto con la referida empresa. Mayores detalles de ese problema daremos en próxima edición.
La asesora Delgado Arista indica que para continuar el trámite de Acción de Lesividad, en la vía judicial, y por no contar la MPP con procurador público municipal, el concejo debe autorizar que un asesor legal externo interponga la demanda contencioso-administrativa en contra de la empresa de Solares. El concejo aprobó, por mayoría, ese planteamiento.
El problema de fondo es que en el gobierno municipal anterior se otorgó permiso de operación provisional a la empresa Chepén SAC, a través de las resoluciones jefaturales 251-2013 y 055-2014, extendidas por el jefe de la UTT-MPP de esa época, Manuel Castañeda Ríos.  Esas resoluciones fueron objetadas por  el transportista Jorge Armando Zunico Tello, en razón de que Chepén SAC se habría constituido irregularmente sobre la base de la empresa de transportes Guadalupe SRL, lo cual niega Solares.
El alcalde Roland Aldea atiende la demanda de Zunico y desconoce  a Chepén SAC para lo cual emite la RA 654-2015, por la cual se declara el inicio de acción de lesividad en contra de la empresa de Solares, a fin de que mediante una acción contencioso- administrativa, el Poder Judicial declare la nulidad de las resoluciones jefaturales cuestionadas.
Solares apela a la RA 654, con fecha 05 de octubre 2015. El 19 del mismo mes, el alcalde Aldea emite la RA 786 por la cual declara improcedente el recurso de apelación, determina se considere como de reconsideración y se continúe con la acción de lesividad, conforme a lo dispuesto en la RA 654-2015. Para ello es que se la asesora Delgado pide se apruebe que un asesor externo sea autorizado a actuar como procurador público a fin de representar a la entidad, en la vía judicial.

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