Poder Judicial Rechaza Ley 32330 por Ir en Contra de la Constitución y Tratados Internacionales
A través de un pronunciamiento, el Poder Judicial rechazó la Ley 32330, que permite que los adolescentes de 16 y 17 años sean procesados y juzgados penalmente, por considerar que es incompatible con la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.
“Esta reforma introduce un enfoque punitivo que desconoce la especial condición de los adolescentes, contraviniendo estándares nacionales e internacionales de protección”, dice el documento.
Agrega que la referida norma vulnera el artículo 4 de la Constitución, que exige una protección especial para los adolescentes, asimismo la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Carta Magna, que obliga a interpretar los derechos fundamentales conforme a los tratados internacionales.
El Poder Judicial consideró que esta ley contradice la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece un sistema de justicia juvenil orientado a la rehabilitación, reintegración social y respeto por la dignidad de las personas menores de edad.
Asimismo, se indica que el Comité de Derechos del Niño ha expresado su preocupación ante normas que permiten juzgar a adolescentes como adultos, señalando que tales medidas resultan incompatibles con el principio de trato diferenciado. “Además ha recomendado que todas las personas menores de 18 años sean procesadas exclusivamente bajo la jurisdicción del sistema de justicia juvenil, sin excepciones”, se lee en el escrito.
La institución judicial también consideró que la ley promulgada por el Ejecutivo vulnera el principio del interés superior del niño y el principio de no regresividad.
“Esto representa un retroceso en el nivel de protección alcanzado en materia de derechos de la niñez y adolescencia, lo cual pone en riesgo la posibilidad de reintegración social y desarrollo integral de los adolescentes en conflicto con la ley”.
CONTROL DIFUSO E INAPLICABILIDAD
Se señala que en el marco de sus funciones constitucionales, las juezas y jueces están facultados para ejercer control difuso e inaplicar esta ley cuando resulte contraria a la Constitución o tratados internacionales.
Finalmente, el Poder Judicial exige la pronta implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes y su reglamento, que incorpora mecanismos de justicia restaurativa, terapéutica y diferenciada, en concordancia con los compromisos asumidos por el Estado peruano en materia de derechos humanos.
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