Comunicado por construcciones ocupando vía pública
Municipalidad Provincial de Pacasmayo – San Pedro de Lloc
COMUNICADO N° 012-2016-OII-MPP
La Municipalidad Provincial de Pacasmayo – San Pedro de Lloc, hace de conocimiento de la comunidad de manera especial para aquellos que están ejecutando construcciones de viviendas u otros utilizando la vía pública. Teniendo en consideración la Ordenanza Municipal N° 003 – 2009 – MPP, en la cual se indica que:
La presente Ordenanza regula el uso y ocupación de la vía pública con materiales de construcción y/o desmonte, de las edificaciones que se ejecutan en el Distrito de San Pedro de Lloc, con la finalidad de evitar molestias a los vecinos, el deterioro de las vías y área públicas, y la interferencia del libre tránsito peatonal y vehicular.
En el proceso de construcción de edificaciones que cuenten con la Licencia de Obra o Comunicación de Trabajos de Acondicionamiento y Refacción, se podrán usar las áreas de dominio público, previa autorización municipal temporal, únicamente para la acumulación de desmonte y materiales de construcción
Solamente se podrá usar el 50% del ancho de la vereda, previa autorización por parte de la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura, colocando un cerco de protección debidamente pintado para que sea visible y no afecte el ornato de la calle.
Para el uso de la vía pública en cualquier caso:
- El desmonte para poder ser acumulado en la vía pública, deberá estar embolsado (bolsas de cemento o de polietileno), debiendo ser eliminado después de 48 horas de acumulado en la vía pública, dentro del horario permitido para ejecutar obras de construcción (7.00 a 18.00 horas) bajo apercibimiento de ser recogido por la municipalidad cuyo costo será asumido en su totalidad por el infractor.
- Si el volumen del desmonte no es posible acumularlo en bolsa, se podrá usar la berma, no pudiendo permanecer más de 24 horas en días laborables.
Los infractores de las disposiciones establecidas en la referida Ordenanza serán sancionados con Multa y con medidas correctivas.
Por lo tanto todas las personas que han depositado materiales de construcción en la vía publica deben de ceñirse a la ordenanza indicada recogiendo los materiales y desmonte caso contrario se harán acreedores a las sanciones correspondientes.
OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

