Pacasmayo, viernes 1 de junio de 2001
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La Junta de Usuarios Jequetepeque. interpuso solcitud de ¿
, Teconsidcración ante la Admunstración Técnica de Riego con-
tra la Resolución Administrativa N* 144-2001 por considerar
que no está expedida conforme a les. Se trate de la resolución
por la cual se otorga licencia de uso de agua para imgar 5,764 194
hectárcas de tierras en Pampas de Cerro Colorado, lote adqui-
nudo por cl consorcio Agricola Cerro Pricio SAC (ACPRISAC),
De acuerdo con la resolución de la autoridad de aguas,
se concede derecho de uso de agua con fines agrarios a razón de
H0 mul m3 por hoctárea por año, es decir un volumen total de
57 nullones 641 mil 940 m3 por año
Las comisiones de regantes. igualmente. a través de sus
dimgentes. han mamfestado objeciones a la referida resolución
que consideran agravta sus Intereses.
El presidente de la Junta de Usuarios, abogado Jaime
Perez Palomino. cn la solicitud de reconsideración presentada a
la Admirustración Técnica, precisa que existen razones de he-
cho y de derecho que invalidan la resolución 144
Entre los fundamentos de hecho, precisa que el lote
Pampa Cerro Colorado adquirido por ACPRISAC se encuen-
tra en el lumite de dos cuencas hidrográficas. aproximadamente
3,400 hectáreas en la cuenca del rio Jequetepeque y 2,350
hectarcas en la del rio Zaña.
Aduce que la Ley General de Aguas establece que cuan-
do el sistema de niego comprende distritos de nego ubicados en
distintas cuencas (como es el caso), la distribución del agua
considerará aportes propios de cada distrito, aquellos recursos
que sólo pueden ser utilizados en cada uno de ellos
Deduce que ciñéndose a lo legal, la Administración
Técnica Jequetepeque sólo puede otorgar licencia de uso de
agua superficial con fines agrarios a 3,400 has que están en el
ámbito Jequetepoque Para otorgar a las restantes, que están en
Zaña, deberá esperarse a la ejecución de la segunda etapa del
proyecto de imgación. Considera que desde csc punto de vista,
la RA 144 es nula de pleno derecho, de conformidad con el art.
43 inc. a) del DS 02-94-JUS.
Añade que la mencionada resolución contiene varios
errores que deben ser corregidos por la Administración Técni-
ca. Señala entre éstos
- Dejeza no puede garantizar un derecho de uso de agua a
ACPRISAC. tampoco puede suministrar dicho recurso. pues
en ambos casos estaria usurpando funciones que por lex le
corresponde s la Junta de Usuarios a través de las comisiones
de regantes. .
- El agua de regadio no tiene precio en et Perú, lo que se eslable-
cen son las tenías para el servicio de riego como adminisva-
ción operación. mantenimiento de infraestructura, etc.
- La tarifa de 0 025 dolares por m3 tiene que aplicarse a partir
y en forma previa a la entrega del agua, más no a partir de la
Candidatos finalizaron
mitines ayer o
Aver finalizó el periodo previsto para que los candidatos
presidenciales realicen manifestaciones públicas. Hasta hos
pueden desarrollar propaganda a través de los medios de
comunicación. Pero, mañana sábado se ingresa a un perio-
do de desintoxicación para el electorado.
De esto modo, se llega al momento culminante de la
elección del próximo Presidente en segunda vuelta. Los
comicios serán el domingo 3 y todo está listo.
ONPE yaha distibuido el material a las Sub sedes
de provincias Ese material estará en los correspondientes
centros de votación el sábado. El trabajo de ONPE ha sido
destacado por diversos observadores nacionales e interna»
cionales, indicando que esa entidad había cumplido muy
bien con su labor y habia restablecido le confianza del
electarado peruano en ese organismo.
. Los peruanos tendrán para escoger entre Alejan-
dro Toledo (Perú Posible) y Alan Garcia Pérez (Apra).
Esta campaña se ha desarrollado con seciones sucias por
parte de ambas agrupaciones, lo cual ha sido condenado en
muchos sectores del país. En cl extranjero -a raiz de las
denuncias sobre supuestas irregularidades, se nos liene en
un concepto muy bajo. .
Hay que recordar a los ciudadanos la obligatorie-
dsd de los comcios. Caso contrario deberán pagar fuertes
multas
“Junta de Usuarios demanda
reconsiderar RA 144
- ÁAduce que no se puede otorgar licencia de uso de agua donde no
existe infraestructura de riego
- Demanda igualdad en el trato a usuarios, pues a ACPRISAC se le
garantiza dotación de agua fija por año
suscripción del contrato Ur:
aludido.
- No existe Administrador
Técnico del Distrito de Rie»
go Regulado Jequetepeque,
y por lo tanto una auton- 4
dad inexistente no puede $
otorgar licencia para uso de
agua
Denuncia que la
Administración Técnica 6x-
pidió la RA 144 el 11 de
abnl y después de 31 dias
(11 de mavo) notifica a la
Junta de Usuarios supo-
niendo que es para demos-
trar ante la superioridad que las organizaciones de usuarios
están conformes con el otorgamiento de esa licencia. Reclaman
que esa notificación a la Junta de Usuanos. debió hacerse den-
tro de un máximo de 10 días de expedición de la Resolución a
efectos de poder observarla.
Entre los fundamentos de Derecho menciona que una
licencia no puede ser otorgada para áreas criazas, pues en Cerro
Colorado no existen obras fisicas de riego y drenaje Elan. 32
inc cidel D L 17752 contempla que cl otorgamiento de licen-
era de uso de agua está sujcia al cumplimiento includible de
aprobar las obras de captación. conducción. distribución. me-
dicion, cte
Se pregunta ¿Como garantiza la ATDRJ lo medición de
los 10,000 m3 por há. por año para ACPRISAC”.
Agrega que la ATDRJ dcbe fijar los plazos dentro de
los cuales ACPRISAC debe realizar las obras o instalar los
aparatos de modición. estableciendo con toda precisión, al con-
sorcio, las fechas de inicio y término de esos trabajos. Otorgar
licencia de uso de agua antes de que se cuente con sistema de
nego, es ilegal e meonsisien-
le
Recuerda que para la
A construcción de la infracs-
tructura de ricgo + drenaje
se requiere de estudios los
cuales deben ser presenta-
dos previamente a la
ATDR)J para su aprobacion
previa opimón de la Junta
de Usuarios. tal coma lo es-
tablece el art. 120 del DS
048-91- AG
Agrego que la RS 144
es ilegal porque todavia no
has opinión favorable de la
gerencia técnica de la Junta de Usuarios, tal como obligan los
arts. 120 d) y 121 c) del DS. 048-91-AG
Otras consideraciones formuladas por cl dimpente Peres
Palomino €s que cuando se expida legalmente la R A que otor-
gue licencia de uso de agua (después de ejecutadas las obras de
infracsructura de riego y drenaje) podra asignarse la cuota de
agua de hasta 10 mil m3 (no obligatoriamente) por hectárca.
por año. debiendo sujetarse a las Muctuaciones de las dispom-
bilidades. es decir siempre que exista agua en cantidad sulicion-
te. pues si el volumen de agua disminuvese no se le puede
garantizar esa cantidad de agua nu da srembra de todo el hectarcaje
Los dirigentes han adiertido que esta cs una maniobra que
significaria que st se presentase sequia, primero se garantizará
el ricgo de las tierras del consorcio Cerro Pricto + la cantidad
restante se otorgará a los demas regantes. pero al consorcio de
le asegura dotación fija de 11) ml m3ha/año
Roclama también que el pago de la tarifa de agua se haga
a la Junta de Usuarios conforme lo hacen todos los usuarios. a
traves de sus correspondientes comisiones de regantes
Hidrandina salva
responsabilidad en apagón
El supervisor de Hidrandina en Pacasmayo, ingenicro Henry
Silva Chero, dejó a salvo ln responsabilidad de su representada
en el prolongado apagó que soportaron, anteayer, las localida-
des de Pacasmayo, San Pedro de Lloc y Jequetepeque
Silva Chero expresó: "nosotros como empresa
distribuidora hemos cumplido con realizar ol mantenimiento de
acuerdo al horario programado El problema ha radicado en un
interruptor de potenera en 60 voltios de la linca de subtrasmisión
N? 648 en el Patio de Controles de la sub estación ubicada cerca
a Cementos Pacasmayo"
Añadió que allí se realizaba un montaje para hacer un
reforzamiento y que cuando se realizaba la prucba, se habria
trabado cl mecanismo de accionamiento, antes de igresar cl
servicio,
Ese fue un problema ajeno a Hidrandina como empresa
distribuidora de cncrgia, aseveró, disculpándose de no poder
proporcionar mayor información porque era un asunto que no
era competencia de Hidrandina.
El servicio fue repuesto en cada localidad a diferentes
horas, lo cual fue explicado por Silva Chero en cuánto a las
razones. So trata «dijo- de alimentadores distintos, pese a que
salen de uns misma subestación de potencia. Estamos hablan-
de de la sub estación de potencia Pacasmayo en ls cual hay dos
barras alimentadoris: una, la radial Pacasmayo- Jequelepeque;
y. la otra San Pedro de Lloc.
El funcionario se refirió a las protestas del alcalde pro-
vincial Onteré Giura Alva por la prolongada interrupción Qui-
+4 tenga razón, pero en este caso se trata de situaciones impre-
vistas. La falla sc presenta, justamente, cuando se realizaban
estas pruebas: incluso prucbas anticipadas porque personal de
csa empresa -refirió- comenzó su labor antes que Hidrandina
comenzase cl trabajo de mantenimiento.
La empresa habria sido contratada por Etecen para
realizar trabajos cn la sub estación, trascendio en medios bien
informados.
Silva Chero descartó la posibilidad de preferencias en
el trato a algunos concejos Lal como lo dijera el alcalde Onteré
Giura Alva No has preferéncias, aseguró
Explicó que en ol caso del alumbrado público de pla-
zuclas, siempre que no supere los estándares minimos.
Hidrandina asume la iluminación y cuándo supera esos indices
lo hace cada Concejo
En Pacasmayo, por ojemplo «dijo- el alumbrado de!
Malecón Grau lo asume la empresa pese a que los postes de
alumbrado están a una distancia de entre 153 20 motros, cunn
do lo normal dobe sor de 34. Sin embargo. la iluminación de
Pasco de la Amistad ya lo asume el Concejo debido a que est:
por encima de los estándares tolerables
De csta mancea Silva Chero se refinó a lo ocurridc
anteayer.
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