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ANA Dictó Disposiciones Complementarias para Proceso Electoral de Usuarios de Agua

Minagri Ana

Fuente: Minagri

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) dictó disposiciones complementarias para la culminación de los procesos eleccionarios, a nivel nacional, de las organizaciones de usuarios de agua para el período 2017 – 2020. Lo hizo mediante Resolución Jefatural Nº 276-2016-ANA.

Dicha Resolución se publicó en El Peruano, el domingo 23. La precisión más importante para el caso del valle Jequetepeque, es que el mandato de los actuales directivos vence el 31 de diciembre del 2016.  Las elecciones para nuestro caso no han variado de fecha.

Con la RJ 276 se establece el cronograma para las organizaciones de usuarios que todavía no hayan constituido comité electoral y de impugnaciones, así como para aquellos que teniéndolos (caso parte alta del valle Jequetepeque) no tienen aún inscritas listas para todas las organizaciones.

En la parte resolutiva  se consigna que el padrón electoral “comprende a las personas inscritas en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua y aquellas que reciben el servicio de suministro de uso de agua de las Juntas de Usuarios de manera pública, pacífica y continua”.

Determina que dicho padrón deberá estar validado por la Onpe y contendrá el nombre y número de DNI de los electores. La ALA aprueba el padrón validado por la Onpe en un plazo máximo que vence el 04 de noviembre. Copia del padrón será publicado en el local de la Junta de usuarios y de la ALA, así como en el portal electrónico de la ANA. Una vez aprobado, no se podrán incorporar nuevas personas al padrón electoral.

Establece que para el caso de “Los usuarios constituidos en personas jurídicas, las sucesiones y otras formas de patrimonio autónomo participan a través de su representante acreditado con documento en el que conste el poder o representación vigente para intervenir.”

En el Título III referido al caso de juntas de usuarios con comités electorales y de impugnaciones instalados, se determina que éstos “continuarán con el proceso electoral, según el cual la fecha máxima para la culminación vence el 30 de noviembre del 2016”.

Para el caso de Comités electorales y de impugnaciones sin listas de candidatos inscritas, se fija el nuevo cronograma estableciendo que se podrán presentar listas de candidatos hasta el 15 de diciembre de 2016; el acto del sufragio será del 15 al 31 de marzo 2017.

El Artículo 9°.- Inicio de funciones de los directivos electos, precisa: 

“Los directivos electos se integrarán a las sesiones de la Junta Directiva en funciones, para efectos de tomar conocimiento del funcionamiento organizacional, sin voz ni voto y coordinar acciones necesarias para la transferencia del cargo, que se efectuará a más tardar el 31 de diciembre del 2016, fecha en la cual la directiva saliente deberá hacer entrega de cargo de bienes patrimoniales, documentación, y estados financieros y otros aspectos relacionados con la organización, suscribiéndose el Acta respectiva.”

En Disposiciones complementarias finales se indica que “Los usuarios no agrarios eligen, en un solo acto, los representantes que integran el Consejo Directivo de la Junta de Usuarios conforme establece el artículo 90° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.”

Sobre los gastos que demanda el proceso se estipula: 

“que las juntas de usuarios o sus respectivas comisiones se encuentran obligadas a solventar los gastos que demande el proceso electoral sustentado en un plan de trabajo o en su defecto, restituir de forma inmediata todos los gastos incurridos para la realización del acto electoral.”

Otra disposición a tener en cuenta es la que precisa: 

“La junta de usuarios deberá imponer una sanción económica a aquellos miembros titulares y suplentes del comité electoral y del comité de impugnaciones, que incumplan con ejercer el cargo y funciones para los cuales fueron elegidos.”

La resolución es firmada por Abelardo de la Torre Villanueva, jefe de la ANA.

RJ 276-2016-ANA

Autoridad Nacional del Agua (ANA)

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