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Registros Públicos Tacha Inscripción de Directiva de Comisión Pueblo Nuevo

Sunarp Chepen

Registros Públicos de Chepén acabó con las cavilaciones en torno a la inscripción del nuevo consejo directivo de la Comisión de Regantes de Pueblo Nuevo y declaró tacha sustantiva por defectos insubsanables.

El registrador público Homero Rodríguez Carbajal de Sunarp Chepén dispuso la tacha del título 2017-00651564 que corresponde a la Comisión de Regantes de Pueblo Nuevo. 

Este es el camino que podrían seguir el resto de comisiones de regantes  y la Junta de Usuarios del Valle Jequetepeque, que no han podido subsanar las observaciones formuladas por Sunarp y no logran inscribir a los nuevos consejos directivos, debido a que el proceso electoral no se ajustó a las normas vigentes, desde la convocatoria hasta la ejecución y la declaración de resultados en actas respectivas.

La anotación de tacha ha recaído sobre el proceso iniciado por Rosa Nataly Arrelucea Leyva, en representación de la Comisión Pueblo Nuevo. Arrelucea se apersonó a Sunarp el 27 de marzo solicitando inscripción de nombramiento del consejo directivo.

 "En ese sentido se procede a la TACHA SUSTANTIVA del presente título, al contener defectos insubsanables que afectan la validez del acto (...) ".

Para Sunarp, la Comisión de Pueblo Nuevo ha incurrido en defectos insubsanables. Sunarp se refiere a que es su función, y la del Tribunal Registral, verificar la validez y la naturaleza inscribible del acto o contrato, así como la formalidad del título en el que éste consta y la de los demás documentos presentados.

Sunarp advierte que "en la constancia de segunda convocatoria del proceso eleccionario, en la transcripción de la misma no se indica hora de la primera, ni de la segunda convocatoria. Por lo tanto, no se puede determinar si ha cumplido con el quórum reglamentario establecido en la Ley N° 30157 y su reglamento DS N° 005-2015-Minagri, lo cual afecta la validez del proceso electoral".

Añade Sunarp: "En ese sentido se procede a la TACHA SUSTANTIVA del presente título, al contener defectos insubsanables que afectan la validez del acto, de conformidad con lo previsto en el artículo 42° del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos".

El registrador ha dejado asentado que "Es necesario tener en cuenta que el proceso eleccionario anterior fue declarado nulo, según resolución directoral N° 4861-ANA-AAA-JZ-V de fecha 23/11/2016 por lo tanto el proceso electoral cuya inscripción se solicita se habría llevado a cabo en primera convocatoria y no en segunda como se ha indicado".

Sigue: "Respecto a la constancia de quórum reingresada, se advierte que se indica el quórum correspondiente a la Junta de Usuarios del Sub Distrito de Riego Regulado Jequetepeque y de todas las comisiones, lo cual no es correcto, pues la constancia se tiene que referir en específico al quórum de la Comisión de Usuarios del SubSector Hidráulico Pueblo Nuevo".

"Asimismo, revisado el libro padrón se advierte que son 601 asociados hábiles de la Comisión de Usuarios del SubSector Hidráulico Pueblo Nuevo para concurrir a las votaciones y no como se indica en la constancia de quórum presentada".

La tacha ha sido emitida, luego que la Comisión Pueblo Nuevo tuviera oportunidad de levantar observaciones de Sunarp. 

Procede que los interesados interpongan apelación ante el Tribunal Registral, aunque se da por descontado que se impondrá la legalidad.

Las elecciones de comisiones y Junta de Usuarios se celebraron el 5 de marzo. 

Las observaciones han sido similares en el caso de las comisiones y la Junta de Usuarios que tramitan la inscripción de sus directivos en Sunarp San Pedro de Lloc. En tanto las organizaciones permanecen acéfalas, con campaña agrícola en marcha.

"se advierte que se indica el quórum correspondiente a la Junta de Usuarios del Sub Distrito de Riego Regulado Jequetepeque y de todas las comisiones, lo cual no es correcto".

Sigue: "Respecto a la constancia de quórum reingresada, se advierte que se indica el quórum correspondiente a la Junta de Usuarios del Sub Distrito de Riego Regulado Jequetepeque y de todas las comisiones, lo cual no es correcto, pues la constancia se tiene que referir en específico al quórum de la Comisión de Usuarios del SubSector Hidráulico Pueblo Nuevo".

"Asimismo, revisado el libro padrón se advierte que son 601 asociados hábiles de la Comisión de Usuarios del SubSector Hidráulico Pueblo Nuevo para concurrir a las votaciones y no como se indica en la constancia de quórum presentada".

La tacha ha sido emitida, luego que la Comisión Pueblo Nuevo tuviera oportunidad de levantar observaciones de Sunarp. 

Procede que los interesados interpongan apelación ante el Tribunal Registral, aunque se da por descontado que se impondrá la legalidad.

Las elecciones de comisiones y Junta de Usuarios se celebraron el 5 de marzo. 

Las observaciones han sido similares en el caso de las comisiones y la Junta de Usuarios que tramitan la inscripción de sus directivos en Sunarp San Pedro de Lloc. En tanto las organizaciones permanecen acéfalas, con campaña agrícola en marcha.

Tacha Pueblo Nuevo

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