San Pedro de Lloc  |  

Alcalde Aldea Respondió a Queja en Vacancia de Regidor Castro

El alcalde provincial de Pacasmayo, Roland Aldea Huamán, se dirigió al JNE absolviendo traslado de la queja presentada por Freddy William Ventura Carlos en relación al pedido de vacancia contra el regidor de la MPP, José Manuel Castro Huamaní.

Ventura Carlos presentó Queja por defecto de tramitación ante el JNE y éste corrió traslado de la misma al burgomaestre provincial dándole tres días de plazo para que absuelva. El 26 de agosto apareció publicado en la página web del JNE, el Escrito 03 correspondiente al Exp. J-2015-00230-Q01.

El expediente remitido por la MPP consta de un total de 178 folios. En lo básico, la respuesta de Aldea Huamán es que el 15 de julio 2015 se realizó la sesión para debatir el pedido de vacancia contra el regidor José Manuel Castro Huamaní, declarándose fundado.

Habla de sesión ordinaria pero...

El 11 de agosto se convocó a “sesión ordinaria” de concejo para el día 13 de agosto con el fin de que el Pleno apruebe el acta, explica en su documento.

Fundamenta su respuesta en que “Debe aclararse que el desarrollo de la vida de los órganos colegiados como son los concejos municipales se encuentran regulados en los arts. 95 y siguientes de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo…”.

A partir de allí explica que la aprobación del acta no se hizo en la misma sesión en la que se votó la declaratoria de vacancia del regidor Castro Huamaní, sino que ésta recién fue aprobada en la siguiente sesión ordinaria de concejo realizada el 13 de agosto “y, además, el pleno del concejo tampoco autorizó la ejecución inmediata de lo acordado”.

Invoca también al Reglamento Interno del Concejo, modificado por Ordenanza municipal 001-2015 del 27 febrero de este año. Refiriéndose a determinados artículos indica que existe una regulación especial para la aprobación de las actas de sesiones del concejo de la MPP- San Pedro de Lloc. Subraya: Para la validez es necesario que sean aprobadas para ser notificadas, de lo contrario se incurriría en causal de nulidad.

“En aplicación de la normatividad antes señalada, este despacho procedió a convocar a sesión ordinaria la misma que se realizó el día 13 de Agosto”, reitera el burgomaestre.

Concluye: “Que, por las consideraciones antes expuestas, queda perfectamente demostrado que en el presente procedimiento administrativo de vacancia, esta administración ha actuado conforme a ley y que este aún no ha consentido por encontrarnos dentro del plazo legal para que las partes puedan interponer los recursos impugnatorios que la ley les franquea, en consecuencia la queja formulada por el ciudadano Freddy Willian Ventura Carlos debe ser declarado INFUNDADO en todos sus extremos”.

Grueso error

Hay que anotar el error que contiene la comunicación remitida al JNE, pues la aprobación del acta no se hizo en sesión ordinaria, sino en asamblea de carácter extraordinario convocada por el alcalde Aldea. Parece que ni quien redactó el documento, ni quien lo firmó repararon en ese "error".

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