Recibirán Sugerencias para Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica
El Gobierno dispuso que se publique el proyecto de “Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica y de Instrumentos para la prestación de los servicios de suministro de agua”, en la web de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).
Así lo determina la Resolución Jefatural Nº 230-2017-ANA que apareció publicada en El Peruano, edición miércoles 20.
En el artículo 1º se dispone “la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la prepublicación del proyecto de “Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica y de Instrumentos para la prestación de los servicios de suministro de agua”, en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob.pe, por diez (10) días hábiles, a fin que los interesados remitan sus aportes y comentarios a la siguiente dirección electrónica: [email protected]”.
En el siguiente, encarga al Grupo de Trabajo designado mediante Memorando N° 200-2017-ANA-J/SG, el análisis de los aportes y comentarios que se presenten respecto del proyecto de Reglamento señalado en el artículo precedente.
Y en el tercero, encarga al “Equipo Técnico conformado mediante Resolución de Secretaría General N° 041-2017-ANA-SG, que realice el análisis de calidad regulatoria del proyecto de Reglamento a que se refiere el artículo primero, una vez que le sea alcanzado el texto con la consolidación de los aportes recibidos”.
En la parte de considerandos se indica que “en concordancia con el proceso de simplificación administrativa que viene impulsando el Poder Ejecutivo, la Autoridad Nacional del Agua ha visto por conveniente realizar una actualización de sus normas, a fin de simplificar y optimizar los procedimientos administrativos de su competencia”.
Se refiere asimismo a que por su naturaleza, el proyecto normativo “requiere ser sometido a consulta para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, en concordancia con el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, que establece que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados”.
Indica que “una vez consolidados los aportes y comentarios presentados, corresponderá al Equipo Técnico designado mediante Resolución de Secretaría de General N° 041-2017-ANA-SG, que realice la evaluación del presente proyecto normativo, a fin de remitirlo a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros para su validación (…)”.
El Proyecto de Reglamento integra los siguientes Reglamentos:
- Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 892-2011-ANA;
- Reglamento para la Formulación y Actualización del Inventario de la Infraestructura Hidráulica Pública y Privada, aprobado por Resolución Jefatural N° 030-2013-ANA;
- Reglamento del Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas, aprobado por Resolución Jefatural N° 315-2014-ANA;
- Disposiciones para la elaboración, aprobación y supervisión de los Planes de Descargas de Embalses, aprobado por Resolución Jefatural N° 318-2016-ANA.
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