San Pedro de Lloc  |  

Asesor Legal de Municipalidad Opina Contra Permiso para Nueva Empresa de Transportes

Opinión está en Informe 821 cuyo contenido reveló dirigente de transportistas

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Tomás Pacheco Cajaléon

SAN PEDRO DE LLOC. Debe esclarecerse por qué la Municipalidad Provincial de Pacasmayo - San Pedro de Lloc otorgó permiso de operaciones a una nueva empresa de transporte, pese a la prohibición existente. Así lo planteó Tomás Pacheco Cajaleón, gerente de la empresa de transporte de servicio público "Señor de los Milagros". Amparó su demanda en el Informe 821 emitido por el subgerente de Asesoría legal de la MPP, abogado Roberto Carlos Centeno Alvarado, dirigido a Stefan Hans Alvarado Moncada, jefe de la Unidad de Tránsito y Transporte de dicha comuna.

El informe legal

El informe tiene fecha 01 de setiembre 2015. La parte medular del documento dice textualmente: “De la revisión de los documentos obrantes sobre permiso de operaciones de la Empresa de Transporte y Turismo G y C SAC por silencio administrativo positivo, tal como se motiva en la Resolución de Alcaldía Nº 113-2015-MPP (06.03.2015) contraviene lo señalado en el T.U.P.A. 2013 vigente a la fecha en que se otorgó su procedencia por lo que, no encontrándola conforme a derecho y siendo pasible de nulidad de oficio administrativa, conforme al artículo 202º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, se debe proceder a su revisión estando dentro del plazo de ley”.

“Por lo que, además de ello la Jefatura de la Unidad Tránsito y Transporte, debe emitir un informe detallado si la empresa cuestionada tiene la documentación requerida conforme a la normativa vigente”.

Pacheco manifestó que se le ha explicado que el periodo durante el cual se puede declarar la nulidad de oficio es de un año.

El Informe 821 del abogado Centeno Alvarado se refiere al Expediente administrativo 7438 del 10 de julio del presente año. Hace un detalle del mismo precisando que con expediente similar 6212 del 26 de junio 2013, Wilmar Jesús García Verástegui, representante legal de G y C SAC solicitó permiso de operación y concesión de ruta San Pedro de Lloc- Pacasmayo- Cruce de San José- Ciudad de Dios- Puente Guadalupe y viceversa.

Con Resolución jefatural 046 del 23 de julio 2013, la Unidad de Tránsito y transporte de la MPP declaró improcedente el pedido. La empresa apeló con Exp. 7265 del 25 julio 2013 y mediante RJ 053 del 02 de setiembre 2013 esa Unidad “se declara inadmisible la impugnación hecho que es subsanado”.

Con Exp. Adm. 1421 del 07 de febrero 2014, se presenta recurso de apelación y silencio administrativo positivo contra el recurso de reconsideración de la RJ 046. Se puntualiza: “(…) aquí debemos precisar que dicho recurso de reconsideración nunca fue resuelto, de allí que operaba el Recurso de Apelación contra Resolución ficta, por lo que conforme al T.U.P.A. (procedimiento 179) en ese procedimiento de evaluación previa se resuelve con silencio administrativo negativo”.

Frente a eso, la empresa “solicita la emisión de Resolución de autorización de transporte provincial de personas (permiso de operación y concesión de ruta)” Con RJ 008 del 26 enero 2015, en forma extemporánea, se declara improcedente el recurso de reconsideración contra la RJ 046.

Con Exp. Adm. 1361 (30 enero 2015) se apela a la RJ 008 “siendo que hasta esa fecha se encontraba pendiente de resolver el Recurso de Apelación contra el Recurso de Reconsideración de la Resolución Jefatural 046-2013-UTT, por lo que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 113-2015-MPP (06.03.2015) se declara procedente el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Wilmar Jesús García Verástegui, revocando la RJ 008-2015-UTT-MPP y admitiendo a trámite el recurso de apelación, lo cual constituye un contrasentido, en cuya motivación se invoca el silencio administrativo positivo, lo cual no está establecido en el T.U.P.A como tal”.

A través de la RA 247 del 17 abril 2015, se rectifica la similar 113 en el sentido que la empresa cubriría la ruta San Pedro de Lloc- Puente Guadalupe y viceversa…”.

Con expedientes 4727 7438 del 28 abril y 10 julio 2015, respectivamente, el gerente de la empresa G y C está solicitando se emita la Resolución de autorización de transporte provincial de personas, que no se le otorga pese a existir los informes 169-2015-UTT-MPP (04 mayo 2015), 284-MPP-SGDUR/DSPT (06 mayo 2015) y 191 del 06 mayo 2015, de la Gerencia municipal.

Insisten en cambio de jefe de Tránsito

Pacheco Cajaleón dijo que hasta la fecha no hay respuesta al pedido que están formulando para que se cambie al jefe de Tránsito, Hans Alvarado Moncada, porque consideran es incompetente para el cargo. Dijo que de no tener respuesta insistirán con una nueva manifestación de protesta.

El 10 de setiembre hicieron una manifestación pública de protesta reclamando atención a varias demandas, entre ellas la destitución del jefe de Tránsito de la MPP.

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