Pacasmayo: Ciudadano Dedicado al Comercio Pide Trato Igualitario en el Mercado Zonal
El ciudadano Telmo Jaime Murga Vásquez ha expuesto públicamente un hecho que considera debe ser atendido bajo los términos de trato igualitario al que tienen derecho todos los administrados ante la gestión pública.
Murga Vásquez es un comerciante de tubérculos que desarrolla su actividad comercial hace varios años en el Mercado Zonal. Luego de su instalación inicial y al menos dos reubicaciones, terminó establecidose en un puesto del Pabellón C del mencionado centro de abastos.
Es el caso que en el año 2023, su vecino de puesto, el señor Antonio Quispe, conductor de los puestos 30 y 31 del mismo pabellón, cayó enfermo y recurrió a su amigo Telmo, para que le apoye atendiendo su negocio. Murga Vásquez dice que accedió a ello. En noviembre de 2024, Quispe decide no volver más al mercado zonal.
Ante esta situación, Telmo Murga busca orientación en el personal municipal del mercado para solicitar la adjudicación de los puestos dejados por su amigo.
Según contó, un servidor municipal le habría ayudado con el documento de solicitud, sin embargo no advirtió que se había consignado que él ya poseía un puesto en el mercado. De acuerdo a lo narrado por el comerciante, este fue uno de los argumentos para que se le indique que no calificaba para la adjudicación. A esto, también le habrían indicado que no podía adjudicarse más de un puesto, en virtud de la Ordenanza Municipal 005-2021-MDP.
Respecto de la primera situación, reconoce que fue un error suyo el no haber advertido que no revisó a detalle el documento de solicitud en el que se había consignado que no poseía puesto. Sin embargo, por otro lado le llamó la atención que esa fuera la excusa para negársele la adjudicación solicitada debido a que, como se conoce ampliamente y que incluso llegó a sesiones de concejo en gestiones pasadas, en el Mercado Zonal hay varios comerciantes que no solo tiene 2, sino hasta 4 y más puestos. Esto se puede corroborar en el padrón de comerciantes. Algunos tienen un puesto y los otros los tienen de almacén; otros conducen uno y alquilan a terceros otros, situaciones que están prohibidas, que no son revisadas ni sinceradas.
Prefirió no referirse a nombres en los casos antes mencionados, sino centrarse en su pedido, la adjudicación de los dos puestos solicitados, que actualmente conduce y que dejó de utilizar su amigo Antonio.
El pedido formulado en el 2024 para la adjudicación, indicó, quedó sin resolver; más aún porque el 10 de marzo de 2025, entró en vigencia la Ordenanza Municipal 004-2025-MDP, que aprueba el reglamento de administración y funcionamiento de los mercados de abastos públicos del distrito de Pacasmayo, derogando la norma del 2021.
En ese contexto, ingresó un nuevo pedido a la Municipalidad Distrital de Pacasmayo el 4 de abril de 2025, solicitando la adjudicación de los puestos 30 y 31, acorde a la nueva ordenanza, y manifestando expreso “compromiso de respetar el giro comercial, así como respetar los parámetros normativos de la nueva ordenanza municipal”.
Telmo Murga Vásquez ha señalado que el pedido de adjudicación conlleva además un compromiso suyo de desistir del puesto que originalmente tiene adjudicado en ese mismo pabellón y no acumular 3 puestos, sino sólo permanecer en los dos que dejó su amigo Quispe. Esta situación de conducir dos puestos sí está contemplada en la nueva norma. Señala además que no mantiene deuda alguna y que sus obligaciones como comerciante para con la municipalidad las cumple.
El pedido lleva 3 meses en proceso, paga puntualmente el derecho mensual por los puestos, pero lo único que ha recibido son advertencias de que será expulsado de los puestos. Esta situación lo ha llevado a buscar asesoría y ha interpuesto una acción ante el juzgado civil de San Pedro de Lloc, buscando amparo ante lo que considera un trato no acorde con la misma ordenanza y con la realidad que otra vez mencionó que hay evidencia antigua y reciente de que se adjudica más de un puesto a comerciantes; sin tomar en cuenta los casos de adjudicatarios que poseen hasta 4 y más puestos, sin que sobre ellos opere acción reguladora.
Cabe recordar que el artículo 31 referido a “Los Contratos de Arrendamiento” de la OM 004-2025-MDP señala expresamente que la municipalidad es propietaria de los mercados municipales, administra y arrienda los puestos, “bajo criterios estrictamente comerciales y sin discriminación alguna”.
Ha reiterado que renunciará al puesto que originalmente tenía en cuanto se le conceda el arriendo formal de los 2 puestos que conduce y que dejó Quispe. Es un pedido justo que está dentro de la ordenanza, mencionó. Si esto ocurriera, como dijo que esperaba, no tendría caso continuar con la acción judicial por lo que también desistiría de ella.
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