Edición Martes 21, Agosto 2012

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Regidores de Je... ,
piden que att:
| sea entregado a Fis:
es Un hombre de 27 años fallece
trágicamente en accidente de
m. carretera

DIARIO


Abogado firma acuerdo con demandante. JU)
pagará S/.1 millón 650 mil y renuncia a reclamos

30 setiembre Consulta Popular de Revocatoria

JEE invoca cumplir
reglamento de propaganda
realizar campaña con respet.
“Jurado Electoral Especial de Trujillo (JEE T), emitio comunicado en el
marco del “Proceso de Consulta Popular de Revocatonia del Mandato de
Autoridades Municipales del 2012”, reiterando "firme proposito por fortalecer
la convivencia pacifica y los valores democráticos en nuestro pais”. Y
exhortando a los promotores y a los gobernates en consulta, cumplir
estrictamente con lo dispuesto en las normas electorales, especialmente
con el reglamento de propaganda electoral, desarrollando una campaña de
respeto mutuo, y aceptando resultados electorales.
La consulta popular de revocatona esta prevista para el domingo
30 de setiembre, es decir dentro de menos de 6 semanas. En nuestra
jurisdicción del Valle, solo los ciudadanos del distrito de Jequetepeque
acudirán a las urnas. Serán sometidos a la consulta el alcalde y los cinco
regidores.
ELJEE-T ha especificado: que el incumplimiento del Reglamento de
Propaganda Electoral origina multas que oscilan entre 30 y 100 Unidades
Impositivas Tnbutarias (UNT)
Agrega que el “Reglamento de Publicidad Estatal en Periodo Electoral
establece que desde la fecha de la convocatona y hasta la proclamación de
los resultados electorales queda suspendida la difusion de publicidad que
efectúan las entidades del Estado, en cualquiera de sus niveles (.. ) En caso
de incumplimiento, el titular del pego podrá ser sancionado con multas que
oscilan entre 30 y 100 Unidades Impositivas Tributarias”
Asimismo sobre la campaña electoral invoca "que predomine el
respeto mutuo entre promotores y autoridades en consulta así como el
respeta a las buenas costumbres, dejando de lado insultos, ataques
personales u otra mas de violencia"
ELJEET está ubicada en Calle Marcial Acharán 405, Urb. Las
Quintanas, Trujillo, teléfono 254448
El abogado Marco Antonio Vigo Quiro? se desempeña como el
secretario jurisdiccional del JEE-T.




rea ' 2eNosá TE SS
¡Ei Mino ¡esús de Mas de medio millar de
Praga celebra jóvenes participaron en
59 añus encuentro cristiano

Con una pasacalle anunciando el programa
de aniversario, comenzaron las actividades
por el 69 aniversario de la 1El 177 "Niño Jesús
de Praga".
Los niños llevaron en hombros la
imagen de su patrono, y mostraron diversos
disfraces.
Diversas actividades se desarrollarán
durante la semana, con participación de
profesoras y padres de familia.

Alrededor de 600 jovenes de las parroquias de Pacasmayo,
San Pedro de Lloc, Jequetepeque y San Jose inundaron de
fe las instalaciones del coliseo municipal! sampedrano con sus
oraciones y cantos de alabanza al Señor. Acompañados de
. SUS respectivos sacerdotes, los padres Juan Jose Lydon y
Rogelto Agrianzen y Pacasmayo), Juan Pitta (San Pedro) y
Santos Quinde ¿San Jose). los jovenes se concentraron el
domingo, hasta finalizar el atardecer.
Acudieron al armado del Arzobispado que conwocó
al Encuentro Juvenil. Cada parroquia ofrecio un saciodrama
sobre valores de la vida cnstisna en el mundo del joven de
boy. Los actores fueron les propios jovenes que enfocaron
ki problematica que los afecta y de cómo pueden enfre:tar
alos pehgros del mundo actual afirmándose en sus valores.
El grupo tuvend de Pacasmayo apoyo con la musica y tambien
musicos del Departamento de Pastoral Juvend de la
Arquihidcesis.
A las 5 de la tarde se culmino el encuentro con la adoración
al Santisimmo y la celebración de una Misa.


|
y
b

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ATENCION A CENTROS
POBLADOS
os reclamos de las alcaldes de centros poblados para que
se les provea de transferencias económicas en cantidades
ndispensables para atender sus necesidades son
comprensibles. Tanto en la provincia de Pacasmayo, como
en la de Chepén, se han formulado estas peticiones sin que
sean escuchadas, menos respondidas. El pedido se sustenta en
que cada vez tas municipalidades de centros poblados tienen
que atender a necesidades mayores y, naturalmente, requieren
de partidas presupuestales para ese fin.


La demanda no es reciente. Recuérdese la lucha que libraron
los alcaldes de centros poblados de la provincia de Pacasmayo
en el anterior gobierno del alcalde provincial Frederihs Buchelli
Torres. Inclusive se declararon en huelga de hambre para
presionar y ser atendidos. La lucha no fue en vano porque, al
final, los huelguistas algo consiguieron aunque no en las
expectativas que habian cifrado.


Hoy tas voces se alzan en la provincia de Chepén donde se ha
renovado el consejo directivo de la Asociación de alcaldes de
centros poblados de esa jurisdicción provincial y han iniciado
trámites para inscribirja en Registros Públicos a fin de obtener
personería juridica y dar más peso a sus demandas.
La razón está de pare de los reclamantes. Sus municipalidades
están adquinendo cada vez mayores compromisos, sus pueblos
están creciendo y sus moradores les reclaman soluciones. A
ellos los ven diariamente, van a sus locales para exigirles
soluciones. Hay centros poblados que cuentan con local propio
y tienen un plantel de empleados y obreros que atienden a
algunos servicios. Por consiguiente, deben asumir el pago de



planillas, además de pensar en la implementación de oficinas,
partidas para atender los servicios, etc.
Algunos centros poblados operan casi en la dimensión de una
municipalidad distrital. Algunos de los casos más notables son
los de Ciudad de Dios, Pakatnamu, San Martín de Porres, Verdún,
Limoncarro, Mariscal Castilla, Portada de la Sierra, Cultambo,
Pacanguilla, Talambo, Chequen. Sin desconocer a los demás
que tenen similares necesidades. Las municipalidades
distritales y la correspondiente provincial les han detegado
algunas competencias para que se autogeneren recursos.


Sin embargo, el planteamiento concreto -y que nos parece
razonable- es que mientras los gobiernos locales y provinciales
año a año disponen de sumas mayores por el incremento del
Fondo de Compensación Municipal (Foncomun), ese beneficio
no se traslada a los centros poblados a tos cuales se les mantiene
con ass3naciones exiguas, desde hace mucho tiempo.


Además de eso hace falta que se emprendan programas de
capacitación de alcaldes, regidores y funcionarios de esas
municipalidades a fin de que puedan desenvolverse mejor en
sus funciones. Los municipios de centros poblados se han
convertido en una especie de muro de protección de los
distritales y provinciales, pues ls gente exige soluciones a sus
aicaides y a eltos les intrepan la deficiencia en la atención de
sus pueblos. Pero ¿qué pueden hacer las municipalidades de
centros poblados $: suy alcaldes no reciben presupuestos
minimos para atender las necesidades indispensables?


25-19-1973 Año 33 N* 11.757
5 ULTIMAS NOTICIAS SAC
en Bañera Razun
Dos de Mayo 34, Pacasmayo. La Ubertas, Peru
Celulares 948631691 - 948631690 - *405594
ta ionoraoe MA mesacticiasdiario.com











página 2
Martes, 21 de Agosto del 2012


INFORME
Pormenores del proceso del alcalde WQT y
su batalla por impedir su inhabilitación
La lectura del expediente que el presidente de la
Corte Superior de Justicia de Tumbes, Percy León
Dios, ha remitido al JNE, nos permite conocer
detalles en el proceso que protagoniza el alcalde
provincial de Chepén, Wilfredo Quesquén Terrones
en su lucha por frustrar su suspensión en el cargo.
(Sobre los apellidos del juez superior hay
datos distintos pero nos remitimos a su sello y allí
dice Percy E. León Dios, o sea es el correcto, la
inicial E corresponde a su segundo nombre, Elmer).
Esos detalles van desde la confirmación a
la versión de Joel Quiroz de que el juez Jorge Luls
Saldaña Diaz fue separado del cargo, hasta el
inesperado -pero comprensible- cambio que hizo
el burgornaestre de su abogada Jossira Reyna de
Valdivieso.
En el Cf. 472-2012-P-CSIT-P), su fecha
13 agosto, uirigido al Dr. Roque Augusto Bravo
Basaldua, secretario general JNE, León Dios remite
ta información que le fue soficitada con Of, 1313-
2012-SG/JNE, respecto de la demanda de acción
de amparo presentada por Quesquén en ese
distrito judicial.
El expediente, se consigna, tiene 336 folios
pero solo 320 corresponden al caso; hay 16 hojas
que se han filtrado; son de temas administrativos
propios de la Corte. Del oficio 50-2012 que el juez
dirige al presidente de la Corte, elevando todos
los actuados, se deduce que solo son 320 pues
menciona que 161 folios corresponden al
expediente principal y 159 al cautelar.
En su oficio al JNE, el doctor León Dios
adjunta el Oficio No. $0-2012-JMPT-CSITU/PJ,
mediante el cual -dice- “se informa sobre la
actuación del ex Juez del Juzgado Mixto
Permanente Dr. Jorge Saldaña Diaz, en el
expediente 177-2012-19-2601-JM-CI- y como de
su Principal...”. Aquí hay un error, pues el
expediente es el número 127 y no 177.
OFICIO DEL JUEZ
El juez Oscar P. Alvarado Cornejo -designado para
remplazar a Saldaña Díaz- dirige el Of. $0-2012-
JMPT-CSJTU/P), de fecha 09 agosto 2012, al
doctor León Dios evacuando informe y anexos de
los actuados judiciales “y en relación a la actuación
jurisdicciona! del ex Juez del Juzgado Mixto Dr,
Jorge Luis Saidaña Diaz”.
Alvarado hace un resumen: con fecha 20
de junio del 2012, se interpuso una acción de
amparo por Quesquén Terrones, por presunta
molación al derecho constitucional de "presunción
de inocencia y otros”, en contra del juez de IPPCH
(se refere a Ernesto Araujo) y el Procurador público
encargado de los Asuntas judiciales del PJ.
Dice Alvarado: "Desestimando la aplicación
Ge art. 51 del Código Procesal Constitucional
aprobado por Ley 28237, el señor Juez
Supernumerario de entonces, letrado Jorge Luis
Saldaña Diaz, mediante auto uno, del 26 de Juno
del 2012, admitló a trámite esta demanda”.
Agrega que con fecha del 3 de julio 2012,
Quesq::én, con escrito subsanatorio (a través de
su apoderada Jossira Reyna Alberca de Valdivieso),
interpuso una solicitud cautelar para que ese
Jugado ordene “(...) Petitorio.- el cese de la
amenaza clerta e Inminente respecto a la ejecución
anticipada de la condena (de 4 años de pena
privativa de la libertad, suspensión en el periodo
de tres años e inhabilitación de un año, durante la
condena) emitida mediante sentencia de fecha 18
de abril del 2012... la inaplicación del artículo 330
del Código de Procedimientos Penales... Ordenando
al demandado se abstenga de ejecutar de manera
anticipada ta condena que pesa en contra del
recurrente (...)”.
Indica que esta solicitud cautelar fue
resuelta mediante auto dos de fecha 06 de julio,
concediéndola. El 24 de julio, el Procurador público
adjunto del PJ, Oscar Rolando Lucas Asencios,
contestado la demanda. Con fecha 25 de A
mismo Procurador ha propuesto la excepción de
incompetencia por razón de territorio,
Hasta alli es lo actuado por Saldaña Díaz.
Añade que al habérsele promovido en reemplazo
de Saldaña Díaz, con acta formal de entrega del
cargo, el 3 de agosto se informó del proceso
(Principal y cautelar) y advirtió que se encuentra
pendiente de calificar la contestación y excepción
del Procurador, entre otros documentos. El 9 de
agosto procedía a calificar tanto la contestación a
ta demanda como la excepción, admitiéndolas.
Además precisa que en cuanto a la medida
cautelar, con fecha 23 de julio, el procurador Luca:
Asencios, ha presentado recurso de apetación que
estaba calificando y concediéndola. Hay que tener
presente, también, que Quiroz Vásquez se ha
apersonado al proceso judicial denunciando
improcedencia en razón de jurisdicción territorial,
aduciendo que Quesquén no tiene razón para
acudir al Juzgado de Tumbes, pues en la re.
su domicilio está en Chepén.
El juez anexa a su informe copias
certificadas de los dos expedientes: No. 0127-
2012-0-2601-JM-CI-01 Principal; y, del 00127-
2012-19-2601-JM-CI-01 Cautelar,
¿QUIEN ES El JUEZ?
Sin embargo, pese a que es el juez Alvarado
Cornejo quien dirige el oficio at presidente de la
Corte, e informa haber tomado conocimiento del
caso, conforme a lo que ha dispuesto ese superior,
en las consultas en linea que se realizan
encontramos como jueza a Jennifer Maldonado
Pérez. No sabemos en qué momento se produjo el
cambio y por qué razones.  '
También hay otro secretario. Ya no es
Tomás Medardo Huimán Cruz, sino Víctor Castro
Carrasco, aunque en este caso se ha precisado
que Huimán está haciendo uso de sus vacaciones.

Viceministra de Trabajo estudió en San Pedro
Una exsturmna del colegio nacional Santa Teresa
de ls Inmacutada, de San Pedro de Lloc, ha sido
designada viceminestra de Trabajo en el ministerio
Je Trabayo y Promoción del Empleo, en reemplazo
de Pablo Javier Checa Ledesma, quien renunció
Con RS 017-2012-TR del 15 de agosto,
se desigró a la abogada Sylvia Elizabeth Cáceres
Pizarro para asurnir ese Cargo.
La nueva funcionaria es natura! de Lima,

pero realizó sus estudios primarios en la escuela
tucrecia Vértiz Cáceda, y, los secundarios en el
colegio Santa Teresa, luego cursó estudios
superiores en la Pontificia Universidad Católica del
Peru.
Sus padres son el exregidor de la MPP-
San Pedro de Lloc, César Cáceres Vargas y Sylvia
Pizarro de Cáceres.
es

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a a RES e

e

TR

Junta de Usuarios transó y acepta pagar un
millón 650 mil soles a
agrícola que la
demandó. Renuncia a cualquier reclamo
Acuerdo pone punto final a proceso que derivó en el embargo de cuentas bancarias
La Junta de Usuarios del Sub Distrito de Riego Regulado
Jequetepeque aceptó -mediante transacción- cancelar la suma
de un millón 650 mil nuevos soles a la empresa. .... y
Compañía Agricola General S.A, a fin de que ..
las cuentas que le fueron embargadas, en :
forma de retención, en los bancos Crédito y.
Continental, puedan ser liberadas. La Junta
desiste, asimismo, de cualquier reclamo y se
aviene a que los procesos que se seguían en
torno a ese delicado terna sean archivados *
definitivamente.
El acuerdo, redactado en un :
documento de 4 páginas está fechado 13 de *
agosto. Las firmas de quienes participaron en ;
la negociación fueron legalizadas, en Chepén,
por el notario Víctor Merino Castillo, el martes
14, es decir hace una semana exactamente.
ey Según seconfirmó a Diario Últimas +
Noticias en fuentes de absoluta credibilidad, «
el documento fue presentado al Juzgado Civil *
el viernes 17 último. De acuerdo a los
procedimientos legales, corresponde al juez
aprobar el acuerdo. El Juzgado procederá Si;
es que aún no lo ha hecho- a pagar a la 5
empresa demandante la referida suma, es *
decir un millón 650 mil nuevos soles, que los
bancos ya habian retenido conforme a las dos
órdenes de embargo dictadas. Debe

de la medida cautelar”.
E E
página 3 E”
Martes, 21 de Agosto del 2012 +,
intereses al 12.08.12, lo suma por ese concepto asciende a
S/. 140,306, a lo que debe adicionarse las costas y costos que
se calculan en S/ 170,000, por lo que ta obligación contenida en
la sentencia asciende a S/. 1760,306. “ante lo que haciéndose
concesiones recíprocas, en auanto a lo ordenado en la sentencia,
convienen que la suma liquido mandada pagar (...) queda
establecida en la suma total de S/. 1'650,000. ”
JUNTA DESISTE DE TODO RECLAMO
En el acápite quinto se deja constancia que la Junta “con el
bancarias (...) sean liberadas de la medida cautelar, (.. ) se
En el 4 se lee que como resultado de la liquidación de objeto de que el presente proceso conduya, y que las cuentas
A AIN de
1 Efes


recordarse que el embargo se hizo en forma fraccionada en dos
armadas. Los bancos tenían que girar certificados a nombre del
Juzgado, una vez retenidas las sumas.
Compañia Agrícola General S.A.-la demandante-
renunció al cobro de intereses que al 13 de este mes ascendía a
5/.140,306; también dedinó al cobro de las costas y costos que
se calcularon en S/. 170,000, según consta en el acuerdo.
La conciliación está contenida en un documento
denominado "Transacción con acuerdo de adecuación de
ción de sentencia”, Porla JUSDRRRJ participó su "abogado
lerado", Carlos Martín Castillo Olazo, y por la empresa, su
gerente general, Alfredo Ricardo Ferrand Budge. En el acuerdo
se menciona que Castillo Olazo interviene en mérito del Poder
otorgado por escritura pública del 26 de mayo 2012 por la
JUSDRRAJ, ante el notario Victor Merino Castillo,
ACUERDO DE OCHO PUNTOS
Ocho son en total tos puntos consignados en el acuerdo. En el
primero se alude a que las partes señalan que ante el Juzgado
especalizado Civil de la provinoa de Pacasmayo se han tramitado:
1) el proceso a que se reftere el expediente principal 594-2008
sobre Indemnización por responsabilidad extra contractual, en
el que se ha dictado sentencia favorable a la empresa
demandante, hallándose consentida, y ordena a la JUSDRRJ
pagar S/. 1'450,000 más los intereses, costos y costas del
proceso; 2) el proceso a que se refiere el expediente cautelar
594-2008-47 en el que se ha dictado la medida cautelar de
embargo en forma de retención en las cuentas del BBVA-
Continental y en el BCP hasta por S/. 1'650,000.
En el siguiente se sustenta que el documento se basa
en lo dispuesto por el art. 339 de Código Procesal Cmit (Capítulo
TI del mismo Código referido al Instituto Jundico de la tansacción
judicial) por lo que las partes acuerdan regular/ adecuar el
cunplemento de la sentencia en el expediente 5% 2008 ta misma
que a esa fecha se encuentra consentida y en etapa de ejecución.
El acuerdo se pactó en los términos que son explicados en el
punto 3.
LIBERAR LAS CUENTAS
Se indica que la JUSORR) mediante su apoderado dertara que el
acuerdo está orentado “a panes fin a la sere de McONVententes
que la medida cautelar ejecutada en las cuentas bancanas í )
véene causando a su representada en el manejo y operabvrdad
de las mesmas, y de conseguir que estas Cuentan segn kberadas
- compromete a deststirse del recurso de apelación formulado
contra la medida cautelar dictada en el expediente cautelar
. No, 594-2008-47",
z En el siguiente se deja constancia que ambas partes
convienen “que la suma embargada en el cuaderno de medida
: cautelar antes señalado, bajo la forma de retención (...) será
* entregada por el Juzgado a la empresa [ . ) como dación de
+ pago del mtegro de la obhgacón...” conteruda en la sentencia.
: La Junta de Usuanos según la dáusula sétma- señala
. que renunaa en forma expresa “a todo redamo o acción judicial
que tenga por objeto invalidar el presente acuerdo; agregando
adernás que en la firma de este acuerdo no ha mediado ningún
1 acto de coacción y obedece a la voluntad de las partes”.
3 En el octavo y ultimo punto se dedara que ambas partes
¡ Comvienen que el acuerdo “da por conduido el presente proceso
; No. 594-2008, así como el proceso cautelar No. 594- 2008-47,
los mismos que serán archivados definitivamente en su
oportunidad. Acordando asimismo que la tasa judicial por
. concepto de desistimiento de los actos procesales, serán
cancelados por la accionante, y que el presente documento
será presentado al Juzgado correspondiente, por cualquiera
de las partes para su aprobacion, el misma que por encontarse
+ con firmas legalizadas por autondad notarial no será necesaña
., de legalización de firmas ante el secretano de Juzgado que
intermene en el proceso”.

Un hombre de 27 años fallece trágicamente
en accidente de carretera
SAN JOSÉ, (UN).- Trágica muerte haló un foenaado del Ejérolto
Peruano la noche del domingo cuando chocó violentamente el
motota»i que conduda con un bus de tansporte interprovinaal.
AlasA la 9.50 de la noche del domingo, Danny Salazar
Abanto (27) conducía su mototavá, placa BG 7634, color azul y
negro, de Campanita con dirección a Ciudad de Dios. Estaba
acompañado por Rolando Vargas Cotrina (35) cuando al pasar
el Puente Olivares, en el kilometro 694 de la carretera
Panamencana, se encontró frontalmente con el bus de placa
BD2 953 de la empresa La Perla del Alto Mayo. El bus era
conducido por Alberto Antomo Clemente Correa (49) y se diria
de norte a sur. El impacto ocasionó la muerte cas instantánea
de Salazar Abanto, mientras que Vargas Cotrina quedó
gravemente herido.
Lo o s
accidentados fueron
trasladados al
hosntal Tomas Lafora
de Guadalupe donde
se limitaron a
certificar el deceso de
Salazar y a preparar
inmediatamente a
Vargas para
conduario al hospital
Las Mercedes de
Chiclayo donde es
atendido en ta unidad
de cuidados
Imtertsavos
Salazar de»
vukda a la señora
Ye a Serrepe, y a
UN menor de apena"
4 ans. El ocono



trabajaba eventualmente en una empresa dedicada a la
fabricación de postes y los dias domingos trabajaba en su
mototar:, la que hata adguindo reciertemente.
Arnbas victimas residen en el poblado de Campanita,
distrito de San Jose Al momento de la ligada del cuerpa de
Salazar a su buevide vvenda, la mañañu de gyes, Su espusa,
Su Máo, y famiares, protagonizaron escenas de Jolor, y

A TT A O O A RA

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dos

Regidores de Jequetepeque piden
que audio sea entregado a Fiscalía
Niegan que audio entregado por peticionaria de vacancia sea auténtico
JEQUETEPEQUE, (UN). Los regidores Narda
Marroquín Vera, Fernando Isla Merino y Francisco Nieto
Cruz, cuya vacancia se viene sohcitando, rechazaron
la acusación de Rosa Emperatriz de Cruz, respecto a
que habrian ejercido presunto chantaje y en venganza
es que se han formulado varias denuncias.
Narda Marroquín Vera y Fernando isla Merino
dijeron que jamás hioeron un pedido de esa naturaleza;
negaron validez al audio presentado al JNE y dijeron
que se trata de un audio editado. Coincidieron en pedir
que el audio se entregado al Ministerio Público para
Que investigue.
LA SESION DE VACANCIA
En declaraciones a nuestro Diario los regidores se
refirieron a la sesión extraordinaria del 9 de agosto,
en la que se vio el pedido de vacancia. Marroquín dijo
que ellos acudieron sin abogado y no se les permitio
leer los argumentos de su defensa, que el alcaide Martín
Alvarez Castañeda parecía apurado por votar, y que
el asesor legal de la municipalidad les dijo que tal y
conforme habian presentado su defensp por escrito,
sera remitida al JNE.
Aseveró que no se les permitió hacer su
defensa “como manda la Ley (...) inclusive no nos
dejaban participar, (lo haciamos) con tiempo muy
kirmitado”. Do que estuvo presente el actual asesor de
la mumapatidad a quien identificó como el abogado de
apellido Landers.
Por su parte, el regidor Francisco Nieto Cruz,
explicó que no asistió a fa sesión porque desde el dia
anterior estuvo mal de salud lo que acreditará
presentando certificado médico.
En cuanto a la sindicación que hace la
peticionana de la vacancia de que en su defensa están
aceptando los cargos que se les imputan -de haber
incurrido en actos administrativos- y que más bien
quieren involucrar a todos los regidores por el retiro de
b confianza al funcionario Monteza cuando era jefe de
Desarrollo Urbano, Marroquín dijo que retiraron la
confianza a ese funcionario porque había presuntas
irregularidades en las obras y habían recibido muchas
quejas de la población. Incluso, afirmó, había obras
que no las habían conduido y la municipalidad tuvo que
terminarlas. Por eso se le retiró la confianza, pero
quien lo cesó en el cargo fue el gerente muniapal, a
través de un memorando. Nosotros allí no tuvimos
ninguna responsabilidad, dijo.
EL AUDIO
En cuanto al audio presentado al JNE, que se habría
captado el 25 de octubre del 2011, durante una sesión
de concejo, y en la que Narda Marroguin habria pedido
dinero, la regidora aludida manifestó que el abogado
Alejandro Merino Huamán ya se había referido en
varias radios amenazándolos con ese audio.
Pidió que se investigue si el audio es verdadero
0 es una prueba más de que se les quiere amedrentar.
Dijo que ninguno de los tres regidores que están
fiscalizando el gobierno del alcaide Alvarez ha hecho
pedido de esa naturaleza. Se preguntó por qué no
exhibieron el audio antes, y por qué recién se presenta
ahora. Y, en todo caso, pidió al abogado Merino que
presente el audio ante el fiscal artscorrupción a fin de
que el Ministerio Público investigue y se pronunae si el
audio es auténtico.
Iska Merino, a Su vez, también negó haber
participado en una conversación de esa naturaleza,
Refirió que desde el 27 de setiembre en que
presentaron un documento formal por mesa de partes
pidiendo información de todos los perfiles de obras,
eran victimas de patrañas y artimañas. Indicó que
pidieron por escrito porque, uno, no tenían acceso a
ese tipo de información; y, dos que había perfiles que
mi siquiera sabían que se habian ejecutado.

Refirió que no todas las sesiones de concejo
han sido grabadas, que eso es reciente y “por eso es
que ellos han podido manejar a su antojo las actas;
aun más, esto se ha agravado por la inexperiencia de
nosotros debido a que siempre firmamos en la última
hoja todo lo que correspondia a la sesión de concejo”.
Confirmó que firmaban en una hoja de papel
bond que después pegan en el libro de Actos, pero
solo firmaban al final de la última hoja y no en todas.
Admitio que eso ocurna por “la inexperienda, y siempre
ta honestidad de uno como persona nunca desconfía
de los demás pero no todos somos iguales (...) y prueba
de esto es este tipo de autoridades pues que tratan
de ensuciar la dignidad de los demás cuando se les
hace una debida fiscalización...”
Subrayo que fue en setiembre que comenzaron
a pedir informes y a partir de esa fecha comenzaron a
ingresar “más documentos pidiendo información sobre
las liquidaciones de obras, cumplimiento de
penalidades. Es más, ya retiramos, y confirmo, solo
retiramos la confianza porque había irregularidades
del profesional (Monteza). Dijo que uno de las formas
de fiscalizar es "quitar la confianza a un funcionario,
que él quiera seguir trabajando dependerá de quien lo
contrató, no de nosotros. Si ellos ejecutaron, es su
forma administrativa; es más, nunca se ha sometido a
este ingeniero a ningún proceso administrativo;
haciendo ya todo lo posible para posteriormente
colocamos en esta situación actual (de vacancia)”.
Aseveró que por parte de ellos “no hay ningún
problema” para que ese audio sea entregado a la
Fiscalía para la correspondiente investigación. Agregó
que tenía esperanzas de contar con un audio que dijo
ese si comprometería a un funcionario y a algunos
asesores externos de la gestión.
Narda Marroquín añadió negar “rotundamente
ese audio”. Pidió a “la población que no se deje confundir
porque este tipo de acciones son de gente corrupta,
de gente Ínvolucrada en la gestión de la Municipalidad;
esto es ya una corrupción enquistada en la
Municipalidad y como nosotros somos para ellos una
piedra en el zapato que no dejamos que ellos hagan
Sus irregularidades, les somos un estorbo (...)".
REVOCATORIA :
Sobre la revocatoria a la que será sometido el concejo
en pleno, su colega Nieto Cruz invocó a la población
“que no se deje confundir el 30 de setiembre porque el
señor atcalde está tratando de confundir a ta población,
está manejando los recursos del municipio para hacer
una campaña sucia en contra de los regidores. Yo les
pido, así como me han conocido siempre seré y espero
que siempre me sigan dando su confianza porque yo
voy a fiscalizar hasta el último momento”.
Marroquín sobre etlo dijo: "Pido a la población
de Jequetepeque que confíe en nosotros y el 30 de
setiembre revoquemos al alcalde Pablo Martín Alvarez
Castañeda y si es necesario nosotros los tres regidores
nos haremos a un costado pero con la tranquilidad que
no hemos cometido ningún acto irregular porque el
que tiene que irse porque no sabe gobernar es el
alcalde Pablo Martín Alvarez Castañeda y que resuelva
todas sus denuncias que tiene en la fiscalía
anticorrupción (...) los tres regidores hemos pedido
cabiido abierto, hemos pedido rendimiento de cuentas
hasta ahora a la población no se le ha dado nada a
pesar de que son acuerdos unánimes es por eso que
yo le pido a la población que no se deje confundir ( ..y”.
El audio en cuestión se encuentra disponible
en nuestra vreb www.ultimasnoticiasdiario.com
Refteramos que el audio, y una transcripaión del mismo
han fido entregados al JNE por Rosa Emperatriz de
Cruz, con escrito que firma su abogado Alejandro
Meriño Huamán.
Lunes
culturales
anuncia
Casa del
Poeta
Guadalupe
GUADALUPE, (UN). A
partir del mes de
setiembre, la Casa del
Poeta de esta ciudad,
iniciará ta realización de
los Lunes culturales,
anunció el presidente de
la institución, Carlos
Antinori Ascoy.
Dijo que
semanalmente se
buscará incentivar el
cultivo del amor por las
jetras ayudando a difundir
ta producción de
escritores y poetas del
valle, así como de otros
lugares, Anunció que se
está trabajando en la
organización; las
reuniones se celebrarán
a partir de las 8 de la
noche en los salones del
Club Unión. No precisó
aún, la fecha de inicio.
La Casa del
Poeta, filial Guadalupe,
indicó está integrada a la
Casa del Poeta Peruano.
Cuenta con 25
integrantes entre
escritores y poetas de las
provincias de Pacasmayo
y Chepén.
Prensa
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Agenda
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Judiciales y Legales
EDICTO PENAL
EXP.N" 2012-65
Juzgado Ponal Unpersonal de Chepén
Secretario Cuneo
So Cua y Emplaza al acusado William Cerdán Mejla para ol dia VEINTE
Y NUEVE DE AGOSTO del año dos mal Doce alas QUINCE HORAS dela
TARDE ta mesma que lencia lugar en e Sala de Audiencias N*03 apunta al
Estableamento Pentenciano El Magro Trujita. para que se ponga a derecho.
y sa dahenda delos cargos formuladas en su contra en el proceso que se le
“aue por dekto de Tenenaa lisgal de Armas de Fuego en agrawo El Estado
Fecna 1509/2012 - SALAZAR
de 17-2021-890

SUCESION INTESTADA
Arte MÍ Ezequiel Vera Salinas. con ofiena en Jr Alianza N" 306-San Pedro
de Lloc. Se presento Don ARTEMIO JONAS COSTILLA CERNA sotatando
La Sucenón intestada de su Esposa Doña “MARIA YSABEL FLORES
RODRIGUEZ DE COSTRA". falleció el dia 24 de Julio del año 2011 Enel
Hospital "Victor Lazarta Echegaray -ubxcado enprolengación Unén N' 1380-
deta cuad de Tasio, y siendo su ultimo domain en cate Ayacucho N* 427 Y
Dsstrto de Sen Pedro de Lloc. Provnan de Pacasmayo Departamento de La
Libertad: Dejando como 5us presuntos Herederos Legales a sufí. "Jo
ARTEMIO JONAS COSTILLA CERNA, y sus hyos SELENE Ñ
COSTILLAFLORES Y ALDO IMÁN COSTLLAFLORES Doy Fo. San Pedro
de Lloc. 20de Agosto del 2012. Ezequiel Vera Salinas-Notano Abogado.

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Arte Mi, EzoquelVera Salinas, conofiena en y Alianza N' 385-San Pedro
de Ltoc Se presento Doña MARLA MERCEDES SERNAQUE YOVERA.
Sobotango La Rectificación de la Partida de Nacuniento
+- Perteneciente A MARIA MERCEDES SERNAQUE YOVERA Puesto
que figura en el forro y en el margen izquierdo de la Partida dela Tilular
como “MARIA MERCEDES CERNAQUÉ” Lo quenoes confonme Puesto
que CERNAQUE” esta con “C* y lo correcto es con 'S' assmismo en ettondo
dela Parga se ha omudo el apellido Matemo "YOVERA” Debiendo hgurar
ento suceso como MARIA MERCEDES SERNAQUE YOVERA Asarusmo
el Padre de la Tinlar figura como “JOSE YSIDRO CERNAQUE FLORES”
lo quen es contorme ya que “CERNAQUE esta con”C' y lo correcto es con
“5” DebrendoViguar en lo sucssivo como “JOSE YSIDRO SERNAQUE
FLORES” Asatesmo el nombre de la Madre del Titular igura como JAZINTA
YOVERA ESPINOZA La que no es conforme Puesto que 58 ha omtido el
prever pre nombre "MARIA y su aperudo Malemo es “SERNAQUE” Demendo
figurar en do sucesivo como “MARIA JACINTA YOVERA SERNAQUE*
San Pedro de Lloc, 20 de Agoslo del 2012 Ezequiel Vera Salnas-Noteno
Abogado
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPÉN
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Ante lo Oficina de Registro Civit, Don (ha) VALERIO SANCHEZ
HERNANDEZ. con documento de identidad N* 27980953, ha soliciado
recuhicar Admuvsusiivamente la partida de Nacimento de JOSE LUIS
SANCHEZ SUAREZ, en donde este dato mal consgnaco en pre nombre de
la madre Dice ELCINA SUAREZ DE SANCHEZ debiendo quedar
correctamente como ELICINA SUAREZ DE SANCHEZ Chepépnl? de
Jubo det 2012 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPEN EÁ” :4SÉ
ENRIQUE TORO MONTENEGRO JEFE DE REGISTRO Civil No
1912639

MARCO ANTONIO VABINA CHUMPITASS!
ABOGADO-MARTILLERO PÚBLICO-REGISTRO N' 198
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO - Entos
MERCEDEZ DEL ROSARIO JIMENEZ CASTILLO (CESIONARIA DE
BANCO CONTINENTAL S A) contra MIGUEL JESUS BARRIGA
ESPINOZA MANUEL BARRIGA ESPINOZA GLADYS PALOMINO
VASQUEZ MIGUEL BARRIGA GALLARDO GLORIAE SPINOZA GARCIA.
LEONICO ESPINOZA GARCIA Y BEATRIZ ROJAS MACHADO. sovre
Ejecución de Garantias Expedente N' 501-2000. segusdo ante el Juzgado
Especarzado enlo ovi de Pacasmayo de la Corte Supenor de Just.cia de La
Libertad e cargo del Juez Os Ary Tecrones Meléndez Especahsta Logal Dr
Pano Burgos Coloma ha dispueslo sac a romate publico en PRIMERA
CONVOCATORIA el bien vemuenle ubicado en Calla Lws Aldana N? 136,
Urban:zación Las Leyendas del Distrito de San Miguel Provincia y
Depanamenis de Lima, ayyo domo y caracteristicas 50 encuentran nsantos
en la Partida 41054689 de la Oficina Reg:strat de Lima y Catlso VALOR DE
LA TASACIÓN: US$ 123 246 00 (CIENTO VENTITRES MIL DOSCIENTOS
CUARENTA Y SEIS CON 004100 DOLARES AMERICANOS) BASE DEL
REMATE Se efectua sobre las dos lerceras partes de la tasacén y asciende
ala suma de US$ 87.164 00 (OCHENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y
CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS; CARGAS Y
GRAVÁMENES: USUFRUCTO constudo pú Doña Gloria Manuela
Expnoza Garcia a tavor de 0oña Áures E stola Ordóñez García pte un plazo
de 10 años desde et 01 07 99 hasta el 91 07 2009 detadamente sarro en el
Asuerto DOO0UZ de la mdicado Partida Electrónica HIPOTECA alavcr de
Banco Contnental hasta por la suma de US4 BO 000 00 (OCHENTA MH
CON 0G/100 DOLARES AMERICANOS) mscrto en el Asiento DOGV de
la mdcada Partida Electrónica ANOTACION MARGINAL DE
CORRELACION POR CONSTITUCION DE DERECHO DE SUPERFICIE
a fases de José Andrés Javier Saavedra por el plazo de 70 años
mps us corstrurcones y entas que en uturo saalics habiendo
comarca las partes Contratanos a LIO Gnenso y ae mas extensamente
nonsta ena E sota Publica 0 11/11/2009 emencida ante el rotano Murcgón:
Piura Moca Santi bez Voga inserta con fecha 02
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