Pacasmayo  |  

Conducir en Estado de Ebriedad es Delito Flagrante

Conductor ebrio puede terminar en la cárcel

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Víctor Ticona

Fuente: Archivo Poder Judicial

El presidente del Poder Judicial, doctor Víctor Ticona Postigo, advirtió hoy a la ciudadanía que conducir en estado de ebriedad constituye un delito flagrante que puede ser sancionado con penas de prisión.

Precisó que en los 30 primeros días de vigencia del Decreto Legislativo N° 1194, sobre procesos inmediatos en casos de flagrancia, se han registrado 292 procesos en las 33 cortes superiores del país. Entre los procesos figuran conducir en estado de ebriedad o drogadicción.

Conducir en estado de ebriedad representa cerca del 50 por ciento de la carga procesal penal en todo el país, junto con omisión de la asistencia familiar.

Ante la proximidad de la fiesta de fin de año los ciudadanos deben abstenerse de conducir cualquier tipo de vehículo si ingirieron alcohol para evitar accidentes de tránsito y problemas con la justicia.

Al referirse a la prevalencia de este delito, Ticona informó que junto a la omisión a la asistencia familiar, representa cerca del 50 por ciento de la carga procesal penal en todo el país.

Explicó que la mayor incidencia de casos se presentan en los Distritos Judiciales de Lima, Callao, Arequipa, Trujillo, Cusco y Puno, en donde, incluso, se han dictado penas agravadas de acuerdo con el Código Penal vigente.

Ticona Postigo destacó que los juzgados de flagrancia, impulsados por su gestión, vienen tratando con firmeza, rapidez y eficacia este tipo de delitos, al igual que aquellos relacionados con la delincuencia común.

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