CASO ALCALDIA DE CHEPÉN
CHEPEN, (UN). El alcaide OfranioWitfredo Quesquén
Terrones ha sohotado desestimar el pedido de nulidad
planteado por Joel Quiroz Vasquez, ante el Juzgado
Modo de Tumbes. Quiroz se opone a la medida cautelar
y acaon de amparo que ha solicitado Quesquen para
evitas su inhabilitación y separación de la alcaldia.
Quesquén aduce que Quiroz “no tiene legrtrudad para
obrar en el presente proceso, por no ser el
demandante ni el demandado” . Esto es en relación al
Exp. 00127-2012-19-2601-JM-CIOL.
Quiroz -presidente de la Asociación Civil
Chepén- estuvo la semana pasada en Tumbes,
solicitando copia del expediente judicial por la causa
que inició Quesquen solicitando medida cautelar y
acción de amparo para impedir su inhabelitación por un
año para el ejeraao de la función pública y evitar ser
rebrado de la alcaldía,
Ademas, el dirigente ha adelantado que
presentarian pedido de vacancia del alcalde por la
dedaración que ha hecho respecto de $u domxcilio en
Tumbes. Quiroz ha obtenido copia del expediente
judia! y ha entregado parte de él a ta prensa para
conocimiento, pues ha manifestado que en unos
documentos se le menciona como natural de Chidayo.
LE NIEGA LEGITIMIDAD
En escrito ingresado el 17 dejulio, Quesquen solicita al
juez “desestime solicitud de dejar sm efecto proceso
de amparo y medida cautelar, y ofrezco prueba de
descargo que se debera tomarse en cuenta para
e twditar mu domcihio en Tumbes”. Argumenta que el
recurrente (Quiroz) no tene legitimidad. Adjunta
pruetws* 1especto del domialto declarado en su pedido
de acaon de amparo y una copia de sentenga del TC,
Esta vez el documento está respaldado con firma del
abogado Roberto Quiroz Arrunátegui, Reg CAC 7421.
AHORA DICE SI LO CONOCEN
Entre los dos documentos presentados para desvirtuar
el acta de la notaria Virginia Davis Garrido, está una
Constatación Judicial practicada por el juez de Paz del
CP Pampa Grand (Tumbes), Jesús Ennque Arcaya
Barreto quien dice haber acudido al inmueble indicado
(Urbanizacón José Lister Tudela, Primera Etapa, calle
los Topacios, Manzana “E”, Lote 16, Sector Andrés
Araujo Moran- Tumbes) entrevistándose con Arnelia
Paredes Macedo, quien refirió ser la propietaria del
inmueble, y con la inquitina Kelly Carpio Arias, quienes
declararon que Quesquén si tiene domicilio allí.
Estas mismas personas habían dedlarado a la
notaria Davis Gamdo no conocer a Quesquén negando
que viviese ali. Ésta vez respondieron que sí bene
domicilio alh. Según la constancia del juez Arcaya, “las
mismas que me manifestaron rectificarse de cualquier
Información antes vertida a cualquier autoridad, y que
conocen que (Quesquén) trabaja en la Provincia de
Chepén, departamento de La Libertad, pero que
mayormente los fmes de semana fegaba a la ciudad de
Tumbes...”.
Arcaya termina el texto de su constatación
ngnando: “Que el Sr, Ofronio Wilfredo Quesquén
Terrones, identificado con DNI 19208297, Mayor de
edsd, ocupación empleado, con grado de instrucción
superior, domidilia en el inmueble (.. ) donde he
practicado la presente constatación”. El documento
está fecha el viernes 13 de julio.
OTRA CONSTANCIA
la otra constancia aparece firmada por el CPC Oscar
Miel Rodríguez quien firma como gerente de Desarrollo
Socal y Participación Vecinal de la Municipal Provincial
de Tenbes. Tiene fecha 12 de julio.
IA REFERENCIA: EL FALLO DEL YC
Werper docismento al que se refiere Quesquén es ta
Mes. TU Mo. 3693-2010-PHD/TC, de fecha 05
- - , o AN A a
Noticias”... .---.:..*
Alcalde WQT niega que Quiroz tenga
legitimidad para oponerse a su acción
de Amparo planteada en Tumbes
Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
Passoni mterpuso e
demanda de habeas So
data contra Rafael r
Marcelo Alvarez o
Espinoza, alcalde de
Carabayllo, solatando — =
se le entregue o
información que no se
le proporciono pese a
haberta requerido
notarialmente. La
demanda la interpuso
en Comas, en el Tercer
Juzgado Lima Norte. El -
alcalde contestó
deduciendo . la
excepción de
incompetencia
alegando que debtó
ser interpuesta en el
Primer Juzgado Mixto
de Carabayllo, ya que
el demandante
domicilia en
Carabayllo, según
consta en su DAL.
El Tercer
Juzgado de la Corte
Supenor de Justicia
Lima Norte, dectaro fundada la demanda ordenando
al alcalde brindar la informacion requenda. Flalcaldu
Alvarez apelo y la Pnmera Sala Civil de la Cort» Supenor
de Justcia Lima Norte, declaro nuto todo lo .» tuado e
amproceciente la derranda aduciendo que el menvonado
Juzgado carece de competencia para tramitar la
demanda ya que el domicilio principal del recurrente
corresponde-at distrito de Carbayllo.
Passoni acudió al TC. Este organismo en su
fallo menciona que “el art. 51 del Código Procesal
Constitucional modificado por la Ley 28946 disporn:
“Es competente para conocer del proceso de aniare
del proceso de habeas data y del proceso de
cumphmiento el Jue> crval o modo del lugar donde se
afecto el derecho, o donde tene su domicilio principal
el afectado, a elecoión del demandante. En el proceso
de amparo, habeas data y en el de cumphmiento no se
admitirá la prórroga de la competenda territorial, bajo
sentencia de nuhdad «de todo lo actuado”.
Explica que según la copia del DNI, Passoni
domicifia en Jr. José Pardo 231-253, Carabayllo. Pero
en el Certificado domiciliario consta Mariano Ignacio
Prado 550, Comas. Igual en un Certificado domiciliario
expedido por la municipalidad de Comas. Según el
anáhsis del colegiado “en vista de ello se presenta una
duda razonable sobre el domicilio por lo que, en
aplicación del principio procesal pro actione debe
Continuarse caí el proceso constitucional teniendo por
domicilio del recurrente el indicado en el documento
mas reciente, esto: es pl de Comas, por lo tanto es
Juzgado”
Judiciales y Legales
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Detalles del expediente de
alcalde Quesquén en Tumbes
Un mar de sorpresas está resultando el proceso que el alcalde de Chepén,
Wilfredo Quesquén Terrones, ha promovido en Tumbes en su afán de impedir la
aplicación de la pena accesoria de su inhabilitación en +l ejercicio de la alcaldia
conforme a to dispuesto en la sentencia de la Sala Penal de la Corte Superior de
Justicia de La Libertad, El fallo de dicha Sala ha sido
A cuestionado por el burgomaestre planteando su nulidad
+ focual será resuelto en la Corte Suprema.
Recordemos que un primer intento de Quesquén
para bloquear su inhabilitación ha sido el habeas corpus
que presentó contra el juez de Investigación Preparatoria
de Chepén, Ernesto Araujo Ramos de Rosas, del cual se
desconoce el resultado.
En cuanto al proceso que se sigue en Tumbes las
sorpresas vinieron desde conocer que el alcalde
prácticamente tiene su residencia en esa ciudad
fronteriza porque ante la notaria Isabel Cerna declaró
estar “de tránsito” en Chepén. Declaró ser soltero, y asi
consta en su DNI.
Del análisis de los documentos que ha presenta:tar
para oponerse a la intervención del presidente deta
Asociación Crvil Chepén, Joel Quiroz, ronda)
hechos que demuestran todo lo que puede ocurrir en la
justicia cuando se trata de ganar un juicio.
De fa lectura de la sentencia del TC se entienden
- Jos pasos del alcalde, pero podrian ser peligrosos para 1
ms mismo. Necesitaba acreditar como domicilio principal
siguiendo el criterio del TC- en Tumbes. Poreso, creemor.,
en la escritura pública de otorgamiento de poder a :
abogada Jossira Reyna, menciona estar “de tránsul
en Chepén. Esto es mterpretado por algunos abogar:
como un reconocimiento d- mbio de domicilio lo cu.+
según esa interpretación le podría costar la vacancia, Otros dicen que no, y « 5
propia teresa. to ha: scartado aduciendo que lo propia ley le faculta a tener
varios domicilios.
ANTECEDENTE
Veamos otro hecho de las contradicciones y hechos curiosos que hay en hi
documentos del nuevo proceso. En el expediente, a folios 68, corre una Constancia
domicitaria expedida por el juez de Paz Arcaya Barreto en la que indica que: “a
solicitud del interesado por no encontrarse el Juez de ese sector, me
he constituido al domicilio ubicado en Urbanización José Lishner
Tudela, Primera Etapa, calle los Topacios, Manzana “E”, Lote 16, Y
Andrés Araujo Moran- Tumbes y he verificado que el Señor Ofi
Wilfredo Quesquén Terrones, peruano, natural de Chiclayo, mayor de
edad, estado civil soltero, de ocupación empleado, con educación
Secundaria Completa, identificado con DNI No 19208297 DOMICILIA
en el inmueble indicado”, Este documento tiene fecha 22 junio 2012, (Los
subrayados son nuestros).
¿TAMBIEN SE RECTIFICA?
En la nueva constancia del mismo juez Arcaya ahora ya no se hace mención a su
lugar de nacimiento, y se indica como grado de instrucción, superior, que es lo
correcto. Sorprende, igualmente, que la dueña del predio y la arrendataria de
uno de los ambientes ahora digan que sí conocen a Quesquén cuando hace poco
dijeron lo contrario. Seria interesante establecer en la propia municipalidad de
Tumbes la declaración predial de la propietaria y se supone que está cumphendo
con el pago a Sunat por los arrendatarios que tene.
Según esa declaración, el alcalde acude tos fines de semana a Tumbes.
Por un acto de transparencia, el alcalde deberia precisar que actividad desarrolla
en esa ciudad toda vez que, por ley, su dedicación a la alcaldía debe ser exclusiva.
FUNCIONARIO DE LA MPT
En cuanto a la constancia que firma el CPC. Vilela Rodríguez, al ingresar al portal
de la municipalidad de Tumbes encontramos que como gerente de Dissarrolk
Social y Servicio a la Comunidad aparece el Li”. Paulo Javier Medina Palacios,
quien ha sido nombrade en ese cargo con fecha de tUnIG, según resolución de
aksidía 188-2012, sustituyendo a Rosa Luz Garcia Morán. Hay que aclarar que
en el portal la oficina aparece con ese nombre, pero en la constancia donmediar
Que presenta el alcalde Quesquén, la firma es del “Gerente de besarrollo Social y
PPVY, CPC Oscar Vilela Redriguez”
FECHA DE NACIMIENTO
En el DNI de a! + wa coro fecha de nacrriento 31 de Julo 1958. Esto,
según copia led. por Al lues de Paz, de Limoncarro, Jose Custodio Reaño
Nobleciíla, el ls (un: 18 CodbCos han abrervado que la hana de
Imagen institucional into > pasaros. de uma fiesta en la que e ayasap.
por 54 cumpleaños mencionandose la fecha como el dy 18 de juho.
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