Exalcalde Quesquén Declaró No Tener Celular ni Correo Electrónico
El interrogatorio duró solo 2 minutos 12 segundos
CHEPEN, (ULTIMAS NOTICIAS DIARIO). Llegó custodiado por la Policía y con chaleco antibalas; lucía ojeroso tras haber pasado la noche en el calabozo de la Comisaría. El juez Ernesto Araujo Ramos de Rosas, había encargado, a la Policía, la custodia del acusado exalcalde Wilfredo Quesquén Terrones desde el jueves 25; disponiendo conducirlo a la sede judicial ayer viernes 26 para definir su situación jurídica en uno de los juicios que enfrenta.
La audiencia
La audiencia se inició a las 2.05 de la tarde, del viernes 26.
El fiscal Francisco Domingo Rivera Navarro fue el encargado de acusar. Su teoría se fundamentó en que el acusado nombró como ejecutor coactivo provisional a Duilio Costilla Cruzado, quien era auxiliar coactivo; y, lo hizo pese a tener conocimiento que no tiene título de abogado, por consiguiente no estaba colegiado ni habilitado para desempeñarse en ese cargo, pues no reunía los requisitos que exige la ley. Pidió como pena 15 días multa e igual término de inhabilitación; y, una reparación civil de mil nuevos soles a favor de la Municipalidad Provincial de Chepén (MPCh).
El abogado Paco Burgos Vejarano, encargado de la defensa del acusado, rechazó los cargos. Quesquén, al ser consultado, declaró ser inocente. Aceptó declarar en juicio por lo que fue convocado para pasar al estrado.
Interrogatorio
El interrogatorio duró solo 2 minutos 12 segundos.
El juez Araujo Ramos de Rosas precisó que, de acuerdo al mecanismo ya establecido, correspondía iniciar las preguntas a la defensa. El defensor solo preguntó a su patrocinado si había nombrado en alguna oportunidad a Duilio Costilla Cruzado como ejecutor coactivo. Respondió que le encargó esa función porque era costumbre que se practicaba desde antes pero en ningún momento lo nombró.
A su turno, el fiscal Rivera Navarro preguntó si conocía que Duilio Costilla no era abogado. Quesquén iba a dar explicaciones, pero el fiscal le reiteró la pregunta: si sabía que Costilla no era abogado. Dijo que no sabía.
La siguiente pregunta fue en base a qué lo nombró. Quesquén dijo que era costumbre que el auxiliar reemplace al ejecutor coactivo como encargado. A otras preguntas, Quesquén respondió afirmativamente ser abogado pero que no tenía conocimiento del artículo 4º de la Ley de Ejecución coactiva que establece que el ejecutor coactivo debe ser un abogado. El acusado insistió en que era costumbre que en caso de ausencias, el auxiliar coactivo reemplazaba al ejecutor coactivo.ónico.
Nuevas pruebas
En la etapa de introducción de nuevas pruebas, el Ministerio Público no presentó. La defensa presentó la Resolución número 12 de Sala Penal de Apelaciones, del 11 marzo 2014, por la cual confirma el auto del Juzgado de Investigación Preparatoria de Chepén que declara fundada la excepción de improcedencia de acción presentada por Duilio Costilla. (Esto determinó que no prospere la denuncia contra Costilla. En el caso del exalcalde continuó porque no se apersonó las veces que fue citado. Por lo tanto, la acusación en su contra ha persistido).
El fiscal Rivera objetó alegando que esa resolución no se pronuncia respecto del delito materia de acusación sino por delito distinto que se investiga a otro imputado.
Al hacer la valoración, el juez Araujo Ramos de Rosas la admitió indicando que el Ministerio Público retira la acusación contra Costilla por delito de posesión indebida de cargo en agravio de la MPCh. Dijo que se advierte hay lógica en la prueba de la defensa resolviendo admitirla para fines del proceso.
Se iba a pasar a la etapa de la declaración de testigos, pero Fiscalía no había llevado a quien había presentado por lo que no se pudo continuar. El juez dijo que era obligación del fiscal haber asegurado esa presencia, el fiscal alegó que el Juzgado no cumplió con notificar, y el juez le precisó que era su obligación coadyuvar al proceso.
Detalles
La audiencia apenas duró menos de un cuarto de hora. Hay que hacer notar que pese a que se tiene como agraviada a la Municipalidad Provincial de Chepén, no se acreditó el procurador público municipal.
El Exp 53-2013 es el que corresponde a este proceso que involucra a Quesquén Terrones. La audiencia del 30 de enero 2015 al no presentarse el acusado ni su abogado se dio por no instalada. El juez dispuso el archivamiento provisional del proceso.
En la audiencia del viernes 26 junio, cuando el acusado Quesquén fue consultado, dijo no tener celular ni correo electrónico.
Antes y durante la permanencia de Quesquén en el juzgado, hubo grupos de manifestantes a su favor y en contra
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