San Pedro de Lloc  |  

Contraloría Aún No ha Emitido Informes Sobre Idoneidad de Nuevos Funcionarios de Confianza

Oci mpp enero 2023

Llama la atención que a la fecha, los órganos de control institucional (OCI) de las Municipalidades de Chepén y de San Pedro de Lloc no hayan publicado informes respecto a la idoneidad en la designación de los funcionarios de confianza en las municipalidades provinciales de Chepén y Pacasmayo, ni en las distritales de Pacanga, Pueblo Nuevo, Pacasmayo, Jequetepeque, Guadalupe y San José.

Con los nuevos gobiernos locales se han implementado cambios en las gerencias, subgerencias y jefaturas, por lo que corresponde verificar la legalidad de las designaciones, a fin de garantizar que se cumpla con los perfiles de los puestos.

Hasta el miércoles 22 no existen informes publicados al respecto en la web de la Contraloría; como sí se tiene del OCI del Gobierno Regional La Libertad.

Las normas

Entre las normas regulatorias se tiene al Decreto Supremo N.°040-2014-PCM que aprueba el Reglamento General de la Ley n.°30057 Ley del Servicio Civil, vigente desde el 14 de junio de 2014. En el Capítulo V respecto a Servidores de Confianza, Artículo 263°, ingreso de servidores de confianza señala: “El servidor civil de confianza ingresa al servicio civil sin concurso público de méritos. Debe cumplir con el perfil del puesto en función de conocimientos y experiencia y no están sujetos a período de prueba. El no cumplimiento del perfil acarrea responsabilidad administrativa para la entidad (...)”.

La Ley N° 31419, que establece las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, publicada el 15 de febrero de 2022. Y su Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el reglamento.

Además se tiene la Ley 31676, que modifica el artículo 381 del Código Penal referido al “nombramiento, designación, contratación, encargatura o aceptación ilegal del cargo”.

Esta ley, publicada en enero 2023, establece que “El funcionario público que nombra, designa, contrata o encarga a persona en quien no concurren los requisitos legales para un cargo público, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con 60 a 120 días-multa. El que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales será reprimido con las mismas penas”.

Dato

Las gestiones municipales anteriores se aprovecharon de los cargos de confianza para designar como funcionarios a personas sin estudios técnicos, ni profesionales, ni experiencia en la gestión pública o privada.

Los hechos, que permanecen en el recuerdo de los ciudadanos, no merecieron la intervención del órgano de control, ni de los regidores que tienen como una de sus funciones ejercer fiscalización.

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