San Pedro de Lloc  |  

Sentenciaron a 4 Años de Cárcel a Sujeto que Estafó con Negocio Automotriz

En juicio seguido solo solo por dos de las víctimas. Tiene otros procesos en investigación. Seudo empresario operaba en Pacasmayo

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Con sentencia condenatoria de 4 años de pena privativa de libertad, efectiva, y al pago de reparaciones civiles, por 7,500 soles, finalizó el juicio seguido contra Juan Carlos Cueva Silva, un estafador que timó a numerosas personas montando un supuesto negocio automotriz, en Pacasmayo. Declaró domicilio en la calle Cajamarca 560, de Pacasmayo. Desde allí operó captando víctimas en varias ciudades del norte del país.

La sentencia es, solamente, por la denuncia de dos agraviados. Pero, a Cueva Silva, natural de San Pedro de Lloc, le esperan otros juicios pues tiene investigaciones en curso en las fiscalías de Piura, Chachapoyas y en la provincial de Pacasmayo, San Pedro de Lloc.

El fiscal Italo Rubén Sigüeñas Cáceres, titular de la Fiscalía Corporativa Mixta de Pacasmayo, había solicitado se le condene a 7 años de prisión acusando a Cueva Silva como autor del delito de estafa en agravio de Juan Franklin Yupanqui Rosas; y, de los esposos Carlos Ramiro Vargas Revilla y Carmen Rosa Yovera Sánchez.

El fiscal solicitó tal pena considerando al acusado como reincidente, pues tiene antecedentes penales. Se amparó en el Art. 196 del Código Penal y por circunstancias agravantes, en el 46-B (reincidente), y en el 49 (delito masa) del mismo Código.

Por concepto de reparación civil, pidió 1,500 nuevos soles a favor de Yupanqui; y, 6 mil soles para los esposos Vargas- Yovera.

La abogada Shikara Vásquez Shimajuko alegó por la inocencia Cueva Silva pretendiendo negar relevancia típica y penal a la calificación fiscal pues considera no se da el delito de estafa. Argumentó que su defendido no cumplió con entregar los vehículos por causas ajenas a su voluntad y tuvo la disposición de arreglar por vía extrajudicial, que no hay dolo y el conflicto debía ventilarse en la vía civil.

El juicio tuvo lugar en el penal El Milagro, donde Cueva Silva se encuentra recluido, desde que fuera capturado, en Pacanguilla, por efectivos de Policía de Carreteras de Guadalupe, en los primeros días de junio de este año. Estaba en condición de requisitoriado para responder en juicio ante el Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de Pacasmayo.

El juez Juan Iván Vojvodich Tocón dictó sentencia el jueves 3 de setiembre en juicio celebrado con reo en cárcel. El acusado, amparándose en su derecho a guardar a silencio, no declaró en el proceso.

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Confiaron

Los esposos Vargas - Yovera entregaron 12,500 dólares a Cueva Silva por la compra de una minivan. El acusado les dijo que estaba organizando una empresa de transporte de servicio de Pacasmayo a Trujillo. Ofreció entregar el vehículo en 20 días pero no cumplió. Ante los reclamos se comprometió a devolver el dinero; lo hizo pero con un cheque sin fondos. Vargas conoce a Cueva por ser compadre del padre de este y por lo tanto hay una familiaridad. Al final les dio un carro valorizado en 20 mil soles y quedó un saldo de 3 mil soles que ya ha cancelado. Pero nunca se les dio el vehículo por el cual firmaron contrato.

Yupanqui entregó 1,800 dólares a la empresa Travex SAC pero no alcanzó a calificar para el crédito y la secretaria le informó sobre Cueva Silva, diciéndole que con él le sería más fácil la tramitación. Yupanqui aceptó de buena fe, y autorizó para que el dinero entregado a Travex pase a Cueva quien recibió otros 300 dólares del agraviado. Al final ha devuelto el dinero pero después de mucha insistencia y de no cumplir con lo pactado.

Conclusión del Juez

El juzgador considera que el acusado celebraba contratos para inducir a error a los agraviados a fin de estafarlos, con premeditación y preordenación de los actos que iban a realizar para consumar las estafas.

“En el comportamiento antijurídico del acusado, no concurre ninguna de las causas de justificación previstas en el Art. 20 del Código Penal. En efecto, se concluye que se encontraba en plena capacidad de poder determinar y establecer que al momento de la celebración de los contratos preparatorios con los agraviados indujo a error a través de la astucia a sus víctimas con el fin de obtener un desprendimiento patrimonial el mismo que ingresó a su esfera de dominio, pese a que en ningún momento tuvo la más mínima intención de cumplirlos conforme a los extremos descritos en la presente sentencia”.

— Extracto de la sentencia que dictó juez Iván Vojvodich Tocón.

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