San Pedro de Lloc  |  

Abogado de Policía Alegó Que "Autinculpación No Es Suficiente"

Pnp Vargas

El defensor público Domínguez Rugel cuestionó los argumentos del fiscal y  que éste hable de “alto grado de probabilidad” sin supuestamente tener otros elementos que confirmen la autoinculpación de su defendido, el policía Harold Stewart Vargas Sánchez (20). Dijo que no basta la autoinculpación (confesión) sino que tenían que concurrir otros elementos y que el policía hizo esa declaración por nerviosismo y por falta de asesoramiento. Sin desconocer la confesión, sostuvo que faltan elementos de la supuesta responsabilidad de su patrocinado en el asalto al grifo "San Isidro".

Cuestionó que no haya acta de incautación del arma, que no se había acreditado la procedencia del arma, y no había una investigación adecuada. Dijo que hasta ese momento no había otros elementos incriminatorios contra el efectivo policial.

Acusó de haber se realizado una deficiente investigación policial que llevan a que una vez revisadas las decisiones, sean corregidas como en el caso de los 3 policías investigados por el robo de combustible, que ya salieron libres, o el de la reciente liberación de 4 ‘marcas’, en Lima. Resaltó que la dirección de la investigación es responsabilidad de la Fiscalía. Se opuso a que se declare fundada la prisión preventiva.

Su colega Marino Díaz Rimarachín aceptó los cargos del fiscal, dijo que su patrocinado había colaborado desde el inicio de la investigación y se había acogido a la confesión sincera.

Juez Perez

Juez Pérez León

Juez resuelve con prisión

El juez Luis Pérez León, al pronunciarse, se refirió a las objeciones de la defensa del policía Vargas Sánchez y dijo que no era solo la autoincriminación que se había hecho sino que existían también otros elementos periféricos que corroboraban la tesis fiscal, pues Vargas estuvo en la reunión en la que se habló del asalto y después que se cometió, y al volver los autores estuvo también allí.

Acerca de la expresión del fiscal Risco sobre “alto grado de probabilidad” apeló a una casación sobre prisión preventiva publicada el 27 de febrero 2016 en la que se trató acerca de ese criterio indicando que no se necesita tener certeza, sino alto grado de probabilidad, lo cual debe tenerse en cuenta en forma obligatoria.

Se pronunció a favor del pedido fiscal ordenando el internamiento de los dos imputados en la cárcel El Milagro, de Trujillo.

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