San Pedro de Lloc  |  

Juez Dicta Prisión Preventiva Contra Dos Jóvenes de 18 y 21 Años

Tercer implicado es el comprador de una moto

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Ante los suficientes y fundados elementos de convicción presentados por el Ministerio Público, el Juez de Investigación Preparatoria de la Provincia de Pacasmayo, Luis Alejandro Pérez León, impuso la medida coercitiva de nueve meses de prisión preventiva sobre los imputados Esvi Eduardo Chuquivigel Casanova (21) y Luis Miguel Llatas Miranda (18) por la presunta comisión de los delitos de receptación agravada.

A Chuquivigel Miranda se le ha imputado además la presunta comisión del delito de posesión ilegal de municiones. Un tercer investigado, Juan Carlos Molina Díaz (38) permanece en libertad, sin embargo deberá acudir a juicio debido a que fue hallado en posesión de una de las tres motos lineales que Llatas Miranda tuvo en su poder, todas robadas en la ciudad de Trujillo.

[Banda Que Roba Motos en Trujillo Tiene Nexos en Provincia Pacasmayo]

En la audiencia celebrada este lunes 10, en horas de la tarde, los abogados de los dos inculpados afirmaron que sus patrocinados desconocían que las motos habían sido robadas. Resaltaron que tanto Esvi Eduardo Chuquivigel Casanova, como Luis Miguel Llatas Miranda no tienen antecedentes penales y tienen trabajo conocido. Chuquivigel Casanova labora en una empresa avícola y Llatas Miranda había trabajado en una empresa minera.

Añadieron que sus patrocinados no pensaron que las motos fueran producto de robo debido a que una de ellas contaba con tarjeta de propiedad y SOAT del verdadero propietario.

Municiones

En el caso de Chuquivigel Casanova que afronta también la presunta comisión del delito de posesión de municiones, su defensa postula que las tenía porque se dedica a recoger casquillos de municiones en un campo de tiro del Ejército Peruano, ubicado a unos 400 metros de la granja donde trabaja, a la altura del Cerro Chilco, en San Pedro de Lloc.

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Análisis del juez

El juez Pérez León opinó que las teorías de las defensas no son consistentes. En el caso de la adquisición de las motos por Llatas Miranda, este había señalado que se las vendió un sujeto de Trujillo al que solo conoce como “Chilalo”. Esto -dijo el juez- desvirtúa que no haya previsto que las motos provengan de un acto ilícito.

Nadie compra vehículos a un desconocido que no se identifica y que entrega los documentos de una moto de la cual él no es el propietario. Respecto de Chuquivigel Casanova señaló, no solo ayudó a vender la moto a Llatas Miranda, sino que él mismo la conducía y se la llevó a Molina Díaz para que la viera y pactaran el monto por la unidad motorizada.

En el caso de la tenencia ilegal de municiones, el magistrado cuestionó que Chuquivigel Casanova las haya recogido de un campo de tiro en la zona del Cerro Chilco. Si bien es cierto de comprobó que existe tal campo de tiro del Ejército, en una diligencia realizada por el Ministerio Público, no se halló ni un proyectil completo.

Un testigo, ofrecido por la defensa de Chuquivigel Casanova, para sustentar que recogía los casquillos y municiones para luego venderlos a los chatarreros, señaló que efectivamente lo acompañó dos veces, pero nunca vio que encontraran proyectiles sin percutir. Sí -declara- hallaron algunos casquillos. El juez consideró que la responsabilidad penal se cimenta en que quien posea municiones debe estar legalmente autorizado para hacerlo, y Chuquivigel Casanova no lo está. Se desconoce con qué fin tenía las municiones.

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Penas

Para Chuquivigel Casanova, se prevé que la pena podría ser de 6 años de prisión, si se confirma la responsabilidad penal por la tenencia ilegal de municiones y 4 años de prisión en el caso de la presunta comisión del delito de receptación agravada. En total sería un mínimo de 10 años de prisión.

En el caso de Llatas Miranda, se computan dos delitos de  receptación por las motos, serían 8 años de prisión, que acogiéndose a la responsabilidad restringida no sería menor de 4 años por lo que la pena igual sería efectiva.

Acogiendo la sustentación de la fiscal Taly Chayguaque Ventura, el juez de Investigación Preparatoria de la Provincia de Pacasmayo dispuso la medida coercitiva de prisión preventiva. 

Apelan

El juzgador señaló que los 9 meses solicitados eran razonables debido a que los delitos a investigar, de gravedad y de preocupación ciudadana, necesitarán de diligencias múltiples tanto en la localidad como fuera de esta, con otros dos involucrados. Añadió que se debe tener en cuenta que la etapa intermedia y el juzgamiento propiamente dicho se podrían programar en el transcurso de los siguientes dos o tres meses debido a la carga procesal existente.

La representante del Ministerio Público se mostró conforme con la resolución del juez, en tanto las defensas señalaron que apelarán la medida impuesta. Los imputados fueron puestos a disposición de la Policía Nacional para que sean trasladados al Penal El Milagro.

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