Jueza Declara Infundada Solicitud de Medida Cautelar Planteada por Trabajadores de Junta de Usuarios del Jequetepeque
Fue declarada infundada una solicitud de los trabajadores de la Junta de Usuarios Jequetepeque quienes demandaron una medida cautelar fuera de proceso pidiendo designar a un administrador para manejar las cuentas bancarias de la institución. La intervención, en modo de embargo, era para que el administrador priorice el pago de remuneraciones del personal.
Henry William Moncada Medina, como secretario general del Sindicato de Trabajadores de la JUJ, acudió al Juzgado Especializado Civil de la provincia de Pacasmayo planteando demanda de “pago de beneficios sociales y/o indemnización u otros beneficios económicos” de trabajadores sindicalizados y no sindicalizados. Moncada demandó en nombre de todos los trabajadores de la Junta.
Eso dio lugar al Exp. 00076-2017-64-1614-JR-LA-01. Con fecha 17 de julio, la titular del mencionado Juzgado, doctora Victoria Ramírez Pezo, emitió la resolución número uno, y fue notificada la semana pasada.

En su resolución, la jueza Ramírez Pezo explica que la demanda de medida cautelar fuera de proceso, planteada “tiene por finalidad que el juez se pronuncie específicamente sea de forma íntegra o parcial sobre lo que presumiblemente va a ser el pronunciamiento final en el proceso principal ordenando la ejecución preliminar de lo pretendido…”. La resolución precisa que la solicitud de Moncada se refiere a conceder “la medida fuera de proceso en la modalidad de embargo en forma de intervención en administración a tenor del artículo 674º del Código Procesal Civil”.
Agrega que el demandante formula el pedido de embargo “a fin de garantizar el pago mensual de las remuneraciones hasta que se regularice el reconocimiento de quienes serán los representantes de la Junta de Usuarios demandada debiendo designarse provisionalmente al administrador propuesto quien intervendrá en la ejecución de la presente medida cautelar, y realice todas las acciones, coordinaciones o transacciones para la transferencia de las sumas de dinero, se afecten las cuentas de la demandada exclusivamente, y como prioridad para el pago de las remuneraciones que se están adeudando a todos los trabajadores que demandan a la Junta de Usuarios argumentando que la entidad demandada a la fecha atraviesa una crisis de carácter organizacional y eleccionario (…) lo que ha ocasionado el adeudo desde el mes de abril del 2017 de los sueldos (…)”.
La magistrada falló indicando que el demandante “no ha logrado acreditar que su derecho resulte verosímil por cuanto no se ha determinado la obligación y de quien se a demandar por existir un proceso electoral pendiente de directivos, no se tiene a la vista modalidad contractual de los trabajadores, no se ha probado el órgano responsable del pago de las remuneraciones mensuales de los trabajadores que demandan del cual se pretende la intervención…”.
Señala que es “compleja la actividad probatoria a esta tutela sumaria cautelar” y en el presente caso se debe extremar el razonamiento jurídico a fin de verificar si los peticionantes gozan de una apariencia de derecho y deben emprender una actividad probatoria tendiente a acreditar que les asiste la razón, “no debiendo confundirse lo señalado con la certeza en el derecho reclamado puesto que la verosimilitud no sugiere que el juez evalúe la fundabilidad de la pretensión sino que considere que la pretensión del solicitante tiene un sustento jurídico que la hace discutible; por tanto y estando pendiente a instaurar su demanda principal aún no se prevé por la naturaleza del petitorio que su demanda vaya a ser estimada por cuanto se tiene que desplegar todo el acervo probatorio de las partes involucradas…”.
Por esas consideraciones su sentencia fue declarando infundada la solicitud de medida cautelar fuera de proceso solicitada por la organización sindical.
DETALLES
Las cuentas bancarias no pueden ser manejadas por Hugo Quilcate Sánchez, quien se mantiene en el poder pero sin representación legal. Para disponer de dinero, han dispuesto que el pago de las tarifas de agua se vuelva a realizar en las comisiones de usuarios. Pero no se sabe cómo se está manejando esto. Se habría gestionado, y conseguido, que las empresas agrícolas grandes paguen sus tarifas en las comisiones y no en entidad bancaria. Ese dinero, y el de otros agricultores, está siendo manejado por Quilcate. Pero no se está pagando a trabajadores.
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