¿ raeNoticias!
CIUDADANOS OPINAN
Ugel Pacasmayo y la discriminación
laboral
La Ley NO 28044, Ley General de Educación, en su
articulo 58 precisa que profesionales con título
distntos de los profesionales en educación,
ejercen la docencia si se desempeñan en áreas
afines a su especialidad. Si bien ta norma precisa
que en educación básica (inicial, primaria y
secundaria) es requisito el título pedagógico, el
aporte de otros profesionales en la docencia se
da en educacion técnico productiva y la educación
superior; en esta última se encuentran tos
Institutos Superivres Tecnológicos, que tienen una
norma especifica, la Directiva N* 131-2006-ME/
SG-OGA-UPER "Normas que regulan la selección
de personal para los procesos de contratacion y
encargatura para ocupar plazas docentes y cargos
jerárquicos en los institutos superiores
tecnologicos públicos”, aprobada por Resolución
Jefatural NO 1234-2006-ED.
Sin embargo, para la Ugel Pacasmayo estas
normas no se aplican para los antropotogos que
ejercen la docencia, como es el caso dél autor de
esta nota, quien ganó en concurso público una
plaza de ciencias sociales en el IST “Jorge
Desmaisón Seminario” de Pacasmayo, el pasado
mes de agosto. En efecto, luego de ser declarado
ganador por el Comité de Evaluación y estar
dictando clases desde el 01 de septiembre, en
asignaturas de Analisis de ta Realidad Peruana,
Investigación Cientifica y Talleres Artísticos, el día
22 de dicho mes el Director del Instituto, Lic. Juan
García Rodriguez me entregó copia simple del
Memorando NO 0310-2008-UGEL-P/J.AA, mediante
el cual, el Jefe de Administración de la UGEL
Pacasmayo otorgaba posesión de cargo como
Docente de Ciencias Sociales, al docente perdedor
del concurso, prof. Carlos Burgos Cotrina, en
Cumplirniento al informe del Cader Ugel Pacasmayo
(INF. NO 071-2008-UGEL-P/CADER) despojándome
de la plaza que legalmente gané.
¿Que dice el Informe de Cader?, ¿En mérito
a qué fundamentos técnicos y legales se cometió
tal arbitrariedad? solo los miembros del CADER, el
Administrador y posiblemente el Director de la
UGEL lo saben, lo cierto es que se han negado
hasta hoy a darme respuesta sobre la legalidad
de mi condición de ganador, expedirme Resolución
de Contrato y facilitarme copia del informe del
Cader ( Exp. N* 012771 del 19.09.2008 y Exp. NO
013201, del 24.09.2008, respectivamente) en
clara muestra de soberbia, abuso de autoridad,
de irrespeto y transgresión de normas como la
Constitución Política del Perú (derechos al trabajo
y a la igualdad ante la Ley), la Ley General de
Educación, la Resolución Jefatural NO 1234-2006-
ED, la ley NO 27444, Ley de Procedimientos
Administrativo General y la Ley N0 27806, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública,
Se ha cuestionado mi condición de
profesional titulado en Antropología Social (con
Grado de Bachiller en Ciencias Sociales) para
Judiciales y Legales
EDICTO PENAL
€l JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PRECARATORIA DE CHEPÉN, Juez
Armájo ce y etaza m suerte | para que se ponga a
'Geracho y deter de ios cargos Sorteos en su contra er, el proceso que
agranda Dita Mezardra Sendovel
Nicanor Becerra castañeda
nibecbbdhotmail.com
trabajar como docente de clencias soctales en el
Instituto “Jorge Desmalsón”. Veamos que dice la
Directiva N%131-2006-ME/SG-OGA-UPER. La
citada Directiva , establece como requisito para
postular en cargos docentes tener "Titulo
profesional en la especialidad requerida o afín para
el cargo.” y que “podrá postular cualquier
profesional que reúna los requisitos”. Que mi título
profesional es afín a la de profesor de ciencias
sociales, no tiene lugar a dudas. He trabajado
como Docente de Ciencias Sociales por 10 años:
tres en el Instituto Tecnológico “Guadalupe”, seis
años en el Instituto Superior "Ciro Alegria Bazán"
de Chepén y 2 años en el Instituto Superior
Pedagógico "Alfonso Barrantes Lingán " de San
Miguel, lo que ha sido refrendado por las UGELs
con los respectivos contratos.
El docente perdedor del concurso, Prof.
Burgos, fundamenta su reclamo que no poseo
título pedagogico; sin embargo, la Directiva NO
131-2006-ME (título VIII Disposiciones Finales, ¡tem
8.3) señala, que el proceso de contrato regulado
por una Directiva anterior, la Directiva NO 35-
OAAEE-OA/UPER-2002-ED, “no es aplicable a los
profesionales que postulan a los Institutos
Superiores Tecnológicos”. Lo que no es aplicable
es el titulo Y Disposiciones Generales, ítem 5.12
que establecia que "Para acceder a la contratación
en plaza docente de educación superior no
universitaria, el postulante debe acreditar: En los
IST, a) Título pedagógico en la especialidad
requerida y a falta de éste, título universitario no
pedagógico en la especialidad afin”.
Pero la UGEL Pacasmayo si conoce la norma
vigente para contratos de personal docente en
los Institutos Superiores Tecnológicos, lo que está
demostrado en sus mismos documentos, tal como
lo prueba la RD N9 0685-2008-UGEL-Pacasmayo
(de fecha 23.05.2008), que contrata a un docente
de un instituto tecnológico de la provincia de
Pacasmayo. En los considerandos de dicha
Resolución, menciona "...de conformidad con lo
establecido en la R.J. NO 1234-2006-ED, que
aprueba la Directiva N* 131-2006-ME/SG-OGA-
UPER”.
Es oportuno mencionar que la Gerencia
Regiona! de Educación se ha pronunciado sobre la
legalidad de la norma que regula los contratos en
institutos tecnológicos; el Gerente Regional de
Educación Prof. Walter Oswaldo Rebaza Vásquez,
mediante Oficio N% 9464-2008-GRLL-GGR/GRSE-
OA/PER, recomienda que mi reclamo debo hacerlo
de acuerdo a lo establecido en la Directiva NO 131-
2006-ME/SG-OGA-UPER, en concordancia con la
Ley N% 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, "de acuerdo a las
competencias de cada instancia administrativa”.
Vale decir, un proceso contencioso administrativo
por la vía judicial contra la UGEL Pacasmayo.
En conclusión, mi participación en el
Concurso para Plazas Docentes en el Instituto
Tecnológico “Jorge Desmaisón” y mi condición de
ganador, estuvieron y están conforme a ley.
Corresponde a las autoridades de la UGEL
Pacasmayo y/o la Gerencia Regional de Educación
restítuw mi condición de ganador en la Plaza que
gané, expedir mi resolución de contrato,
cancelarme los días que trabajé y pagarme una
indemnización por daños y perjuicios ocasionados
por este faneón contra mis derechos laborales y
como ciudadano.
PALABRA MÍA ,
Llegó a Lima a los veinte años
Felipe Tapia
La vida depara momentos de incertidumbre y también de admiración; mucha
admiración o coincidencia; no se sabe qué es, pero es.
En una nota anterior deciamos que el Jirón Chiclayo del populoso Rimac, tenía
mucho que ver con el mundo nikkel,
No sólo porque hace muchos años, varlas décadas, por acá se
encontraban nikkei dedicados a los negocios, en su variedad, sino porque sucedió
algo que ha marcado la historia de la música criolla, hoy, muy lamentablemente,
en extinción por obra y gracia de nosotros mismos, o mejor de los responsables
de los medios de comunicación y de los mayores que tienen que ver con la
educación, las escuelas,
En la dudad norteña de Ferreñafe crece no a la mala sino con el apoyo del
padre y de algunos amigos, el nikkel Luls Abelardo Takahashi Núñez.
El issel Sakuzo Takahashi llega de la prefectura de Fukushima por el año 1900 y
trabaja en varias acciones, llegando a poner un restaurante denominado
“Crisantemo” en honor a su tierra; pues esta flor es el simbolo del pueblo nipón.
Más tarde contrae matrimonio con Tarcila Nuñez Delgado, de ascendencia
cajamarquina.
De esta fusión, con el devenir, nace el pequeño Abelardo.
Luis Abelardo parte a los velnte años a la Capital de la República en
busca, como es natural, de superación.
Y según narra la historia, se aloja en la casa de la señora Rosario Imán, natural
de Ferreñafe, quien radica en el Jirón Chiclayo en la cuadra uno,
Coincidencia, Luis Abelardo es chiclayano, nace en Ferreñafe, la ciudad de las
dos efes, y se aloja en una vivienda del Jirón Chiclayo.
Por ello, decimos que Jirón Chidayo tiene mucho que ver con el mundo nikkel.
Y esto porque Luis Abelardo marca historia en la música criolla,
Gran compositor y guitarrista. Les]
Más de 200 composiciones, algunas han dado la vuelta al mundo y se impusieron
por décadas anteriores, tiempo en que se valoraba la música que tenía que ver
con la patria.
Nada le fue lejano.
Marineras, huaynos, valses, tonderos; décimas, artículos periodísticos.
Pues colaboró en revistas de Chidayo, como "El Huarequeque” y “ La Industria ”,
por allá; y por acá, en los diversos diarios de la época,
Se torna en un referente sobre la música criolla; y él no se sentia autoridad, era
sencillo.
Marineras, "El Brujo”, “Pobre Cholito”, “El Chunganeso”; Valses, "Que viva Chidayo”,
“El Trujillanito”; “Embrujo” “Con Locura”, “Imaginación”; "Ansias”, “Engañada”, etc.
Por cosas de la vida, viajó a Japón, en sus últimos años, allá estaban sus hijos y
demás parientes, y preparó composidones que tienen como tema Japón y algunas
instituciones nikkei tocales, personajes que han hecho patria por acá.
Partió a la otra orilla estando en la tierra de sus mayores.
Pero en el ambiente criollo se le conoce como Luis Abelardo Núñez; así firmaba sus
¿Por qué alteró su apellido?
Otro dia lo contaré, no sé cuándo, pero será, :
“Que viva Chiclayo”
Que viva el departamento
de Lambayeque
con su capital Chidayo
Monsefú y Reque,
qué rica está la chicha
de doña Juana
la causa ferreñafana
rica y sabrosa
Chidlayano soy
a mucha honra señores...