Ordenanza Municipal N° 011-2017-MPP Municipalidad Provincial de Pacasmayo

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACASMAYO
SAN PEDRO DE LLOC


ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2017-MPP


San Pedro de Lloc, 27 de junio del 2017


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACASMAYO:
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de junio de 2017, el Informe N° 238-2017-UR/MPP, de fecha 27 de junio del 2017, suscrito por la Bach. Delmy Sarita Castro Mendoza, Jefe de la Unidad de Rentas, de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo y el Informe N° 543-2017-MPP, de fecha 27 de junio del 2017, de la Sub Gerencia de Asesoría Legal, y;

CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, concordante con el artículo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó lo siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGIMEN EXCEPCIONAL DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL POR FIESTAS PATRIAS

CAPITULO II
MATERIA DE ACOGIMIENTO
EXONERACIÓN DE INTERESES MORATORIOS POR CONCEPTO DE IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS Y MULTAS TRIBUTARIAS

Artículo 4°. Beneficio de Exoneración de Intereses Moratorios de Impuesto Predial, Arbitrios y Multas Tributarias.
El Beneficio de Exoneración de Intereses Moratorios de Impuesto Predial, Arbitrios y Multas Tributarias se otorgará siempre que se efectúe el pago íntegro y al contado de total del impuesto predial insoluto y arbitrios municipales de todo un ejercicio fiscal adeudado, y en el caso de la Multa Tributaria se deberá pagar el total de su insoluto, dentro de la vigencia de la presente ordenanza.
DESCUENTO POR PRONTO PAGO 2017
Artículo 5°. Beneficio de Descuento por Pronto Pago 2017 al pago de Impuesto Predial y Arbitrios.
El beneficio de descuento de los arbitrios municipales de limpieza pública y áreas verdes se otorgará en función al ejercicio fiscal 2017, siempre que se efectúe el pago íntegro y al contado de total del impuesto predial insoluto y arbitrios municipales dentro de la vigencia de la presente ordenanza, de acuerdo al siguiente detalle:
EJERCICIO FISCAL % DESCUENTO
2017 15% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago total de arbitrios del 2017, además del pago del Impuesto Predial de todo el ejercicio 2017.
DESCUENTO EN PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES AL 2016
Artículo 6°. Beneficio de Descuento en arbitrios municipales por el PAGO TOTAL de Impuesto Predial y Arbitrios para deudas comprendidas de todos los años de deuda hasta el año 2016
El beneficio de descuento de los arbitrios municipales de limpieza pública y áreas verdes se otorgará en función que se efectúe el pago íntegro y al contado de total del impuesto predial insoluto y arbitrios municipales de toda la deuda comprendida hasta el año 2016, por lo cual se realizará el descuento de arbitrios según el siguiente detalle hasta la vigencia de la presente ordenanza.
EJERCICIO FISCAL % DESCUENTO
2016 40%
2015 50%
2014 60%
2013 70%
2012 80%
2011 hacia atrás 90%
Artículo 7°. Beneficio de Descuento en arbitrios municipales hasta el año 2016 al pago de Impuesto Predial y Arbitrios.
El beneficio de descuento de los arbitrios municipales de limpieza pública y áreas verdes se otorgará en función al ejercicio fiscal adeudado, siempre que se efectúe el pago íntegro y al contado de total del impuesto predial insoluto y arbitrios municipales dentro de la vigencia de la presente ordenanza, de acuerdo al siguiente detalle.
EJERCICIO FISCAL % DESCUENTO
2016 30% en el pago total anual de
los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago total de arbitrios del 2016, además del pago del Impuesto Predial de todo el ejercicio 2016.
2015 40% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago total de arbitrios del 2015, además el pago del Impuesto Predial de todo el ejercicio 2015.
2014 50% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago total de arbitrios del 2014, además el pago del Impuesto Predial de todo el ejercicio 2014.
2013 60% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago total de arbitrios del 2013, además el pago del Impuesto Predial de todo el ejercicio 2013.
2012 70% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago total de arbitrios del 2012, además el pago del Impuesto Predial de todo el ejercicio 2012.
2011 hacia atrás 80% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago total de arbitrios del ejercicio en deuda, además el pago del Impuesto Predial de todo el ejercicio 2011 o el que le corresponda, según el ejercicio fiscal adeudado.
Artículo 8°. Beneficio de Descuento en arbitrios municipales hasta el año 2016 al pago de Arbitrios.
El beneficio de descuento de los arbitrios municipales de limpieza pública y áreas verdes se otorgará en función al ejercicio fiscal adeudado, siempre que se efectúe el pago íntegro y al contado del total de los arbitrios municipales, dentro de la vigencia de la presente ordenanza. El detalle del descuento según ejercicio fiscal se presenta a continuación:
EJERCICIO FISCAL % DESCUENTO
2016 10% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago de arbitrios de todo el ejercicio fiscal 2016.
2015 20% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago de arbitrios de todo el ejercicio fiscal 2015.
2014 30% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago de arbitrios de todo el ejercicio fiscal 2014.
2013 40% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago de arbitrios de todo el ejercicio fiscal 2013.
2012 50% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago de arbitrios de todo el ejercicio fiscal 2012.
2011 hacia atrás 60% en el pago total anual de los arbitrios municipales, para aquellos contribuyentes que efectúen el pago de arbitrios de todo el año 2011 o el que le corresponda, según el ejercicio fiscal adeudado.
DISPOSICIONES FINALES
...
TERCERA.- Los Beneficios Tributarios contenidos en la presente Ordenanza, tendrán vigencia a partir del día siguiente de su publicación, hasta el 31 de julio del 2017.
POR TANTO:
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 5 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, ordeno;

REGÍSTRESE, COMUNIQÚESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en San Pedro de Lloc, a los veintisiete días del mes de junio del 2017.

Roland Rubén Aldea Huamán
ALCALDE

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