San Pedro de Lloc  |  

Absuelven a Chito Mora y otros Denunciados en Juicio por Corrupción

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SAN PEDRO DE LLOC, (ULTIMAS NOTICIAS DIARIO). En una sesión que se prolongó por 4 horas, el juez Juan Iván Vojvodich Tocón absolvió al exalcalde de Guadalupe, Edwin Mora Costilla, y otros, por la presunta comisión de delitos de negociación incompatible por los cuales la Fiscalía anticorrupción había solicitado una pena de cárcel de diez años.

El juez Iván Vojvodich adelantó su fallo con cargo a leer la sentencia fundamentada en acto que tendrá lugar el 2 de noviembre, a las 10 de la mañana.

La audiencia en la que se anunció el fallo, se realizó este miércoles 21, entre las 11.30 de la mañana y concluyó a las 3.30 de la tarde.

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Los únicos acusados presentes en la sesión fueron los ingenieros Juan Carlos Chuquilín Cabanillas y Manuel Luciano Carranza Ibáñez, quienes solicitaron hacer uso de la palabra reiterando lo que ya habían manifestado con anterioridad. Coincidieron en los cuestionamientos hechos al informe de Contraloría que dio lugar a la intervención fiscal. Las mayores críticas fueron contra el CPC Gerald Flores Morán, a quien consideraron autor de todo el problema que les ha generado un grave daño moral, que se preguntaron quien les iba a resarcir. Censuraron que Flores Morán hubiese recurrido a bachilleres en ingeniería para sustentar un informe que descalificaron en todos sus extremos.

La audiencia se inició a la hora exacta, correspondiendo el primer turno de intervenciones al fiscal anticorrupción Segundo Núñez Rodríguez para los alegatos finales. Fue quien más tiempo empleó, pues fundamentó su acusación en 55 minutos. Dividió el caso en dos hechos: uno, contratación para la elaboración del expediente técnico de la obra de agua potable y alcantarillado de Guadalupe; y, dos, ampliación de plazo. Para ambos casos acusó de la presunta comisión del delito de negociación incompatible. Por cada uno de los casos solicitó 5 años de cárcel.

El segundo turno fue para el procurador de la Contraloría, Luis Miguel Pereda Palacios.

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Seguidamente intervinieron los abogados defensores, correspondiendo hacerlo en el siguiente orden: Pablo Balarezo Huamán, por Segundo Ramos Castañeda y Julio Carlo Omar Ahumada Fernández. Siguió Joseph Castañeda Ubillús, por Franco Abanto Rodríguez; Lissette Delgado Obando, por Manuel Luciano Carranza Ibáñez y César Alberto Vera Alvarado (Consorcio Guadalupe); Estuardo Camacho Olavarría, por el exalcalde Mora Costilla; y, Santos Urtecho Benites, por el supervisor Carlos Alberto Chuquilín Cabanillas.

De los defensores quien más tiempo utilizó fue el doctor Urtecho quien extendió sus alegatos por 45 minutos.

Los abogados coincidieron en rechazar los argumentos del Ministerio Público negando las irregularidades que les atribuían en la contratación de la elaboración del expediente técnico descartando que hubiese habido algún favorecimiento. Camacho dijo que el fiscalía no había acreditado la existencia de dolo y con la variación de la acusación de colusión a negociación incompatible había cometido una aberración al no haber aportado prueba alguna.

Los argumentos del fiscal fueron refutados. Balarezo Huamán se refirió a un caso en el que el exfiscal Carlos Avalos Rodríguez (quien llevaba el proceso) tenía una posición contraria en un caso similar, alcanzando al juez el documento pertinente. Esto motivó la intervención del procurador Pereda Palacios quien preguntó si se trataba de una nueva prueba que se estaba introduciendo pese a no haber sido oralizada en su momento. Tras la intervención del juez preguntándole qué cuestionaba, autorizó al abogado continuar con sus alegatos.necesarias, sino que hizo uso de las mismas que le sirvieron para denunciar por presunta colusión.

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El juez sustentó su fallo en 20 minutos durante los cuales mencionó algunos aspectos doctrinarios y enfatizó que para dictar una medida restrictiva tenía que haber abundante actividad probatoria, rechazando subjetividades o hablando en condicional, pues, dijo tenía que obrarse con objetividad. Dijo que fiscalía no había probado con suficiente grado de certeza la acusación formulada. Coincidió con los abogados Camacho y Urtecho que en la reformulación de la acusación, el fiscal no había aportado las pruebas

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