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Guadalupe: Concejo Aprobó Pedido de Suspensión Contra Alcalde Castañeda Llanos

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Con cinco votos a favor y dos en contra, el concejo municipal distrital de Guadalupe aprobó el pedido de vacancia temporal, corregido a suspensión en el cargo, por 60 días, del alcalde Juan Castañeda Llanos por la presunta infracción del Art. 133 de la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM) al omitir la ejecución de las transferencias económicas para el sostenimiento de los servicios públicos delegados a los centros poblados de la jurisdicción distrital.

La sesión de concejo, convocada el 14 de agosto, se programó para a las 9.30 de la mañana de ayer y su desarrollo no estuvo exenta de momentos muy tensos, en los que incluso el peticionante, Jerry Leonardo Malón Aguilar, despidió en pleno acto a quien había acreditado como su abogado.

Accidentada previa

Con la asistencia de los siete regidores que junto al alcalde componen el concejo municipal, se procedió a preparar el inicio de la sesión.

El alcalde Castañeda Llanos leyó su Resolución 407-2023-MDG mediante la cual cede la dirección de la sesión extraordinaria de suspensión a la quinta regidora, Caroline Vargas Vera.

Apenas concluida la lectura, la primera regidora, Virginia Marlene Zamora Vera, tomó la palabra y pidió que un asesor legal de los regidores explique si la quinta regidora estaba facultada, de acuerdo a la LOM, para conducir la sesión de concejo extraordinaria.

Esto no ocurrió y la regidora Vargas Vera se limitó a pedir que la secretaria de la sesión lea el Art. 30 del Reglamento Interno del Concejo y Art. 20 de la LOM. Justificó que estando presente el alcalde, era procedente su designación.

Al no aceptarse la intervención del abogado de los regidores, estos hicieron un amago de retirarse de la sala, aunque solo se pusieron de pie, para luego volver a sentarse. Las opiniones de lo que se debía o no hacer en la sesión, a viva voz, del peticionante Malón Aguilar y comentaristas de medios de comunicación, provocaron una suerte de caos hasta que nuevamente se retomó la sesión.

Nuevamente se reavivó el griterío cuando la regidora Vargas Vera dio la palabra a la asesora legal de la MDG, Lilian Esther Cobián Gonzales. Pese a que intervino brevemente, no se le pudo escuchar, por el ruido generado por los regidores, y por los asistentes ubicados en el ambiente contiguo, y especialmente por Malón Aguilar, quienes comentaban en voz alta.

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Intervino el alcalde Castañeda Llanos para precisar que solo las partes podían intervenir, propiciando con ello mayores comentarios porque al pedir que intervenga la asesora legal de la MDG, se le atribuía la condición de defensora del alcalde, cuando su función es asesorar a la municipalidad.

En su intervención, la asesora legal precisó que su función en la sesión del 4 de agosto fue para orientar a todo el concejo, a fin de que no se cometa un ilícito que pudiera ser causal de vacancia de los regidores. En dicha sesión se resolvió la acumulación de pedidos relacionados a la suspensión del alcalde. Inmediatamente la regidora Vargas Vera dispuso la suspensión de la sesión por 5 minutos, “para que puedan guardar la calma y continuar con la sesión de concejo”.

Abogado despedido en vivo

Al retomar la reunión, la regidora encargada de la conducción de la sesión solicitó a la secretaria que verifique el quórum. Se pasó lista y con la asistencia plena se dio por instalada la sesión.

La primera regidora, Virginia Marlene Zamora Vera, volvió a referirse a la supuesta imposibilidad de que la quinta regidora, conduzca la sesión. Por su parte la aludida, regidora Caroline Vargas Vera, repitió los argumentos que en su análisis la habilitan para esa función.

Inmediatamente, Vargas Vera hizo referencia a un escrito presentado solo minutos antes, por el peticionante Malón Aguilar, por el cual acreditaba a su abogado John Vladimir Quiroz Valera.

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La regidora invitó que pase a la sala solo el abogado Quiroz Valera, lo que volvió a encender el caos en la sala, debido a que Malón Aguilar consideraba que debía estar presente, y más aún repetía que se estaba tergiversando el sentido de su carta, pues estaba acreditando a su abogado pero que sólo intervendría en el momento que él lo considere, pues él mismo deseaba sustentar su pedido de suspensión.

La regidora Margarita Loredo Vásquez pidió que se autorice el ingreso y participación de Malón Aguilar, pero no hubo respuesta. La discusión con acusaciones de uno y otro lado llegó a tal punto que la regidora Vargas Vera pidió se guarde respeto. Malón Aguilar respondió, “usted respéteme a mí. Usted está usurpando funciones. Yo la voy a vacar. La voy a hacer que la saquen para que se sienta usted con quién se está metiendo usted en esta ciudad”.

El abogado de Malón Aguilar empezó su intervención y dijo que fue presentado por su patrocinado para sustentar el pedido de suspensión. Malón le corrigió y dijo que él sustentaría y le daría la palabra cuando crea conveniente. Los ánimos se caldearon aún más y Malón, al considerar que la secretaria del concejo y la regidora Vargas Vera se reían de su intervención apuró la decisión y decidió en ese instante prescindir de los servicios del abogado.

Sustento del pedido

Malón Aguilar fue invitado a participar en el pleno. Dijo, que su pedido se enfoca en “corregir la mala administración municipal. No hay ningún interés político, ni que los regidores estén en contra del alcalde. Los regidores están cumpliendo su función de fiscalización (...) los únicos responsables directos de la mala administración municipal, y de la buena administración es el alcalde y sus gerentes (...), caso contrario el incumplimiento de esa mala administración deberán ser suspendidos (…)”.

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Añadió, “los regidores, la Ley Orgánica de Municipalidades les indica bien, que ellos son los responsables de la fiscalización (...) el señor alcalde y sus gerentes han incumplido respecto a los presupuestos que tenían que dar a los centros poblados. Existe una ordenanza municipal de San Pedro de Lloc que les da también a los alcaldes distritales y a los centros poblados, donde deben cumplir con los presupuestos que se les deben dar a los centros poblados. Sin embargo, la OCI le hace la observación, que lo ha visto, ha observado y ha pedido, con fecha 3 de abril que informe, dentro de tres días referente a las fechas, no ha indicado y ha incumplido y sin embargo los regidores desconocen de ese tema, no saben (...). En ese sentido, estamos para corregir, si hay que suspender, hay que suspender; porque los regidores como fiscalizadores tienen que hacerlo, y cumplir la ley, no están para mirarlo la ley (...), yo me dirijo al alcalde, porque el alcalde no está ausente, está acá, está aquí (...) en el sentido que él debe presenciar. Dice la Ley Orgánica de Municipalidades que él debe presenciar; que si él va a ser suspendido, él puede presidir, y si es posible quiere votar, puede votar, (...) eso quiero que entienda señorita Caroline (...) no puede hacer lo que usted quiere”.

Continuó con su sustentación diciendo, “lamentablemente el alcalde cometió un error. Su gerente le hizo cometer un error. ¿Dónde está el gerente? Yo quiero que acá esté el gerente, para decirle también que él va a ser suspendido, de acuerdo a ley, de acuerdo a las ordenanzas municipales de este distrito”. Dirigiéndose al alcalde agregó, “usted cometió el error con su gerente, de dar presupuesto fuera de fecha, está bien. Entonces, que el pleno del concejo haga su trabajo, (...), por favor el pueblo los ha elegido para que hagan una buena administración municipal (...) Pido al pleno del concejo que someta a votación la suspensión del señor alcalde porque por primera vez son 60 días. Hagan su trabajo de fiscalizadores y hagan que se cumpla la ley”.

Culpa a funcionarios

Por su parte el alcalde Juan Castañeda Llanos cuestionó el pedido de vacancia formulado por Malón Aguilar, en el sentido que luego fue modificado a suspensión. Consideró que no es posible que se le procese a alguien pidiendo una sanción y luego se le modifique en el camino.

A continuación, se refirió al Informe de Orientación de Oficio 017-2023-OCI/0421-SOO de la Contraloría respecto del hallazgo de una situación adversa al no haberse transferido los recursos económicos a los centros poblados. Agrega que se formulan recomendaciones para que se adopten acciones preventivas o correctivas. “No dice que se suspenda, ni en las conclusiones ni en las recomendaciones”.

Dijo que se cumplió con las recomendaciones de la Contraloría y se informó a esa instancia de esas acciones. Luego, dijo, OCI respondió al pedido de un ciudadano de Chepén respecto del estado de la situación adversa confirmando que se había corregido.

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El alcalde añadió que en enero no se transfirió a los centros poblados porque el acuerdo de concejo para habilitar firmas ante las entidades estatales y financieras fue del 6 de enero, y la transferencia era hasta el 5 de enero. El Foncomun, añadió, llegó a fines de febrero y es con ese recurso con el que se transfiere porque recursos de otros rubros son inciertos.

Trasladó responsabilidad a los funcionarios diciendo, “aquí el alcalde no es el pagador. Son los funcionarios, para eso son designados. Tesorería, presupuesto, son los funcionarios, sino me convertiría en pagador, estar pendiente de los trabajadores, de los servicios para pagar. Y no solo el alcalde, los regidores, están ustedes acá. Debieron ver que no se pagó, pero no dijeron nada. Es su función fiscalizadora”.


“Si dicen que el alcalde tiene responsabilidad por algo que no es responsable porque no es el que paga sino los fJUAuncionarios, ustedes debieron fiscalizar y decir no se pagó. No hay ningún documento que hayan dicho los mismos regidores.”

Concluyó que para la votación se debía considerar tres principios, el de razonabilidad; que haya un daño o un perjuicio económico; el principio de causalidad, en el que el responsable asuma la responsabilidad. En el criterio de Castañeda Llanos, dijo son los funcionarios. Agregó el principio de licitud.

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