Hasta el 15 de noviembre empleadores deben abonar la CTS

En 2016, SUNAFIL ha realizado más de 13 mil inspecciones que comprendieron a más de 63 mil trabajadores.

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Los empleadores deberán depositar la compensación por tiempo de servicios-CTS hasta el próximo martes 15 de noviembre, a sus trabajadores que laboren en promedio y como mínimo una jornada de 4 horas diarias. 

La compensación por tiempo de servicios, que beneficia a los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada y cuyo abono se realiza en los primeros quince días calendarios de mayo y noviembre, tiene la calidad de ser un fondo de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción del trabajador y su familia. 

Cálculo y retiro de la CTS

Para calcular este abono se debe tener en cuenta la remuneración percibida  sumado a un sexto  (1/6) de la última gratificación, de esta sumatoria, el empleador deberá depositar la mitad del monto computable.

El beneficiario puede disponer libremente del 100% del excedente de 4 remuneraciones brutas de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición, según los alcances de la Ley N° 30334, Ley que establece medidas para dinamizar la economía en el laño 2015. 

Para el depósito de la CTS en el mes de mayo se considera el periodo comprendido entre el 1 de noviembre al 30 de abril, mientras que para el depósito del mes denoviembre se considera el periodo comprendido entre 1 de mayo al 31 de octubre. 

Pago trunco de la CTS 

El trabajador puede retirar la CTS depositada al término del contrato de trabajo y la que hubiere quedado pendiente (CTS trunca). El empleador, dentro de las 48 horas de producido el cese, deberá entregar al ex trabajador su constancia de cese.

Posibles multas

El incumplimiento de este depósito es una infracción grave en materia sociolaboral, que podría acarrear multas de hasta 197 mil 500 soles o 50 UIT, en el caso de una empresa NO MYPE o del régimen general. En una pequeña empresa, la multa podría llegar hasta 39 mil 500 nuevos soles, lo equivalente a 10 UIT. 

Trabajadores que NO reciben CTS

No reciben este beneficio social los trabajadores que tengan menos de un mes laborando, los trabajadores de una microempresas, los trabajadores que perciben el 30% o más del importe de las tarifas, que pagan por los servicios. 

Fiscalización de este pago:

En lo que respecta al año 2016, la SUNAFIL ha realizado a la fecha un total de 13 mil 418 inspecciones, que han comprendido a 63 mil 480 trabajadores y más de 9 mil empresas. 

 

Nota de prensa enviada por:

SUNAFIL PRENSA