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Miércoles, 22 de Agosto del 2012 *_
JNE se rectifica y repone a Santos Cerna
en alcaldía de municipalidad de Pacanga
Malca Estela deberá volver a ejercer primera regiduría.
Se acordó que caso motivo del pedido de vacancia sea trasladado a Contraloría
Por mayoría —pero sin unanimidad respecto a los fundamentos-
el JNE dio marcha atrás en su anterior resolución y ordenó
reponer a Santos Apolinar Cerna Quispe en la alcaldía de la
municipalidad de Pacanga restituyéndole su credencial para el
periodo 2011-2014. Elmer Malca Estela deberá volver a su ejeracio
como primer regidor y se deja sin efecto la credencial de regidora
que se otorgó a Blanca Victoria Chacón Chávez, quien fue
convocada al asumir Malca Estela la alcaldía.
El tribunal electoral ha quedado, sin embargo, con la
duda respecto de la transacción que sustentó el pedido de
vacancia planteado por Raymundo Hurtado Olivos y decidió
remitir “copia del expediente a la Contraloría General de la
República para que analice los actuados conforme a sus
atribuciones y legales”.
Este es el resumen de los seis artículos contenidos en la
Resolución 00660-2012-JNE que se hizo pública ayer, poniendo
fin al proceso de vacancia del alcalde Cema Quispe quien retoma
al cargo siendo probable que hoy o mañana, reasuma funciones
E de la algarabía de sus parciales y de los empleados de
confianza que celebraban, desde ayer, al conocerse la
decisión del colegiado electoral.
En el artículo primero de la citada resolución se declara
fundado “el recurso extraordinario por afectación al debido
proceso y a la tutela procesal efectiva interpuesto por Santos
Apolinar Cerna Quispe y NULA la Resolución No. 0628-2012-
JNE”,
Enel segundo declara infundado el recurso de apelación
interpuesto por Rolando Raymundo Hurtado Olivos, y confirma
el Acuerdo de Concejo N* 025-2011-MDP/A, que rechazó su
solicitud de vacancia de Cerna Quispe, por haber incurrido en la
causal prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley N* 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades.
Los magistrados Hugo Sivina Hurtado (presidente), José
Humberto Pereira Rivarola y Baldomero Elías Ayvar Carrasco
votaron por declarar fundado el recurso extraordinario. El único
voto en contra fue el del juez José Luis Velarde Urdaniia.
LAS RAZONES DE LOS JUECES
La argumentación de Cerna Quispe es conocida. Veamos los
considerandos del colegiado electoral para emitir su fallo. Es de
notar que no hubo uniformidad de criterios, lo cual explica la
demora para emitir el fallo y encontrar mayoria.
Dice la resolución que "Constituye uno de los principales
argumentos del recurso extraordinario la inexistencia de
referencia alguna en la Resolución N* 0628-2012-JNE, resuelto
por mayoría, sobre ta alegada improcedenaa de la solicitud de
vacancia por tratarse de hechos (la venta del bien inmueble a la
Municipalidad Distrital de Pacanga) que ocurrieron en el año
2008, en momento en que si bien el ciudadano Santos Apotinar
Cerna Quispe era alcalde, el ejercicio de su cargo se hacía en
virtud a su elección para el periodo municipal 2007-2010, distinto
del actual”.
Agrega que de la revisión de la citada resolución, se
advierte que solamente los votos singulares suscritos por dos
magistrados se refieren a dicho argumento. Avala el alegato de
Cera de que, según la jurisprudencia, no se puede fundamentar
la vacancia en hechos ocurridos con anteriondad al penodo
municipal en que el alcalde ejerce sus funciones, sin que esa
razón haya tenido respuesta en la deasión susarkta por la mayoria
del Jurado.
Indica que eso ha determinado fa existencia de un vio
Presidente de JUSDRRJ guarda silencio
Agricultores reclaman explicaciones
- Abogado Martín Castillo dijo que obró con consentimiento de directiva
- Dirigentes aseguran que ellos no conocían del poder otorgado a favor de Castillo
Qu declaración ofreció el presidente de la JUSDRRJ, César
Galo Rodríguez Castañeda, para explicar el acuerdo de
transacción por el cual se avienen al pago de la indemnización
de un millón 650 mil nuevos soles a favor de Compañia Agricola
General S.A. A través de ese acuerdo han renunciado a
continuar el proceso a fin de dejar liberadas sus cuentas
bancarias embargadas por
esa suma, en forma de
retención,
Diario Ultimas
Noticias ha intentado,
desde el lunes en horas de la
tarde, obtener la declaración
del dirigente de los usuanos.
Ese día, telefónicamente, se
disculpó de no poder
atendernos manifestando
que estaba “ocupadito”.
Ayer buscamos
nuevamente su versión
aprovechando su presencia
en el Jugado Civil de San h
Pedro de Lloc, adonde llegó
alrededor de las 11 am, en una camioneta color blanco hace
poco adquirida por la Junta Llegó can otras dos personas,
entre elas el tesorem Gdmar Cabanillas quien también guardaba
reserva sobre el terna Cabanillas converso luego can el
preradente de la Comesón de Regantes de San Pedro Ronald
Espinoza. quien legó al advertir la presencia de este dinoentes.
Rodriguez CarLañeda nos pidió que lo esperasemos
mientras cumpla con realizar unas dibgencias Subo y DIJO en
vanas OLAsiones (al par sacando copias del expedientes,
hasta que ya para retirarse, alrededor de las 12.05 del medio
día, lo volvimos a abordar confiados en que haria deciaraoones
conforme nos había ofrecido explicando lo obrado por su
directiva. Con inocultable enfado dijo que no declarara. Nuestro
redactor tomó algunas fotos cuando salia del Juzgado y eso le
pareció mal al dirigente quien nos reclamó diciendo que él no
habia autorizado que lo
fotografiásemos. Olvida que como
dirigente es un hombre público y
estaba en lugar público, en la cae,
por lo que nada impide cumplr con
huestro trabajo.
Ademas, mteresa que aclare 9 es
gerto como comentan algunos de
sus allegados y contradice el
abogado de la Junta- que él no
conocía del acuerdo
Supuestamente recién obterás ina
copia en el juzgado El dingente
tendrá que dar explicaciones a los
mies de usuanos,
SORPRESA £ INDIGNACION
La mtormeción que ofrecrmos en
nuestra edicion de ayer csusó sorpresa e 0dignanión Entre las
agrrultores del wie e mcluzo entre dingentes allegados $
presarier te que en des antenores versa sostenendo que tema
la seguridad de ganar el juicio y Goc no paña pagare 64
suma porque aoctara ne solo a la Jufita NC 8 COMADRONES, de
ALA, Opera, etc
ingentes aseguraron a nuestro Diano -
Inexpicabke silencio de
Galo Rodnguez,.
ryante
Alguno:
pidndo pur El maca do ens
mésonator que e presadente haba
lentadad queno fueros
tagedo poderes yy
Que invalida la decisión plasmada en la Resolución 0628, del 26
de junio de 2012, “por cuanto se ha ormtdo el debes de motivación
exgible a todo organo junsdiacional y a cada uno de sus meernbros”,
Consideran que "la constatación de una resolución
carente de motivación conlleva, necesanamente, ta nulidad del
acto viciado ” y que en este caso, la mencionada resolución
“deviene en nula, por lo que corresponde su revocación, asi
como retrotraer el procedimiento al momento anterior al vicio
presentada, esto es, a la emisión de la atada resolución”.
DISCREPANCIAS
Otros considerandos anotan que en este caso “si bien tres
magistrados son de la opinion de que el recurso de apelación
debe ser declarado infurmado (...) no exrste, sn embargo,
consenso en las razones que lo sustentan”, Explica que "como
es de observarse de los votos angulares sobre la resotución que
se revoca (la 0628), dos magistrados des Pleno del Jurado Naconal
de Elecciones son de la opinion de que se declare mfundado el
recurso de apelación interpuesto contra el Acuerdo de Concejo
N? 025-201 1-MOP/A, aunque por razones diversas: a) uno
porque, de acuerdo a la jurisprudencia constante, el Supremo
Tnbunal Electoral no puede soltarse la vacanaa del cargo de
alcalde o regidor sustentándose en hechos araeados en antenor
periodo municipal ejercido por la autondad reclegida; y b) el
otro, porque, negando tal posabilidad, debe ingresarse a conocer
hechos anteriores, solo que en ej presente caso no se encuentra
probada la infracción al artículo 63 de la Ley N* 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, En otras palabras, s bien ambas
coincidieron en que el recurso de apelación debió dedararse
infundado, cada uno la hace por argumentos distintos”
Indica: “Similar situación se genera en la presente resolución
(00660), en la que ambos magistrados mantienen su parecer,
adicionalmente a ellos el voto del nuevo magistrado ntegrado el
3 de julio de 2012. Por ello, se ha formado una nueva resolución
en mayoría, comcidente en et hecho de que el recurso de
apelación subyacente a la declaración de nulidad del
pronunciamiento recumdo, por la cual el recurso de apelacon
debe ses declarado mfundado.
SIGUE PAG. SIGUIENTE
abogado Martin Castillo Olazo. Ai parecer, Rodriguez
Castañeda habria manifestado a algunos drrectivos que el no
autonzo tal acuerdo y estaria buscando como dejarlo sn efecto,
lo cual sería complicado, pues Castilo Olazo habria actuado
eca un podes amplio que tenia vigencia
Según se ha conocido, el documento del acuerdo de
transacción ya ha sido presentado al Juzgado con pleno -
consentramento del demandante y demandado debidamente
acreditados al momento de hacer el pedido y esta a la espera
que sea aprobada por el luez
CASTILLO AFIRMA FUE AUTORIZADO
Otra comunicación intentada par nuestro Diario fue con el
abogado Martin Casto Olazo. Ayer, al conocer nuestra
información nas lamnó. Defendió la transacción que frio porque
dio, tenía que hacerse parque la queja presentada en ba tercera
sala ya hobia silo declarada infundada y la mas favorable para
la Junta era el acuerdo.
Aseguro que procedió a firmar el acuerdo de
trensacción porque así se convino con la directiva y se le
autorizo. Dio que él cbró con consentimento del presidente y
de algunos directos. Ellos saben bien de esto, Hijo, dando a
entender que ño se explica porque ahora se sorprenden.
DELEGADOS MOLESTOS
Ronald Murrugarra, directivo de la Comrsión de Regantes San
Pextre de Lloc comentó que en asambiea en la que se aprobó el
balance del pramer semestre, palio al presidente de la Junta
intormáse sobre cómo estaba ese proceso, pues conodan de
ha sentenco consenteda y reciamatan explicaciones. Dijo que
tuzo el pedxto recogiendo le preocupación de 105 agrr ultores
de su sector.
que estaba at ei abogado Casio Ofazo quier
y bien encarnado y que se volvería 3
un ? asamblentas, todo lo que
nó Carts tu aretado por el presidente Gata ROGQUeZ y
aña sn
3 cados sampedranos na des
eegros asamilentas, 81108 QUE
rudo a favor de la Junta
có que la organización
EMO ve hor
: dieron que el juoo
armado duras, orticas el conocer al deLenñaoe del paco.